MODIFICA BASES DEL INSTRUMENTO DE FINANCIAMIENTO DENOMINADO "INNOVA ALTA TECNOLOGÍA" Y APRUEBA SU NUEVO TEXTO

    Núm. 3 exenta.- Santiago, 5 de enero de 2024.
     
    Visto:
     
    Lo dispuesto en la ley Nº 6.640, que crea la Corporación de Fomento de la Producción; en el decreto con fuerza de ley Nº 211, de 1960, del Ministerio de Hacienda, que Fija Normas que Regirán a la Corporación de Fomento de la Producción; en el Reglamento de la Corporación, aprobado por decreto supremo Nº 360, de 1945, del Ministerio de Economía y Comercio; en la ley Nº 19.880, que establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; en la resolución (A) Nº 71, de 2019, modificada por las resoluciones (A) Nº32, de 2020, (A) Nº 6 y (A) Nº 61, ambas de 2023, todas de Corfo, que aprueban normas por las que deberá regirse el Comité InnovaChile, o "Reglamento"; en la resolución (A) Nº 28, de 2020, modificada por resolución (A) Nº 136, de 2023, ambas de Corfo, que Aprueba Bases Administrativas Generales para los Instrumentos de la Corporación de Fomento de la Producción, en adelante las "Bases Administrativas Generales" o "BAG"; y en las resoluciones Nº 7, de 2019, y Nº 14, de 2022, ambas de la Contraloría General de la República, que, respectivamente, fija normas sobre exención del trámite de toma de razón y determina los montos a partir de los cuales los actos quedarán sujetos a toma de razón y a controles de reemplazo cuando corresponda.
     
    Considerando:
     
    1. Que, por Acuerdo Nº 6, adoptado en la Sesión Nº 75, del Consejo Directivo del Comité InnovaChile, celebrada el 11 de septiembre de 2018, ejecutado por resolución (E) Nº 411, de 2018, de InnovaChile (en adelante, e indistintamente "Comité"), se aprobó la iniciativa de apoyo denominada "Alta Tecnología".
    2. Que, por Acuerdo Nº 2, adoptado en la Sesión Nº 375, del Subcomité de Innovación Empresarial del Comité InnovaChile, celebrada el 13 de febrero de 2019, ejecutado por resolución (E) Nº 69, de 2019, de InnovaChile, se definieron los objetivos generales y resultados esperados y, además, se aprobaron los elementos técnicos señalados en la letra c) del artículo 7º del Reglamento del Comité InnovaChile, en relación con la iniciativa de apoyo citada en el Considerando anterior.
    3. Que, por resolución (A) Nº 3, de 2019, de InnovaChile, se creó el instrumento de financiamiento denominado "Innova Alta Tecnología" y se aprobaron sus bases.
    4. Que, por Acuerdo Nº 2, adoptado en la Sesión Nº403, del Subcomité de I+D+i Empresarial del Comité InnovaChile, celebrada el 12 de marzo de 2020, ejecutado por resolución (E) Nº 147, de 2020, de InnovaChile, se modificó el acuerdo singularizado en el Considerando 2 anterior.
    5. Que, por resolución (E) Nº 149, de 2020, de InnovaChile, se modificaron las bases del instrumento de financiamiento denominado "Innova Alta Tecnología" y se aprobó el nuevo texto de sus bases.
    6. Que, por Acuerdo Nº3, adoptado en la Sesión Nº465, del Subcomité I+D+i Empresarial del Comité InnovaChile, celebrada el 7 de junio de 2022, ejecutado por resolución (E) Nº 241, de 2022, de InnovaChile, se modificó, por segunda vez, el Acuerdo singularizado en el Considerando 2 anterior.
    7. Que, por resolución (E) Nº 247, de 2022, de InnovaChile, se modificaron las bases del instrumento de financiamiento denominado "Innova Alta Tecnología" y se aprobó el nuevo texto de sus bases.
    8. Que, por Acuerdo Nº 7, adoptado en la Sesión Nº 487, del Subcomité I+D+i Empresarial del Comité InnovaChile, ejecutado por resolución Electrónica (E) Nº 40, de 2023, de InnovaChile, celebrada el 14 de febrero de 2023, se modificó, por tercera vez, el Acuerdo singularizado en el Considerando 2 anterior.
    9. Que, por resolución electrónica (E) N º42, de 2023, de InnovaChile, se modificaron las bases del instrumento de financiamiento denominado "Innova Alta Tecnología" y se aprobó el nuevo texto de sus bases.
    10. Que, por Acuerdo Nº 4, adoptado en la Sesión Nº 492, del Subcomité I+D+i Empresarial del Comité InnovaChile, ejecutado por resolución Electrónica (E) Nº 145, de 2023, de InnovaChile, celebrada el 19 de mayo de 2023, se modificó, por cuarta vez, el Acuerdo singularizado en el Considerando 2 anterior.
    11. Que, por resolución electrónica (E) Nº 165, de 2023, de InnovaChile, se modificaron las bases del instrumento de financiamiento denominado "Innova Alta Tecnología" y se aprobó su nuevo texto.
    12. Que, por Acuerdo Nº 1, adoptado en la Sesión Nº 512, del Subcomité I+D+i Empresarial del Comité InnovaChile, ejecutado por resolución electrónica (E) Nº 1, de 2024, de InnovaChile, celebrada el 3 de enero de 2024, se modificó, por quinta vez, el Acuerdo singularizado en el Considerando 2 anterior.
    13. Que, de acuerdo con lo dispuesto en la letra f) del artículo 11º del Reglamento del Comité InnovaChile, le corresponde a su Director Ejecutivo crear, en base a los respectivos elementos técnicos definidos por el Subcomité, uno o más instrumentos de financiamiento, aprobar el texto definitivo de sus bases, sus modificaciones y textos refundidos.
    14. Que, de acuerdo con lo dispuesto en el numeral 1.2 de las Bases Administrativas Generales para los instrumentos de la Corporación de Fomento de la Producción, aprobadas por resolución (A) Nº 28, de 2020, modificada por resolución (A) Nº136, de 2023, ambas de Corfo, "Los Comités de Corfo podrán utilizar estas bases, si así lo dispusiere su Director Ejecutivo".
     
    Resuelvo:
     
    1º Modifícanse las bases del instrumento de financiamiento denominado "Innova Alta Tecnología", aprobadas por resolución electrónica (E) Nº 165, de 2023, y apruébase su nuevo texto, cuyo tenor es el siguiente:
     
    Índice
     
    1. Antecedentes
    2. Objetivos
    3. Resultados esperados del instrumento
    4. Participantes del proyecto
    5. Fases de postulación
    6. Plazos
    7. Cofinanciamiento
    8. Actividades y gastos financiables
    9. Evaluación
    10.Seguimiento técnico, evaluación de continuidad y actividades de acompañamiento
    11.Aspectos presupuestarios
    12.Bases Administrativas Generales
    13.Antecedentes para la formalización de los proyectos aprobados
    Anexo Nº 1: Definiciones y exclusiones I+D
    Anexo Nº 2: Nivel de Madurez de la Tecnología
    Anexo Nº 3: Inteligencia Tecnológica
     
