ESTABLECE ORDEN DE SUBROGACIÓN DEL CARGO DE SECRETARIO/A GENERAL DE LA JUNTA NACIONAL DE AUXILIO ESCOLAR Y BECAS (JUNAEB) Y DEJA SIN EFECTO EL DECRETO Nº 688 EXENTO, DE 2022, DEL MINISTERIO DE EDUCACIÓN
    Núm. 88 exento.- Santiago, 12 de enero de 2024.
     
    Visto:
     
    Lo dispuesto en los artículos 32 Nº 10 y 35 de la Constitución Política de la República de Chile; en la ley Nº 19.882, que Regula Nueva Política de Personal a los Funcionarios Públicos que indica; en la Ley Nº 15.720, que crea la Junta Nacional de Auxilio Escolar y Becas; en el decreto ley Nº 180, de 1973, que Declara en Reorganización la Junta Nacional de Auxilio Escolar y Becas; en el DFL Nº 29, de 2004, del Ministerio de Hacienda, que Fija el Texto Refundido, Coordinado y Sistematizado de la ley Nº 18.834, sobre Estatuto Administrativo; en el decreto con fuerza de ley Nº 1-19.653 de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que Fija Texto Refundido, Coordinado y Sistematizado de la Ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de Administración del Estado; en el decreto supremo Nº 5.311, de 1968, del Ministerio de Educación, que Fija el Reglamento General de la Junta Nacional de Auxilio Escolar y Becas; en el DFL Nº 38, de 2003, del Ministerio de Hacienda, que determina los cargos que tendrán calidad de Altos Directivos Públicos de Junaeb y sus modificaciones; en el decreto supremo Nº 19, de 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que Faculta a los Ministros de Estado a firmar "Por orden del Presidente de la República"; en el decreto exento Nº 688, de 2022, del Ministerio de Educación; y, en la resolución Nº 6, de 2019, de la Contraloría General de la República.
    Considerando:
     
    Que, el artículo primero de la ley Nº 15.720, de 1964, crea la Junta Nacional de Auxilio Escolar y Becas como una corporación autónoma, con personalidad jurídica de Derecho Público y domicilio en Santiago, denominada Junta Nacional de Auxilio Escolar y Becas y que se relaciona con el Presidente de la República por intermedio del Ministerio de Educación.
    Que, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo primero del decreto ley Nº 180, de 1973, del Ministerio de Educación, el Secretario/a General de la Junta Nacional de Auxilio Escolar y Becas asumirá la plenitud de las funciones, atribuciones y obligaciones que corresponden al Honorable Consejo de la Junta Nacional de Auxilio Escolar y Becas, establecidos en la ley Nº 15.720 y su Reglamento Orgánico, como asimismo todas aquellas que sean necesarias para el mejor y más eficaz funcionamiento del Servicio. Luego, se indica además en el artículo 12 de la mencionada ley, que el Secretario/a General será el Jefe Superior del personal técnico y administrativo de la corporación.
    Que, el artículo 79 del DFL Nº 29, de 2004, del Ministerio de Hacienda, señala que la subrogación de un cargo procederá cuando no esté desempeñado efectivamente por el titular o suplente.
    Que, a su vez, el artículo 80 del referido DFL señala que, en los casos de subrogación, asumirá las respectivas funciones, por el solo ministerio de la ley, el funcionario de la misma Unidad que siga en el orden jerárquico, que reúna los requisitos para el desempeño del cargo.
    Que, el artículo quincuagésimo noveno de la ley Nº 19.882 establece que, sin perjuicio del artículo citado en el considerando anterior, la autoridad facultada para efectuar el nombramiento de los/as jefes/as superiores de servicios afectos al Sistema de Alta Dirección Pública podrá determinar para ellos otro orden de subrogación, para lo cual sólo podrá considerar funcionarios/as que sirvan cargos de segundo nivel jerárquico, nombrados conforme al Sistema de Alta Dirección Pública, cuando existan en el servicio respectivo.
    Que, según lo dispuesto en el artículo 1 del decreto supremo Nº 19, de 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, se encuentra delegada en los/as Ministros/as de Estado la facultad de suscribir bajo la fórmula "Por orden del Presidente de la Rep�blica", los decretos supremos referidos, entre otras materias, al establecimiento o modificación del orden de subrogación en los cargos de exclusiva confianza, con la sola excepción de los/as Ministros/as de Estado.
    Que, mediante el decreto exento Nº 688, de 2022, del Ministerio de Educación, se Fijó el Orden de subrogación del Secretario/a General de la Junta Nacional de Auxilio Escolar y Becas (Junaeb).
    Que, en razón de todo lo expuesto, corresponde a esta Cartera dictar el decreto que "Establece Orden de Subrogación del cargo de Secretario/a General de la Junta Nacional de Auxilio Escolar y Becas".
     
    Resuelvo:
     
    I. Establécese el siguiente orden de subrogación para el cargo de Secretario/a General de la Junta Nacional de Auxilio Escolar y Becas (Junaeb), en caso de ausencia o impedimento temporal de su titular:
     
    Primer orden de subrogación: Rachid Karim Majluf Cortés, Cédula Nacional de Identidad Nº 13.901.498-7, Jefe del Departamento Jurídico, grado 7º EUS de la Junta Nacional de Auxilio Escolar y Becas, ADP segundo nivel jerárquico.
    Segundo orden de subrogación: Pablo Sebastián Baeza Valdivieso, Cédula Nacional de Identidad Nº 13.657.772-7, Jefe de Departamento de Auditoría Interna, grado 7º EUS de la Junta Nacional de Auxilio Escolar y Becas, ADP segundo nivel jerárquico.
    Tercer orden de subrogación: Antonio Gabriel Lupayante Salinas, Cédula de Identidad Nº 10.570.483-6, Jefe de Departamento de Administración y Finanzas, grado 7º EUS de la Junta Nacional de Auxilio Escolar y Becas, ADP segundo nivel jerárquico.
     
    II. Dispónese que el orden de subrogación establecido en el presente decreto entrará en vigencia desde el día 10 de enero de 2024.
    III. Déjase sin efecto el decreto exento Nº 688, de 2022, de esta Cartera de Estado, y cualquier otro acto que hubiera establecido o modificado con anterioridad el orden de subrogación para el mismo cargo, desde el día 10 de enero de 2024.
     

    Anótese, regístrese y publíquese.- Por orden del Presidente de la República, Nicolás Cataldo Astorga, Ministro de Educación.
    Lo que transcribo a usted para su conocimiento.- Alejandra Arratia Martínez, Subsecretaria de Educación.