APRUEBA PROYECTO DE CICLOVÍA EN AVENIDA LOS PAJARITOS, COMUNA DE MAIPÚ
    Núm. 33 exenta.- Santiago, 5 de enero de 2024.
     
    Visto:
     
    Lo dispuesto en el numeral 6º del artículo 32 de la Constitución Política de la República de Chile; lo dispuesto en DFL Nº 1, de 2007, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones y Ministerio de Justicia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº 18.290, de Tránsito; en la ley Nº 21.088 que modifica la ley de tránsito para incorporar disposiciones sobre convivencia de los distintos medios de transporte; en el decreto supremo Nº 102, de 2019, que reglamenta las condiciones de gestión y seguridad de tránsito de las ciclovías y las especificaciones técnicas de los elementos de seguridad para los ocupantes de los ciclos y deroga el decreto supremo Nº 116 de 1988, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones; en el DFL Nº 343, de 1953, del Ministerio de Hacienda, que determinó la organización y atribuciones de la Subsecretaría de Transportes; en el DFL Nº 279, de 1960, del Ministerio de Hacienda, que reestructuró la Subsecretaría de Transportes; en el decreto ley Nº 557, de 1974, del Ministerio del Interior, que creó el Ministerio de Transportes; en la ley Nº 19.880, que establece bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado; en la resolución exenta Nº 1.716, de 11 de mayo de 2023, de esta Secretaría Regional Ministerial; en el Oficio Nº 2740, de 20 de julio de 2023 y Oficio Nº 3598, de 22 de septiembre de 2023, ambos del Alcalde de la Municipalidad de Maipú; en la Circular Nº 549/2023 SRM-RM, de 27 de julio de 2023; en el Oficio Nº 24942, de 1 de septiembre de 2023, y Circular Nº 704, de 2 de octubre de 2023, todos de esta Secretaría Regional Ministerial; en la resolución Nº 7, de 2019, de la Contraloría General de la República; y en la demás normativa aplicable.
     
    Considerando:
     
    1.- Que, mediante Oficio Nº 2740, de 20 de julio de 2023, del Alcalde de la Municipalidad de Maipú, ingresado el 25 de julio de 2023, mediante ingreso virtual Nº E118051, se solicita a esta Secretaría Regional otorgar aprobación a proyecto denominado: "Ciclovía Av. Los Pajaritos, entre General Bueras y Américo Vespucio", comuna de Maipú.
    2.- Que, el referido proyecto fue remitido a diversas instituciones para informar, mediante Circular Nº 549, de 27 de julio de 2023, de esta Secretaría Regional, consolidándose las observaciones al mismo en el Oficio Nº 24942 de 1 de septiembre de 2023, del mismo origen, notificado por medios electrónicos el día 4 de septiembre de 2023.
    3.- Que, mediante Oficio Nº 3598, de 22 de septiembre de 2023, del Alcalde de la Municipalidad de Maipú, ingresado el 27 de septiembre de 2023, por ingreso virtual Nº E155648, el titular adjuntó antecedentes y respuesta a observaciones, esto es, versión corregida del proyecto en comento, cumpliendo con ello con el plazo de 30 días hábiles, contados desde respectiva notificación, dispuesto para tal efecto en el decreto supremo Nº 102, ya citado. La señalada versión corregida del proyecto fue remitida a los mismos organismos que participaron en su evaluación, mediante Circular Nº 704/2023 SRM-RM, de 2 de octubre de 2023, de esta misma Secretaría Regional Ministerial, sin que se hubieran generado nuevas observaciones o reparos.
    4.- Que, cabe tener presente, que con fecha 10 de julio de 2021, se publicó en el Diario Oficial el decreto supremo Nº 102, de 2019, que reglamenta las condiciones de gestión y seguridad de tránsito de las ciclovías, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, por lo que la evaluación de toda ciclovía debe ajustarse a partir de dicha fecha, al procedimiento allí descrito, el que se estructura en dos etapas, la de anteproyecto y de proyecto, respecto de las ciclovías no existentes a dicha fecha.
    5.- Que, el interesado acredita contar con un anteproyecto, aprobado mediante resolución exenta Nº 1.716, de 11 de mayo de 2023, de esta Secretaría Regional Ministerial, el que se encuentra vigente de conformidad a lo dispuesto en el inciso final del artículo 9 del decreto supremo Nº 102, citado en Vistos, a la fecha de presentación del presente proyecto.
    6.- Que, el titular ha presentado una memoria explicativa que describe adecuada y detalladamente todos los aspectos señalados en el numeral 3 del artículo 10º del decreto supremo Nº 102, de 2019, ya referido. Además, adjunta los respectivos planos del diseño operativo, donde consta la señalización, demarcación y semaforización respectiva.
    7.- Que, teniendo presente lo señalado en el literal a) del artículo 12 del decreto supremo Nº 102, de 2019, se deja constancia que el proyecto contempla intersecciones semaforizadas correspondientes a Av. Los Pajaritos con Santiago Bueras, General Riesco y Av. Américo Vespucio, que requieren de la incorporación de nuevas fases especiales de semáforo para dar prioridad a los ciclistas. Por su parte, conforme literal b) del citado artículo, se deja constancia que la singularidad detectada no necesita de una especial demarcación o señalización.
    8.- Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 12º del decreto supremo Nº 102, de 2019, y habiéndose revisado y analizado el diseño definitivo de la ciclovía, se concluye que ella cumple con todos los aspectos descritos en el Artículo 10 del mismo decreto, en especial, en su numeral 3, por lo que procede aprobar el proyecto presentado.
    Resuelvo:
     
    1.- Apruébase proyecto de ciclovía denominado: "Ciclovía Avenida Los Pajaritos", cuyo interesado es la Municipalidad de Maipú, ubicado en calzada oriente y poniente de Avenida Los Pajaritos, comuna de Maipú, en el tramo, sentido de tránsito y perfil que se indica en el siguiente cuadro:
    2.- Para la correcta operación de la ciclovía indicada, se deberán adoptar todas las medidas de gestión que se detallan en el listado del Anexo Nº 2, que se entiende forma parte de la presente resolución.
    3.- Se entenderán incorporados y formando parte también de la presente resolución, como Anexo Nº 1 de la misma, la memoria explicativa y los planos respectivos.
    4.- La I. Municipalidad de Maipú, una vez que entre en operación la ciclovía descrita, conforme a su emplazamiento, estará a cargo de realizar las labores de mantención de todos sus componentes.
    5.- En contra de la presente resolución, conforme al artículo 59 de la ley Nº 19.880, se podrá interponer el recurso de reposición y/o jerárquico, conforme a derecho, dentro del plazo de 5 días hábiles contados desde la notificación de la presente resolución. Lo anterior, sin perjuicio del ejercicio de otros recursos administrativos y acciones jurisdiccionales que estime convenientes.
    6.- Lo dispuesto en la presente resolución, tendrá una vigencia de (3) años, a partir de la fecha de su respectiva notificación.
    7.- La presente resolución se publicará en el Diario Oficial, mientras que los Anexos Nº 1 y Nº 2, serán publicados íntegramente en el sitio web www.mtt.gob.cl
     
    Anótese y publíquese en la forma señalada.- Rodrigo Ignacio de la Paz Valladares Marchant, Secretario Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones, Región Metropolitana.