    1. Antecedentes
     
    La innovación es un elemento fundamental en los incrementos de productividad alcanzados por un país, lo que determina su nivel de crecimiento en el largo plazo. Constituye, además, un vehículo que orienta la dirección de su desarrollo, tanto económico como social. Esto explica que la promoción de mayores esfuerzos en innovación sea un objetivo central de la política pública en países desarrollados, y crecientemente de países en desarrollo. Lo expuesto cobra especial relevancia en el caso de Chile donde, según los resultados de la última encuesta nacional de innovación (ENI 2017-2018), solo un 14,1% de las empresas declara haber innovado, mientras que, en un país en la mediana de la OECD, organización de la cual Chile forma parte, un 47% de las empresas introdujo un nuevo producto o proceso entre los años 2016 y 2018 (OECD Business Innovation Indicators). De este bajo porcentaje de empresas innovadoras en Chile, solo un 24,6% realiza I+D según la ENI (2017-2018).
    Lo precedentemente señalado no sorprende, al advertir los bajos esfuerzos que se realizan en el país en investigación y desarrollo (I+D), insumo fundamental para la innovación tecnológica. En efecto, durante el año 2020 en Chile se invirtió tan solo un 0,34% del PIB en I+D (Mincyt, 2022), muy lejos del 2,68% que invierten otros países miembros de la OECD, y del 1% que se debiera estar invirtiendo en el país, según su nivel de ingreso per cápita (OECD, STI Scoreboard). Por otra parte, de la inversión total en I+D realizada a nivel nacional, las empresas privadas financiaron alrededor del 35%, muy inferior al 70% promedio que financia dicho sector en los países miembros de la OECD (Mincyt, 2022).
    Una visión sistémica del proceso de innovación implica que éste depende de los siguientes factores: que las partes clave que componen un sistema de innovación, estén presentes; que las interacciones entre ellas se encuentren adecuadamente habilitadas; y que éstas ocurran en un contexto institucional que propicie adecuadamente el desarrollo, uso y diseminación de innovaciones. No obstante, esto no necesariamente ocurre de manera espontánea, debido a la existencia de fallas, como las de coordinación, que afectan la adecuada interacción entre las partes del sistema.
    A las referidas fallas se suman aquellas clásicas de mercado vinculadas a la naturaleza de bien público y a las externalidades positivas que tiene el conocimiento, lo que dificulta su apropiabilidad por parte de quien invierte en el desarrollo del mismo; a la incertidumbre tecnológica y comercial a la que se enfrenta el desarrollo y puesta en el mercado de un producto o proceso innovador; y a las asimetrías de información que enfrentan las empresas respecto de, por ejemplo, la existencia y/o ubicación de tecnologías que puedan servir de insumo para el desarrollo de innovaciones, o bien, entre quien requiere y busca financiamiento para desarrollar un proyecto de innovación y aquellos actores que tienen los recursos.
    Producto de estas fallas es que los niveles de inversión en I+D y el esfuerzo privado en innovación es menor al deseable desde un punto de vista social, justificando la intervención del sector público mediante instrumentos de política pública de diversa naturaleza.
    Adicionalmente, la crisis climática y de biodiversidad a nivel global, el creciente número de conflictos socioambientales, y el estancamiento de la productividad de Chile ponen de manifiesto la urgente necesidad de avanzar hacia un nuevo modelo de desarrollo productivo que sea inclusivo y sostenible, que impulse una transformación productiva, y que promueva el desarrollo de contenido local y la sofisticación de nuestra canasta exportadora.
    Para ello se requiere de la incorporación de ciencia, tecnología, conocimiento e innovación en el quehacer de múltiples sectores económicos, los que en conjunto posibilitarán el cumplimiento de misiones tan importantes como la descarbonización, resiliencia climática y diversificación productiva sustentable.
    Para responder a los desafíos que impone la implementación de este nuevo modelo de desarrollo productivo sostenible, se requiere de la participación activa e interacción de múltiples actores del ecosistema de innovación, dentro de los cuales las empresas adquieren un rol preponderante.
    En este contexto, la participación de las empresas en el desarrollo e implementación de proyectos que requieran de I+D para la generación de nuevos productos (bienes o servicios) y/o procesos de alto valor agregado, es fundamental para aportar a la transformación productiva y a la sofisticación de la economía chilena.
    Por todo lo anterior, es que el Estado, a través de InnovaChile de Corfo, pone a disposición de las empresas un conjunto de instrumentos de apoyo público a proyectos de I+D e innovación empresarial, los que buscan brindar apoyo en sus distintas etapas de desarrollo.
    Dentro de este abanico de instrumentos se encuentra "Innova Alta Tecnología", instrumento que tiene por finalidad fomentar el desarrollo de soluciones tecnológicas globales, asociadas a nuevos productos (bienes o servicios) y/o procesos innovadores, de alto valor agregado, sofisticados y con potencial de escalamiento y consolidación a nivel nacional o global.
    En este sentido y, a partir del presente instrumento, se busca apoyar proyectos de desarrollo tecnológico que se traduzcan en innovaciones de mayor sofisticación, las que se caracterizan por: producir un alto impacto (económico, social y/o medio ambiental); requerir de períodos de maduración más largos para llegar a mercado; demandar de una gran cantidad de recursos económicos para su desarrollo; y, asimismo, enfrentar un alto nivel de incertidumbre respecto de la efectividad de la solución que se está desarrollando para abordar un problema, desafío u oportunidad. Para reducir el referido nivel de incertidumbre se requiere, tanto de la generación y aplicación de conocimiento a través de la ejecución de actividades de I+D, como de actividades de validación, realización de pruebas de laboratorio, pilotajes, entre otros.
    En cuanto a la madurez de la tecnología asociada al proyecto que se busca apoyar mediante este instrumento, es posible aplicar el concepto de Nivel de Madurez Tecnológica, o Technology Readiness Level, TRL, por sus siglas en inglés (ver Anexo Nº 2), permitiendo identificar el punto de partida de la solución. Este instrumento busca apoyar proyectos que ya hayan superado un TRL3 (pruebas de concepto) y requieran financiamiento para avanzar hacia las siguientes etapas de maduración de la solución (desde TRL4 o superior), pudiendo contemplar validaciones de laboratorio, demostraciones en entornos relevantes controlados y/o en condiciones de operación/funcionamiento real, y pilotajes, entre otras actividades que requieran de I+D, posibilitando su posterior implementación productiva y/o llegada al mercado.
    Asimismo, se espera que, a partir de la gestión y desarrollo de un proyecto de esta naturaleza, se generen aprendizajes prácticos que fortalezcan las capacidades internas de la empresa para ejecutar nuevos proyectos de innovación intensivos en I+D.
     
    2. Objetivos
     
    2.1 Objetivo general
    Apoyar innovaciones intensivas en I+D, que enfrenten alta incertidumbre tecnológica y que apunten a escalamientos de alto potencial de comercialización nacional o global, fortaleciendo las capacidades de I+D+i en las empresas.
     
    2.2 Objetivos específicos
     
    a) Disminuir la incertidumbre tecnológica asociada al desarrollo de productos (bienes o servicios) y/o procesos intensivos en I+D y de alta sofisticación tecnológica.
    b) Desarrollar una estrategia de protección de los resultados obtenidos.
    c) Desarrollar y probar una estrategia que posibilite, ya sea la introducción al mercado nacional o global del producto (bien o servicio), y/o una primera implementación productiva del proceso.
    d) Fortalecer capacidades de I+D+i en las empresas.
     
    3. Resultados esperados del instrumento
     
    a) Nuevos productos (bienes o servicios) y/o procesos de alta sofisticación tecnológica, desarrollados.
    b) Estrategia de protección de los resultados obtenidos, desarrollada.
    c) Estrategia que posibilite la introducción al mercado nacional o global del producto (bien o servicio), y/o propuesta de implementación productiva del proceso, desarrollada y probada.
    d) Capacidades de I+D+i, fortalecidas.
     
    4. Participantes del proyecto
     
    Los participantes de un proyecto son los siguientes:
     
    a) Beneficiario: Es quien postula a un subsidio para el cofinanciamiento de su proyecto. En el caso que éste sea aprobado, deberá firmar un convenio de subsidio con InnovaChile y será el responsable por la ejecución del proyecto.
     
    Podrán postular como beneficiarios personas jurídicas constituidas en Chile.
    Además, al momento de la postulación, en relación con el beneficiario, se deberá cumplir con los siguientes requisitos:
     
    . Haber transcurrido, a lo menos, 3 años, contados desde la fecha de inicio de actividades en un giro empresarial de primera categoría, de conformidad con lo establecido en el artículo 20 de la Ley de Impuesto a la Renta (D.L. 824, de 1974), el cual debe encontrarse vigente.
    . Acreditar ingresos por ventas dentro de los 3 años previos a la postulación (no necesariamente en todos los meses).
     
    Cada proyecto deberá tener un solo beneficiario.
    Las instituciones de educación superior (universidades, institutos profesionales y centros de formación técnica), no podrán participar en calidad de beneficiario, y sólo podrán ser contratadas por el beneficiario para la ejecución de actividades externalizadas.
     
    b) Asociado: Es una o más entidades que cofinancian la ejecución del proyecto a través de aportes "nuevos o pecuniarios" y/o "preexistentes o valorizados", y que pueden participar de los resultados de éste, debiendo dejar explícito su aporte en el presupuesto del proyecto al momento de postular. Asimismo, no se puede subcontratar al asociado en el proyecto.
    Podrán participar como asociados una o más personas naturales y/o jurídicas, constituidas en Chile o en el extranjero.
    La participación de asociados en el proyecto es opcional.
     
    Cada participante, según corresponda, y cumpliendo los requisitos que se señalan para cada caso, sólo podrá participar en una categoría de las anteriormente señaladas. Así, por ejemplo, la entidad que participe en calidad de "beneficiario", no podrá participar en calidad de "asociado" o viceversa.
     
    5. Fases de postulación
     
    La postulación se realizará en dos fases. La Fase 1, de carácter obligatoria, tiene por objetivo identificar en qué medida el potencial proyecto a desarrollar se enmarca en los lineamientos del presente instrumento de financiamiento y, a través de la retroalimentación, guiar al beneficiario hacia la mejora en aspectos de formulación técnica y/o grado de alineamiento del proyecto que se va a postular. Esta retroalimentación puede ser utilizada en el fortalecimiento de la propuesta del proyecto a ser presentada en la Fase 2, correspondiente a la postulación a cofinanciamiento. Es importante recalcar que para postular a la Fase 2 se debe haber pasado por la Fase 1. Por otra parte, la retroalimentación entregada durante la Fase 1 en ninguna circunstancia será vinculante para la evaluación que haga InnovaChile a la propuesta de proyecto presentada a la Fase 2, la cual será evaluada en su propio mérito.
    A continuación, se describe en detalle el funcionamiento de cada una de estas Fases.
     
    5.1 Fase 1: Envío de un Perfil de Proyecto y Presentación
     
    En esta Fase, de carácter obligatoria, la empresa interesada en presentar un proyecto en calidad de beneficiario del instrumento debe enviar a InnovaChile un "Perfil de Proyecto", acompañado de una "Presentación" en el formato que se disponibilice en el sistema electrónico de ingreso de propuestas dispuesto por InnovaChile. El contenido de ambos documentos se detalla en la letra c) del presente numeral.
    La empresa deberá presentar el "Perfil de Proyecto", acompañado de la "Presentación", a partir o dentro del período que InnovaChile señale en el respectivo aviso de apertura o llamado del presente instrumento, y según los requerimientos que se detallan a continuación.
     
    a) Interesados
     
    Los interesados que ingresen el Perfil de Proyecto y la respectiva Presentación, deben tener en cuenta que, al momento de postular deberán cumplir los requisitos establecidos en la letra a) del numeral 4 anterior, cuyo cumplimiento se verificará en el análisis de admisibilidad del proyecto postulado.
     
    b) Plazo y medio para presentar el Perfil de Proyecto y la Presentación
     
    En esta Fase, el Perfil de Proyecto y la Presentación deberán ser ingresados a través del sistema electrónico de ingreso de propuestas dispuesto por InnovaChile para tal efecto, a fin de recibir retroalimentación de parte del Comité sobre la información contenida en ellos. La remisión del Perfil de proyecto y de la Presentación es un requisito obligatorio y habilitante para poder postular un proyecto en la Fase 2.
    Sólo se considerarán como presentados y, por lo tanto, serán tramitados, aquellos Perfiles de Proyecto y Presentaciones que, desde o dentro del plazo señalado en el respectivo aviso, hayan concluido exitosamente todos los pasos de la presentación en línea.
     
    c) Contenidos del Perfil de Proyecto y Presentación
     
    El Perfil de Proyecto y la respectiva Presentación, deberán contener, a lo menos, la siguiente información:
     
    . Nombre del proyecto.
    . Nombre, correo electrónico y teléfono de contacto de la persona que se designa como contraparte para recibir la retroalimentación que entregará InnovaChile respecto del Perfil de Proyecto.
    . Objetivo General y Objetivos Específicos del proyecto que se pretenden lograr.
    . Problema, desafío u oportunidad que se busca atender con el proyecto (dimensionar).
    . Solución que se propone; su estado de avance actual, según escala de TRL (ver anexos bases) y justificación técnica para el TRL declarado.
    . Razones por las cuales se justifica proponer una nueva solución al problema, desafío u oportunidad planteado.
    . Razones por las cuales se considera que el proyecto contiene I+D. Explicitar el nuevo conocimiento que se generaría a raíz de su ejecución.
    . Duración del proyecto.
    . Descripción de la Empresa y/o entidad que postularía, en los siguientes términos: Razón social, RUT, tamaño, principales productos y/o servicios, con señalamiento de la infraestructura y el personal que posee o del que dispondrá para la eventual ejecución del proyecto.
    . Si presenta algún asociado, su descripción en los siguientes términos: Razón social o nombre, RUT, tamaño, principales productos y/o servicios.
    . Cálculo preliminar del costo total del proyecto, desglosado en las siguientes cuentas presupuestarias: Recursos Humanos, Gastos de Operación, Gastos de Inversión y Gastos de Administración, de acuerdo a las definiciones establecidas en el numeral 4.6.1 de las Bases Administrativas Generales.
    . Del costo total del proyecto señalado en el punto anterior, indicar el monto que la futura beneficiaria proyecta financiar, con aportes propios o de terceros, distinguiendo entre aportes pecuniarios y valorizados, de acuerdo a las definiciones establecidas en el numeral 4.6.1 de las Bases Administrativas Generales.
    . Presentación: La presentación deberá contener un resumen estructurado y suficientemente explicado de todos los puntos anteriores, debiendo incorporarse, además, elementos tales como imágenes, diagramas, evidencia fotográfica, entre otros, que permitan complementar y respaldar la información contenida en el Perfil de Proyecto.
     
    Lo anterior, de conformidad con los formularios y condiciones establecidas en el sistema electrónico de ingreso de propuestas dispuesto por InnovaChile para tal efecto.
     
    d) Resultados
     
    Como resultado de esta Fase, InnovaChile entregará retroalimentación a las empresas que, dentro de los plazos establecidos e informados en el respectivo aviso, hayan enviado un Perfil de Proyecto completo y la respectiva Presentación, según los requerimientos especificados en el literal anterior.
    Dentro de un plazo de hasta 14 (catorce) días hábiles, contados desde la fecha en que fue enviado el Perfil de Proyecto y la Presentación, InnovaChile se pondrá en contacto con la persona designada como contraparte de la empresa, para coordinar una reunión de retroalimentación, presencial o remota, en la que se analizarán en conjunto los resultados del análisis del Perfil de Proyecto y Presentación enviados,  su concordancia en relación a los lineamientos del presente instrumento de financiamiento, permitiendo intercambiar ideas y sugerencias de modificaciones o mejoras.
    Los resultados generales de la retroalimentación se remitirán por escrito, al correo electrónico de la contraparte designada para dichos efectos en un plazo no mayor a 10 (diez) días hábiles, contados desde la fecha en que se realice la reunión.
    La retroalimentación tendrá por finalidad informar el grado de adecuación del Perfil de Proyecto presentado con los lineamientos del instrumento de financiamiento, así como también los aspectos que son susceptibles de mejorar y fortalecer en la formulación del proyecto a postular en la Fase 2 de cofinanciamiento del presente instrumento.
    Las observaciones y recomendaciones entregadas en la instancia de retroalimentación no tendrán carácter vinculante, ni obstarán a que los interesados realicen la postulación de su proyecto en la siguiente Fase 2 de cofinanciamiento, ni incidirán en la decisión que, en definitiva, adopten las autoridades competentes del Comité InnovaChile sobre la adjudicación del mismo.
    Concluida la Fase 1 de presentación de Perfiles, los interesados que hayan completado la Fase 1 (de presentación de perfil) y hayan recibido la retroalimentación respectiva, podrán avanzar a la Fase 2 y postular su proyecto, solicitando a InnovaChile su cofinanciamiento.
     
    5.2 Fase 2: Postulación a cofinanciamiento
     
    Las postulaciones a la Fase 2 deberán contener la descripción del proyecto para cuya ejecución se solicita cofinanciamiento, incorporando la siguiente información, de acuerdo con el detalle y requisitos que se señalen en el formulario de postulación:
     
    a) Resumen del proyecto
    Síntesis del proyecto que incluya el problema, desafío u oportunidad que da origen al mismo y la propuesta de solución para abordarlo.
    b) Objetivos del proyecto
    Descripción del objetivo general y de los objetivos específicos del proyecto, los que deben estar alineados con los objetivos del instrumento de financiamiento.
    c) Problema, desafío u oportunidad
     
    i. Diagnóstico y análisis tecnológico
    . Identificación del problema, desafío u oportunidad que da origen al proyecto.
    . Descripción del problema, desafío u oportunidad, incorporando un análisis completo y suficiente de sus causas y una caracterización de sus dimensiones cuantitativas y cualitativas, las que deben estar debidamente fundadas y documentadas.
    . Análisis de inteligencia tecnológica y de propiedad intelectual de la solución (ver Anexo Nº3).
     
    ii. Mercado objetivo
    . Identificación, caracterización (que incluya, además, antecedentes que demuestran el interés o necesidad de contar con una solución) y dimensionamiento de los principales actores (usuarios y/o clientes) que se ven afectados por el problema o desafío, o bien se beneficiarían de la oportunidad a abordar en el proyecto.
     
    d) Propuesta de solución
     
    i. Metodología
    . Descripción, en términos concretos, de la propuesta de solución (del nuevo o mejorado producto (bien o servicio) y/o proceso) que se desarrollará para abordar el problema, desafío u oportunidad identificado.
    . Descripción del estado de avance actual de la propuesta de solución, según la madurez de desarrollo de su tecnología (Technology Readiness Level o "TRL", ver Anexo Nº2), identificando los desafíos que se han debido resolver y aquellos que aún siguen pendientes.
    . Identificación de la o las hipótesis científicas y/o tecnológicas que serán puestas a prueba durante el desarrollo del proyecto.
    . Plan de trabajo del proyecto, incluyendo actividades a desarrollar para alcanzar cada uno de los objetivos y resultados intermedios y finales que se espera obtener durante su desarrollo.
    . Identificación y descripción preliminar, de los resultados propuestos en los informes a entregar al mes 6 (seis) y anualmente durante la ejecución del proyecto, con sus respectivos indicadores.
     
    ii. Grado de novedad y diferenciación
    . Identificación del grado de novedad de la propuesta de solución, justificando claramente si ésta se presenta, a nivel nacional o internacional.
    . Identificación del o de los atributos de la propuesta de solución que agregan valor y que la diferencian de soluciones alternativas y/o sustitutos que ya están disponibles en el mercado.
     
    iii. Actividades de I+D
    . Identificación y descripción de las actividades de investigación y desarrollo (I+D) que requiera la ejecución del proyecto. Para determinar si las actividades corresponden efectivamente a I+D, se utilizarán las definiciones y exclusiones señaladas en la ley Nº 20.241, ("Ley de I+D"), las cuales se transcriben en el Anexo Nº 1 de las presentes bases.
    . Las actividades de investigación y desarrollo requeridas para desarrollar el proyecto deben representar, a lo menos, el 30,00% del costo total del proyecto, tal como se indica en el numeral 7.1 de las presentes bases.
     
    e) Propuesta de introducción al mercado y/o implementación productiva
     
    i. Beneficios esperados
    . Descripción del modelo de ingresos y/o ahorro de costos económicos que generará la propuesta de solución, el que debe ser coherente con el mercado objetivo.
    . Cuantificación objetiva y debidamente justificada, de la magnitud de dichos ingresos y/o ahorro de costos económicos.
    . Identificación, cuantificación y relevancia (objetiva y debidamente justificada), de los impactos sociales y/o medio ambientales que podría generar el proyecto.
     
    ii. Estrategia de continuidad
    . Identificación de los posibles riesgos y/o barreras comerciales y/o regulatorias que deberá enfrentar el proyecto, señalando cómo serán abordadas.
    . Descripción de las estrategias de protección de la solución desarrollada en el marco del proyecto, para su posterior uso o comercialización.
    . Descripción de una propuesta para dar continuidad al proyecto una vez que concluya la etapa de subsidio.
     
    f) Capacidades
     
    i. Beneficiario: Identificación y descripción de sus capacidades de gestión, técnicas, financieras y de infraestructura necesarias para lograr la adecuada ejecución y el éxito del proyecto, las que deberán estar debidamente justificadas.
    Respecto del beneficiario persona jurídica de derecho privado constituida en Chile:
     
    - Transcripción literal del objeto social o finalidad que consta en sus estatutos.
    - Explicar fundadamente la pertinencia del objeto social o finalidad transcrita, en relación con las actividades a desarrollar para la obtención del objetivo del proyecto.
     
    ii. Asociado(s) (si corresponde): Identificación y descripción de sus capacidades para realizar los aportes comprometidos para el proyecto ("nuevos o pecuniarios" y/o "preexistentes o valorizados").
     
    iii. Equipo de Trabajo:
     
    . Identificación de los y las integrantes del equipo de trabajo del beneficiario, señalando sus capacidades técnicas y experiencia relevante en el ámbito del proyecto.
    . Identificar, si corresponde, el nuevo capital humano experto que será contratado por el beneficiario para la ejecución del proyecto, debiendo adjuntar el(los) perfil(es) profesional(es) requerido(s) de dicha(s) contratación(es), en términos de antecedentes curriculares y/o académicos. Se deberá, además, justificar la necesidad de esta(s) nueva(s) contratación(es) en el contexto del proyecto, detallar el presupuesto asociado, describir las actividades a ejecutar, indicar el momento a partir del cual se requerirá(n) dicha(s) contratación(es) y definir el período durante el cual participará(n) del proyecto, el cual no podrá ser inferior a 12 (doce) meses.
    Para efectos de este instrumento, se entiende por "capital humano experto", los/las técnicos/as o profesionales, que acrediten experiencia de, al menos 5 años en el área específica del proyecto, o bien, aquellos/as que cuenten con estudios de posgrado (magister y/o doctorado) relacionados con el área específica del proyecto.
    . Detalle de la dedicación horaria de los y las integrantes del equipo de trabajo antes señalado, y de sus funciones y roles en el cumplimiento de los objetivos del proyecto.
     
    g) Presupuesto
     
    Presupuesto detallado del proyecto, el que deberá elaborarse según las cuentas señaladas en el número 11.1 de las presentes bases, de acuerdo con las indicaciones y restricciones establecidas en el referido numeral. Se deberá especificar el cofinanciamiento solicitado a InnovaChile y el monto comprometido por cada uno de los participantes, así como su naturaleza (aportes "nuevos o pecuniarios" y/o aportes "preexistentes o valorizados", según corresponda).
    Además, el presupuesto debe ser calculado sobre la base de costos reales que observen condiciones de mercado, demostrables y coherentes con la envergadura y complejidad técnica de las actividades a realizar; con el plazo en que éstas se llevarán a cabo y con la capacidad financiera del postulante. InnovaChile, en atención al principio del correcto uso de los recursos públicos, podrá ajustar a valores de mercado las partidas que corresponda.
    h) Antecedentes para la bonificación establecida en la ley Nº 21.561 a las empresas de menor tamaño, que hayan implementado de forma anticipada la reducción de jornada laboral
    Informar si al beneficiario se le otorgó o no, por el Ministerio del Trabajo y Previsión Social, el sello que certifica que, de conformidad con los requisitos establecidos por la Subsecretaría del Trabajo, implementó de forma anticipada la reducción de jornada laboral establecida en la ley Nº21.561, señalando su fecha de vencimiento. En caso afirmativo, deberá adjuntar la respectiva resolución y, además, los antecedentes que permitan acreditar que es una empresa de menor tamaño, de acuerdo con el artículo segundo de la ley Nº 20.416 (que, para efectos del presente instrumento, se entenderá como aquella que ha tenido ingresos por ventas que no exceden las 100.000 U.F.(1) en el último año calendario).
    Corfo, en todo momento, podrá solicitar, de ser necesario, los antecedentes pertinentes para verificar que el referido sello se encuentra vigente en la instancia de la adjudicación.
    6. Plazos
     
    El plazo de ejecución de los proyectos es de hasta 48 (cuarenta y ocho) meses. Este plazo podrá ser prorrogado, previa solicitud fundada del beneficiario presentada antes del vencimiento del plazo de ejecución.
    El plazo total del proyecto, incluidas sus prórrogas, no podrá superar los 60 (sesenta) meses.
    Excepcionalmente, y solo en caso de proyectos que se basen en trabajo con ciclos biológicos y que requieran un plazo mayor, se podrá considerar en su formulación, debidamente justificado, un plazo de ejecución de hasta 60 (sesenta) meses y, el plazo total (incluidas sus prórrogas) no podrá superar los 72 (setenta y dos) meses.
     
    7. Cofinanciamiento
     
    7.1 Subsidio InnovaChile
    InnovaChile cofinanciará los proyectos que resulten adjudicados con un tope de hasta $1.000.000.000.- (mil millones de pesos).
    Además, dependiendo de los ingresos anuales por ventas del beneficiario, se financiará un porcentaje del costo total del proyecto, de acuerdo con lo siguiente:
   
     
_________________
(1) Para estos efectos, se utilizará el valor de la U.F. del día 31 de diciembre del año anterior al de postulación.

    Los gastos asociados a la ejecución de actividades de investigación y desarrollo (gasto en I+D) deben representar, a lo menos, el 30,00% del costo total del proyecto. Durante el análisis de admisibilidad, se verificará que el gasto en I+D efectivo en la propuesta cumpla con el mínimo antes señalado.
    Para efectos de las presentes bases y, en particular, para la determinación del monto y porcentaje efectivo de gastos asociados a actividades de investigación aplicada y desarrollo, se utilizarán las definiciones dispuestas en la ley Nº 20.241, que establece un incentivo a la inversión en investigación y desarrollo, transcritas en el Anexo Nº 1.
    Sin perjuicio de lo señalado, al momento de la adjudicación de cada proyecto, InnovaChile podrá aprobar un monto de subsidio y/o un porcentaje de cofinanciamiento inferior a los máximos indicados.
    Asimismo, y dependiendo de la naturaleza de la focalización temática o geográfica que en su caso se efectúe, y/o de la disponibilidad presupuestaria, InnovaChile podrá determinar para cada llamado un monto y/o porcentaje de cofinanciamiento por proyecto inferior a los indicados precedentemente, situación que será determinada en el respectivo acto de focalización, e informada en el (los) respectivo(s) aviso(s) que se efectúe(n) para cada apertura o llamado.
     
    7.2 Aportes de los participantes
    Los participantes deberán aportar el financiamiento restante, mediante aportes "nuevos o pecuniarios" y/o "preexistentes o valorizados".
    Además, al menos el 50,00% del aporte de los participantes (beneficiario y asociados, de existir estos últimos), debe corresponder a aporte "nuevo o pecuniario".
    De acuerdo con el número 4.6.1 de las Bases Administrativas Generales, se entiende por "aporte nuevo o pecuniario", aquel que tiene su causa en la ejecución del proyecto y que, de no haberse iniciado éste, no se hubiese incurrido en él. En otras palabras, no corresponde a este concepto la utilización de instalaciones, infraestructura, recursos humanos, y otros, ya existentes en el participante aportante y/o en los demás participantes, al momento de la postulación.
     
    7.3 Aumento del porcentaje de cofinanciamiento para "empresas lideradas por mujeres"
    Sin perjuicio de los porcentajes máximos de cofinanciamiento indicados en el número 7.1 anterior, los postulantes podrán optar a que se aplique en caso de ser aprobado su proyecto, un aumento del porcentaje de cofinanciamiento, en la medida que el beneficiario sea una "empresa liderada por mujeres".
    Se considerará como una "empresa liderada por mujeres", a los postulantes en calidad de beneficiario que cumplan con los requisitos señalados en las "Normas para acreditar la calidad de empresa liderada por mujeres", aprobadas por resolución (E) Nº 481, de 2018, de InnovaChile.
    Para estos efectos, el postulante deberá indicar al momento de la postulación, declarándolo así en el formulario, si opta al aumento de hasta un 10,00% más de porcentaje de cofinanciamiento (en relación con el costo total del proyecto) por sobre los máximos establecidos en las presentes bases. Como contrapartida y consecuencia de lo anterior, el porcentaje de aporte "nuevo o pecuniario", en relación con el costo total, se reducirá hasta en un 10,00%. En estos casos, y de verificarse, en su oportunidad el cumplimiento de los requisitos para ser considerada una "empresa liderada por mujeres", no se aplicará la exigencia de que, a lo menos, el 50,00% de los aportes correspondan a aportes "nuevos o pecuniarios".
    El aumento del porcentaje de cofinanciamiento será aplicado una vez que el proyecto haya sido aprobado y se haya verificado que el postulante cumple con los requisitos para ser considerado una "empresa liderada por mujeres", por lo que, durante la postulación, se deberá formular el presupuesto, de acuerdo con los montos y porcentajes indicados en los números 7.1 y 7.2 anteriores.
    El cumplimiento de los requisitos establecidos en la resolución señalada se verificará durante la formalización de los proyectos. En caso de no cumplimiento, no podrá otorgarse el porcentaje de cofinanciamiento adicional y deberá cumplirse con el porcentaje de aporte "nuevo o pecuniario", de acuerdo con las reglas generales.
    El aumento de porcentaje de cofinanciamiento en ningún caso podrá significar la entrega de un subsidio por sobre $1.142.857.143.- (mil ciento cuarenta y dos millones ochocientos cincuenta y siete mil ciento cuarenta y tres pesos).
    8. Actividades y gastos financiables
     
    8.1 Este instrumento busca apoyar proyectos que ya hayan superado un TRL3 (pruebas de concepto), es decir, en el proyecto deben abordarse actividades comprendidas en TRL4 o superior.
     
    8.2 Actividades y gastos generales del proyecto
     
    a) Equipo de trabajo del proyecto, cuya participación sea necesaria y esté directamente vinculada a su ejecución. Éste deberá presupuestarse en la cuenta "Recursos Humanos", debiendo cumplirse con lo siguiente:
     
    . Con recursos del subsidio, se podrán financiar las remuneraciones y/u honorarios de personal preexistente y/o nuevo, sólo del beneficiario.
    . Mediante aportes de los participantes (beneficiario y/o asociados), se podrán financiar las remuneraciones y/u honorarios de personal nuevo de los mismos y, además, de su personal preexistente, debiendo en este último caso, observarse la limitación para aportes "preexistentes o valorizados" señalada en el número 7.2 anterior.
    Se entiende por personal preexistente el que esté contratado por el participante al momento de la postulación.
     
    b) Se podrán considerar los gastos asociados a la formulación del proyecto, cuando ésta sea externalizada, es decir, contratada a un tercero no relacionado(2) con el beneficiario, y podrá presupuestarse solo con cargo al aporte del beneficiario, un máximo de $2.000.000.- (dos millones de pesos).
    c) Costos financieros de garantías de fiel cumplimiento del convenio y de anticipos del subsidio.
    d) Otras pertinentes y relevantes, a juicio de InnovaChile, que sean consideradas críticas y estrictamente necesarias para la obtención de los objetivos del proyecto y se enmarquen en los objetivos y los resultados esperados del instrumento.
     
    8.3 Actividades y gastos específicos del proyecto
    Aquellos destinados al desarrollo de proyectos de I+D+i con potencial de escalabilidad global, con alta incertidumbre tecnológica, considerando las siguientes categorías:
     
    a) Actividades necesarias para el desarrollo de nuevos productos (bienes o servicios) y/o procesos de alta sofisticación tecnológica, tales como:
     
    . Actividades de investigación y desarrollo.
    . Pruebas de concepto y experimentales.
    . Prototipaje y validación técnico-comercial.
    . Empaquetamiento técnico-comercial e integración de tecnologías.
    . Adquisición de equipamiento, materiales, insumos y licencias.
     
    b) Actividades necesarias para el diseño y desarrollo de una estrategia de protección de los resultados y de comercialización de estos, tales como:
     
    . Estudios de factibilidad y/o estrategia de protección.
    . Presentación de solicitudes de protección de la propiedad industrial y de los obtentores de nuevas variedades vegetales, relativa a los resultados del proyecto, pago de tasas, peritos, publicaciones, traducciones y asesorías técnicas y legales.
    . Desarrollo o fortalecimiento de estrategia de escalamiento y/o internacionalización.
    . Desarrollo o fortalecimiento de estrategia de comercialización y marketing.
    . Prospección comercial y/o programas de softlanding, cuando corresponda.
    . Servicios de vigilancia tecnológica.
    . Seminarios y capacitaciones.
    . Análisis de mercado y valorización de tecnologías.
    . Certificaciones (normas sanitarias, eléctricas y otras técnicas en general).
     
_________________
(2) De acuerdo con la definición establecida en las Bases Administrativas Generales (BAG).
     
    El beneficiario deberá utilizar para todas las adquisiciones y contrataciones que efectúe en el contexto de ejecución del proyecto, relativas a actividades y/o gastos que por su naturaleza deban presupuestarse en las cuentas "Gastos de Operación" y "Gastos de Inversión", el procedimiento señalado el anexo Nº 11 de la resolución (E) Nº 443, de 2020, modificada por resolución (E) Nº 131, de 2023, ambas de Corfo, que "Aprueba Manual para la Rendición y Seguimiento Financiero de Proyectos Financiados y/o Cofinanciados por Corfo y sus Anexos".
    9. Evaluación
     
    9.1 Aspectos generales
    De forma previa a la evaluación, y de acuerdo con lo dispuesto en el número 5 de las Bases Administrativas Generales, InnovaChile realizará un análisis de admisibilidad de los proyectos. Aquellos proyectos que cumplan con todos los requisitos de dicho análisis (detallados en el número 12.1 de las bases) avanzarán a la etapa de evaluación.
     
    9.2 Criterios de Evaluación
    Los proyectos serán evaluados con notas de 1 a 5. Los criterios y subcriterios de evaluación y sus respectivos ponderadores, son los siguientes:
     
   
     
   
     
   
     
    Para que un proyecto sea presentado al Subcomité, con "recomendación de aprobación", deberá obtener una nota final mínima de 3,50 y, además, una nota mínima de 3,00 en cada uno de los subcriterios de evaluación.
    De conformidad con lo establecido en el artículo séptimo transitorio de la ley Nº 21.561, se otorgará un puntaje adicional, consistente en una bonificación de un 5% sobre la nota final obtenida, a aquellos proyectos cuyo beneficiario cumpla con los siguientes requisitos copulativos:
     
    a) Corresponda a una empresa de menor tamaño.
    b) Se le haya otorgado, por el Ministerio del Trabajo y Previsión Social, el sello que certifique que implementó de forma anticipada la reducción de jornada laboral establecida en la ley Nº 21.561 y que éste se encuentre vigente en la instancia de la adjudicación.
     
    Asimismo, tratándose de un concurso, en caso de producirse un empate en la nota final entre dos o más proyectos, se preferirá y quedará en mejor posición en el ranking, aquel proyecto presentado por la empresa que cumpla con los requisitos precedentemente señalados.
    Con todo, la aplicación de la bonificación no podrá significar una nota final superior a 5.
    Con el resultado de la evaluación, las propuestas serán presentadas al órgano de decisión respectivo, el que decidirá sobre la aprobación y rechazo de los proyectos, teniendo en consideración la disponibilidad presupuestaria. En aquellos casos en que el instrumento se ponga a disposición de los interesados en la modalidad de concurso, se elaborará un ranking preliminar, el cual será presentado al órgano de decisión, el que determinará el ranking definitivo, y decidirá sobre la aprobación y rechazo de los proyectos teniendo en consideración la disponibilidad presupuestaria.
    En la etapa de decisión, se podrán incorporar condiciones de adjudicación y/o de formalización a los proyectos aprobados, pudiendo establecerse modificaciones técnicas y/o presupuestarias que se consideren pertinentes, sin que éstas alteren la naturaleza y el objetivo general de los proyectos.
    Aquellos proyectos adjudicados que hayan recibido la bonificación por considerar la contratación de nuevo capital humano experto, deberán incorporar al capital humano experto dentro del plazo informado en la postulación y mantener dichas capacidades, al menos, durante 12 (doce) meses dentro del plazo formal de ejecución del proyecto.
    En caso de incumplimiento de lo señalado en el párrafo precedente, se rechazará el presupuesto asociado a su contratación, sin que éste pueda reasignarse a otros gastos y/o actividades, debiendo restituir a InnovaChile, en su oportunidad, el subsidio que corresponda (considera la aplicación de regla de proporcionalidad, establecida en el número 11.4.2 de las Bases Administrativas Generales). Lo anterior, es sin perjuicio de que InnovaChile determine fundadamente como consecuencia de dicho incumplimiento, que el proyecto no podrá obtener los resultados esperados o seguir ejecutándose bajo parámetros razonables y, por lo tanto, dé término anticipado al proyecto.
    Se podrá, excepcionalmente y por motivos fundados, sustituir al referido capital humano experto, siempre que quien(es) lo(s) reemplace(n) acredite(n), a lo menos, las mismas capacidades, calidades y requisitos indicados en el perfil presentado. Para estos efectos, se aplicará el procedimiento dispuesto en el número 11.6.1 de las Bases Administrativas Generales.
     
    10. Seguimiento técnico, evaluación de continuidad y actividades de acompañamiento
     
    Además de los informes que el beneficiario debe entregar de acuerdo con lo dispuesto en el número 11.2 de las Bases Administrativas Generales, se deberán entregar los siguientes informes:
     
    10.1 Hito técnico de continuidad al mes 6 (seis)
    Al término del mes 6 (seis) de ejecución del proyecto (o en el plazo que establezca el Subcomité), se deberá entregar un informe de hito técnico de continuidad, en el cual el beneficiario deberá informar, según los formatos definidos por InnovaChile, sobre lo siguiente:
    a) Cumplimiento de los resultados o metas establecidas para este hito al momento de aprobarse el proyecto.
    b) Resultados parciales obtenidos y su contribución a la disminución de la incertidumbre tecnológica del proyecto. Estos resultados deberán ser medibles, objetivos y verificables.
    c) Roles y responsabilidades del equipo de trabajo técnico en el desarrollo del proyecto.
    d) Justificación de las eventuales desviaciones identificadas en relación con la programación de actividades y sus efectos.
    e) Propuesta de medidas y acciones tendientes a corregir o mejorar las desviaciones identificadas.
    f) De corresponder, antecedentes que den cuenta de la contratación del capital humano experto y, además, informe detallado de las actividades que ha realizado en el contexto de la ejecución del proyecto.
     
    InnovaChile evaluará la información presentada y podrá solicitar antecedentes adicionales y la modificación o complementación de esta. La Dirección Ejecutiva de InnovaChile resolverá sobre la aprobación o rechazo de la continuidad del proyecto, pudiendo establecer condiciones técnicas y/o presupuestarias, siempre que éstas no alteren el objetivo general ni la naturaleza del proyecto.
    Si no es aprobado el hito técnico de continuidad, se pondrá término anticipado al proyecto, aplicándose para estos efectos, lo dispuesto en las Bases Administrativas Generales.
    El plazo de entrega del informe de hito técnico de continuidad, excepcionalmente, podrá ser prorrogado por la Dirección Ejecutiva, previa solicitud fundada del beneficiario presentada antes de su vencimiento.
    Sin perjuicio de lo anterior, el Subcomité, durante la adjudicación y/o ejecución del proyecto, podrá establecer plazos distintos, limitaciones adicionales a las precedentemente señaladas, o bien, eliminar el hito técnico de continuidad.
     
    10.2 Hitos técnicos anuales de continuidad
    Se deberá entregar un informe de hito técnico de continuidad cada 12 (doce) meses de ejecución del proyecto (o en el plazo que establezca el Subcomité), según formatos definidos por InnovaChile. Este informe deberá contener, a lo menos, lo siguiente:
     
    a) Estado de desarrollo, avances y logros de las principales actividades y/o resultados intermedios y/o finales definidos para cada proyecto, los cuales deberán ser medibles y verificables.
    b) Justificación de las eventuales desviaciones identificadas en relación con la programación de actividades y sus efectos.
    c) Propuesta de medidas y acciones tendientes a corregir o mejorar las desviaciones identificadas.
    d) Informe de vigilancia tecnológica, con información que permita verificar la vigencia de la solución propuesta en el proyecto y la metodología utilizada.
     
    Adicional a lo anterior y, al menos, durante la presentación del último hito técnico anual de continuidad, el beneficiario, si corresponde, podrá reemplazar el informe de vigilancia tecnológica señalado en la letra d) anterior, por un informe emitido por una entidad externa, de análisis de mercado y/o valorización de la tecnología desarrollada en el marco del proyecto. Dicho informe podrá ser adelantado a solicitud de la Dirección Ejecutiva de InnovaChile, como resultado de la revisión de algún hito técnico de continuidad intermedio.
    Con los antecedentes presentados, InnovaChile evaluará la información y podrá solicitar antecedentes adicionales y la modificación o complementación de esta.
    InnovaChile podrá realizar la revisión de los informes de hito técnico anual de continuidad, además, a través de entidades y/o expertos contratados para tal efecto. Las entidades y/o expertos, serán profesionales nacionales y/o internacionales seleccionados de acuerdo con su experiencia en temáticas específicas y áreas de la ciencia según el tipo de proyecto.
    El informe emitido por la entidad y/o experto, servirá como insumo para la revisión y análisis de InnovaChile.
    Como resultado de la revisión, la Dirección Ejecutiva de InnovaChile resolverá sobre la aprobación o rechazo de la continuidad del proyecto, pudiendo solicitar modificaciones en actividades que el proyecto desarrolle, en el marco de las recomendaciones y observaciones efectuadas en las revisiones, las cuales pueden ser técnicas y/o presupuestarias, siempre que éstas no alteren el objetivo general ni la naturaleza del proyecto.
    El plazo de entrega de cada informe de hito técnico anual de continuidad, excepcionalmente, podrá ser prorrogado por la Dirección Ejecutiva, previa solicitud fundada del beneficiario presentada antes de su vencimiento.
    Si el informe de hito técnico de continuidad no es aprobado, se pondrá término anticipado al proyecto, aplicándose para estos efectos, lo dispuesto en las Bases Administrativas Generales.
     
    10.3 Actividades obligatorias de acompañamiento
    Desde la fecha en que se le comunica la aprobación de su proyecto y hasta el término de su plazo de ejecución, el beneficiario deberá participar obligatoriamente en ciertas actividades de acompañamiento que InnovaChile fijará, con la finalidad de entregarle información, medios y/o herramientas que puedan resultarle útiles para el cumplimiento de los objetivos y/o resultados de su proyecto.
    Los lugares, medios, fechas y horas de dichas actividades obligatorias serán oportunamente informados por InnovaChile, con una anticipación no inferior a 7 (siete) días hábiles anteriores a la fecha de su realización. Asimismo, en dicha oportunidad, se indicarán los requisitos, contenidos y formato de la actividad, así como la o las personas del equipo de trabajo (incluye directores de proyecto) que deban asistir.
    En casos fundados, y excepcionalmente, InnovaChile podrá autorizar que el beneficiario o ciertas personas de su equipo no participen en alguna de estas actividades, y determinará las medidas necesarias para asegurar el cumplimiento de los fines de la actividad como, por ejemplo, autorizar la asistencia de otra(s) persona(s) distintas a las originalmente convocadas. Para esta decisión, InnovaChile tomará en consideración, entre otros, el nivel de participación del beneficiario, en otras de las actividades del proyecto.
    Si el beneficiario no participare en las actividades, sin contar con autorización previa para aquello, InnovaChile podrá ejecutar la garantía de fiel cumplimiento del convenio que se encuentre en su poder y, en caso de reiteración, y según corresponda, podrá tener por desistido el proyecto o darle término anticipado, aplicándose a la devolución del subsidio las reglas establecidas en el numeral 14.1.3.2, de las Bases Administrativas Generales.
     
    11. Aspectos presupuestarios
     
    11.1 Cuentas presupuestarias
    Las actividades y/o gastos del proyecto financiadas con subsidio y/o aportes, deberán ser presupuestadas de conformidad con las cuentas presupuestarias "Recursos Humanos", "Gastos de Operación", "Gastos de Administración" y "Gastos de Inversión", descritas en el número 4.6.1 de las Bases Administrativas Generales, considerando adicionalmente:
    . Gastos de Inversión: Sólo se podrá destinar como máximo hasta un 30,00% del subsidio de InnovaChile a este tipo de gastos. Para el caso de adquisiciones, éstas se podrán financiar íntegramente, independiente de la fuente de financiamiento (subsidio y/o aportes), debiendo verificarse, en todo caso, que sean pertinentes y necesarias para el cumplimiento de los objetivos del proyecto, no aplicando, por lo tanto, la regla establecida en la letra b) del número 11.4.3 de las Bases Administrativas Generales.
    . Gastos de Administración: Se podrá destinar como máximo hasta un 10,00% del subsidio de InnovaChile a este tipo de gastos.
     
    11.2 Garantía de fiel cumplimiento del convenio
    El monto de la garantía de fiel cumplimiento del convenio, que deberá(n) entregarse, deberá corresponder, al menos, a 30 UF. En caso de que durante la ejecución del proyecto esta garantía sea ejecutada, sin que se dé término anticipado al mismo, se deberá entregar una nueva garantía por este concepto, del mismo monto antes indicado, de acuerdo con las instrucciones y dentro los plazos comunicados por InnovaChile.
     
    11.3 Gastos relativos a la evaluación de continuidad
    Hasta la fecha de entrega de los informes de hitos técnicos de continuidad señalados en los numerales 10.1 y 10.2 de las bases, sólo se podrán realizar con cargo al subsidio, gastos que estén directamente relacionados con la obtención de los resultados parciales considerados para dichos períodos y que correspondan a actividades que hayan sido ejecutadas dentro de los mismos.
    Además, durante el período de revisión de los informes de hito técnico de continuidad del proyecto y hasta la notificación de la decisión respectiva, se podrán reconocer los gastos básicos y estrictamente necesarios para la continuidad operativa del equipo de trabajo, arriendos u otros de naturaleza similar.  Hasta la notificación de la decisión de continuidad del proyecto, no podrán realizarse contrataciones, salvo autorización previa de InnovaChile.
     
    12. Bases Administrativas Generales
     
    En cuanto a los procesos y trámites que deberán cumplirse desde la etapa de orientación de los postulantes y/o postulación misma, hasta el término del proyecto y del convenio de subsidio celebrado entre InnovaChile y el beneficiario, aplicarán las Bases Administrativas Generales para los Instrumentos de la Corporación de Fomento de la Producción, aprobadas por resolución (A) Nº 28, de 2020, modificada por resolución (A) Nº 136, de 2023, ambas de Corfo.
    En caso de postulación permanente, el aviso que disponga su eventual cierre establecerá, además, el plazo para presentar los proyectos cuyos perfiles hayan recibido, a esa fecha, la retroalimentación respectiva.
     
    12.1 Requisitos de admisibilidad
     
    a) Admisibilidad de los participantes
    Fiscalía de Corfo, verificará que el respectivo proyecto, desde el momento de la postulación, cumpla con los siguientes requisitos:
   
    b) Admisibilidad del proyecto
    Se verificará que el respectivo proyecto, desde el momento de la postulación, cumpla con los siguientes requisitos:
   
    Para la verificación del cumplimiento de porcentajes (máximos y mínimos), se considerará hasta las centésimas.
    13. Antecedentes para la formalización de los proyectos aprobados
     
    Previo a la redacción del convenio de subsidio, se cotejará que el objeto social o finalidad del beneficiario persona jurídica de derecho privado constituida en Chile, transcrito en el formulario de postulación, no presente diferencias sustanciales con aquel que consta en sus estatutos. En caso de que se verifiquen diferencias sustanciales, se revisará nuevamente la pertinencia del objeto social o finalidad que consta en sus estatutos, en relación con las actividades a desarrollar para la obtención del objetivo del proyecto. En caso de verificarse que no existe pertinencia entre los referidos elementos, el convenio no será formalizado y la postulación se tendrá por desistida.
    Para la formalización del proyecto, Corfo verificará que el receptor se encuentre al día en el cumplimiento de la obligación de rendir cuenta respecto de cualquiera de los proyectos cofinanciados por Corfo y/o sus Comités y certificará dicha circunstancia.
    Además de los antecedentes que, de acuerdo con el número 8.1 de las Bases Administrativas Generales, deben presentarse en la etapa de formalización de los proyectos, deberán enviarse dentro de los mismos plazos, los siguientes antecedentes:
     
    a) Antecedentes técnicos de formalización
    Para el caso de beneficiarios que hayan declarado en su postulación corresponden a empresas "micro y pequeñas" o "medianas": se deberán presentar antecedentes necesarios para acreditar que su nivel de ingresos por ventas anuales es coherente con el rango de ventas anual declarado en la postulación.
    En caso de que dichos antecedentes no se presenten oportunamente el proyecto se entenderá desistido.
    Sin perjuicio de lo anterior, si los antecedentes presentados no son coherentes con aquellos declarados en la postulación, en el sentido que los ingresos por ventas anuales del beneficiario son superiores a los declarados, el monto y porcentaje de cofinanciamiento máximos de InnovaChile serán ajustados al tramo que corresponda según su nivel de ingresos anuales efectivos, aumentando, como contrapartida, el monto y porcentaje de aportes "nuevos o pecuniarios" de los participantes.
     
    b) Antecedentes legales de formalización
    Para los proyectos cuyo beneficiario corresponde a una "empresa liderada por mujeres", deberán presentarse los antecedentes indicados en el numeral III de las "Normas para acreditar la calidad de empresa liderada por mujeres", aprobadas por resolución (E) Nº 481, de 2018, de InnovaChile. En caso de que dichos antecedentes no se presenten oportunamente, o no permitan verificar el cumplimiento de los respectivos requisitos, no podrá otorgarse el porcentaje de cofinanciamiento adicional y deberá cumplirse con el porcentaje mínimo de aportes "nuevos o pecuniarios", de acuerdo con las reglas generales.
    Anexo Nº 1: Definiciones y exclusiones I+D
    Para efectos de las presentes bases y, en particular, para la determinación del monto y porcentaje efectivo de gastos asociados a actividades de investigación y desarrollo, se utilizarán las siguientes definiciones dispuestas en la ley Nº 20.241:
    a) Investigación: la búsqueda metódica que tenga por objeto generar nuevos conocimientos en el ámbito científico o tecnológico, la que podrá ser básica o aplicada. Se entiende por investigación básica aquella que consiste en trabajos experimentales o teóricos que se emprenden principalmente para obtener nuevos conocimientos acerca de los fundamentos de los fenómenos y hechos observables, con prescindencia de si tienen una aplicación o utilización determinada. La investigación aplicada consiste también en trabajos originales realizados para adquirir nuevos conocimientos; sin embargo, está dirigida fundamentalmente hacia un objetivo práctico específico.
    b) Desarrollo experimental o desarrollo: consiste en trabajos sistemáticos que aprovechan los conocimientos existentes obtenidos de la investigación y/o la experiencia, y está dirigido a la producción de nuevos materiales, productos o dispositivos; a la puesta en marcha de nuevos procesos, sistemas y servicios, o a la mejora sustancial de los ya existentes. Asimismo, se comprende el desarrollo de programas informáticos, siempre que dicho desarrollo dé lugar a mayor conocimiento con el objetivo de resolver en forma sistemática una incertidumbre científica o tecnológica o permita generar un mejoramiento sustancial e innovador en algún proceso, producto y/o servicio.
    c) No se considerarán actividades de investigación y desarrollo las consistentes en:
    i. Pruebas y evaluaciones, una vez que un prototipo se transforma en un material, producto o proceso comercializable, que tengan como fin inmediato su inserción en el mercado.
    ii. Las mejoras, adaptaciones y análisis de carácter rutinario, repetitivo o menor aplicadas en materiales, productos, servicios o procesos, aunque en ellos se utilice tecnología.
    iii. Modificaciones estéticas o menores de aplicaciones ya existentes para diferenciarlas de otras.
    iv. Los cambios periódicos o de temporada de materiales, productos o procesos.
    v. La promoción de aquello que sea resultado de investigación o desarrollo.
    vi. La adquisición de propiedad intelectual o industrial cuando ésta consista en el objeto principal de las labores de investigación y desarrollo.
    vii. La realización o contratación de estudios de mercado y de comercialización.
    Anexo Nº 2: Nivel de Madurez de la Tecnología(3)
    Corresponde a un tipo de medición que se utiliza para evaluar el nivel de madurez de una tecnología (TRL - Technology Readiness Levels) en particular. Cada proyecto de tecnología se puede analizar y categorizar según los parámetros de cada nivel de tecnología y luego se le asigna una calificación en función del progreso tecnológico del resultado de investigación. Para efectos de esta convocatoria, se identificará el nivel de avance o progreso con el cual postulan los proyectos y con el cual esperan concluir una vez finalizado el subsidio de InnovaChile de Corfo. A modo de resumen, se consideran 9 (nueve) niveles que se extienden desde los principios básicos de la nueva tecnología hasta llegar a sus pruebas con éxito en un entorno real:
     
    TRL 1 - Principios básicos estudiados: Este corresponde al nivel más bajo en cuanto al nivel de maduración tecnológica. Comienza la investigación científica básica. La investigación comienza a traducirse en investigación aplicada. En esta fase de desarrollo no existe todavía ningún grado de aplicación comercial.
    TRL 2 - Concepto tecnológico formulado: En esta fase pueden empezar a formularse eventuales aplicaciones de las tecnologías y herramientas analíticas para la simulación o análisis de la aplicación. Sin embargo, todavía no se cuenta con pruebas o análisis que validen dicha aplicación.
    TRL 3 - Prueba de concepto experimental: Esta fase incluye la realización de actividades de investigación y desarrollo (I+D) dentro de las cuales se incluye la realización de pruebas analíticas y pruebas a escala en laboratorio orientadas a demostrar la factibilidad técnica de los conceptos tecnológicos. Esta fase implica la validación de los componentes de una tecnología específica, aunque esto no derive en la integración de todos los componentes en un sistema completo.
    TRL 4 - Tecnología validada en laboratorio: En esta fase, los componentes que integran una determinada tecnología, han sido identificados y se busca establecer si dichos componentes individuales cuentan con las capacidades para actuar de manera integrada, funcionando conjuntamente en un sistema.
    TRL 5 - Tecnología validada en un entorno relevante: Los elementos básicos de una determinada tecnología son integrados de manera que la configuración final es similar a su aplicación final. Sin embargo, la operatividad del sistema y tecnologías ocurre todavía a nivel de laboratorio.
    TRL 6 - Tecnología demostrada en un entorno relevante: En esta fase es posible contar con prototipos pilotos capaces de desarrollar todas las funciones necesarias dentro de un sistema determinado habiendo superado pruebas de factibilidad en condiciones de operación/funcionamiento real. Es posible que los componentes y los procesos se hayan ampliado para demostrar su potencial industrial en sistemas reales.
    TRL 7 - Demostración de sistema o prototipo completo demostrado en entorno operacional: El sistema se encuentra o está próximo a operar en escala pre-comercial. Es posible llevar a cabo la fase de identificación de aspectos relacionados con la fabricación, la evaluación del ciclo de vida, y la evaluación económica de las tecnologías, contando con la mayor parte de funciones disponibles y probadas.
    TRL 8 - Sistema completo y certificado a través de pruebas y demostraciones: En esta fase, las tecnologías han sido probadas en su forma final y bajo condiciones operacionales, habiendo alcanzado en muchos casos, el final del desarrollo del sistema.
    TRL 9 - Sistema real probado en un entorno operacional real: Tecnología/sistema en su fase final, probado y disponible para su comercialización y/o producción.
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(3) Definiciones de Bases Concurso Startup Ciencia 2022, Subdirección de Investigación Aplicada, Anid. Resolución exenta Nº 1.316/2022.
    Anexo Nº 3: Inteligencia Tecnológica
    El reconocimiento oportuno de las oportunidades y riesgos que se asocian a tecnologías involucradas en el desarrollo de nuevos y/o sustancialmente mejorados productos bienes, servicios y/o procesos, podría garantizarle a una empresa innovadora un posicionamiento altamente competitivo en mercados globales.
    En este contexto, la empresa puede llevar a cabo lo que se conoce como inteligencia tecnológica, un proceso continuo, sistemático y cíclico que permite monitorear y analizar el entorno de una temática tecnológica con el fin de detectar y seleccionar oportunidades de mercado a aprovechar. Esto requiere de la recopilación de información nueva y ya existente, su clasificación y posterior análisis. Las fuentes de dicha información incluyen desarrollos científicos, patentes y productos industriales, entre otras. Por otra parte, la inteligencia tecnológica requiere identificar a los principales actores vinculados directa e indirectamente con la temática tecnológica, así como los que podrían emerger en el mercado y que, por tanto, podrían amenazar la oportunidad que la empresa busca aprovechar. Asimismo, involucra un entendimiento del grado de madurez de las tecnologías, así como del marco regulatorio en el cual éstas se insertan, pues serán un determinante clave, entre otros factores, de la rapidez con la que la empresa pueda llegar a mercado. Todo lo anterior busca fortalecer la toma de decisiones estratégicas en la empresa.
    Algunos conceptos que se relacionan con la inteligencia tecnológica son:
    Búsqueda del Estado de la Técnica:  El estado de la técnica, estado del arte o arte previo, comprende todo lo que se ha puesto a disposición del público en cualquier lugar del mundo, mediante una publicación, la venta o comercialización, el uso o cualquier otro medio, hasta antes de la fecha de realización del estudio.
    Vigilancia tecnológica: Se refiere al proceso constante de seguir las últimas tendencias tecnológicas para descubrir brechas, detectar oportunidades y visualizar posibles competidores en ámbitos de la tecnología a emplear por nuevos y/o sustancialmente mejorados productos bienes, servicios y/o procesos.
    Prospectiva tecnológica: Se eleva por encima de la mera observación de los acontecimientos tecnológicos, ya que pronostica la evolución probable en el ámbito tecnológico.(4)
    La siguiente figura describe, resumidamente, el proceso de aplicación de inteligencia tecnológica, desde la identificación de una nueva tecnología a explorar por una empresa, hasta la toma de decisiones a partir del reporte de resultados generado a partir de esta vigilancia.
   
    2º Determínase que los proyectos presentados al instrumento "Innova Alta Tecnología", serán conocidos y decididos por el Subcomité de I+D+i Empresarial.
    3º Publíquense el (los) aviso(s) correspondiente(s) y pónganse las presentes bases a disposición de los interesados/as en el sitio web de Corfo, www.corfo.cl, una vez que la presente resolución se encuentre totalmente tramitada.
 
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(4) (Porter et al., 1991; Gerybadze, 1994; Tschirky, 1994; Mishra et al., 2002; Martino, 2003; Antunes y Canongia, 2006; Bengisu y Nekhili, 2006).
    4º Publíquese la presente resolución en el banner de "Gobierno Transparente", del sitio web www.corfo.cl, en conformidad a lo dispuesto en el literal g) del artículo 7, de la ley Nº 20.285, sobre Acceso a la Información Pública, en la Instrucción General Nº 11, sobre Transparencia Activa y en la resolución exenta Nº 500, de 2022, que Aprueba nuevo texto de la Instrucción General del Consejo para la Transparencia, sobre Transparencia Activa y deroga expresamente las Instrucciones Generales Nº 3, 4, 7, 8, 9 y 11, todas del citado Consejo.
     
    Anótese, publíquese y archívese.- Jocelyn Olivari Narea, Directora Ejecutiva.