TÍTULO XI BIS
    Oficina de AtenciónResolución 1362 EXENTA,
MEDIO AMBIENTE
N° 3
D.O. 26.08.2024
Ciudadana (OAC)



 
    Artículo 28º BIS. La Oficina deResolución 1362 EXENTA,
MEDIO AMBIENTE
N° 3
D.O. 26.08.2024
Atención Ciudadana, estará a cargo de un/una Encargado/a, a quien le corresponde el cumplimiento de las siguientes funciones:
 
    a) Asistir y orientar al cumplimiento a los regulados en materias de información y consulta.
    b) Asistir a la ciudadanía en materias de denuncias, OIRS y compromisos institucionales.
    c) Administrar, coordinar, gestionar y controlar funcionalmente el Sistema integrado de Atención al Ciudadano.
    d) Ejercer la secretaría ejecutiva del Consejo de la Sociedad Civil, teniendo a su cargo la convocatoria de las sesiones del Consejo y el levantamiento de acta de estas.
    e) Dar cumplimiento a la ley Nº 20.500, sobre Asociaciones y Participación Ciudadana en la Gestión Pública promoviendo y apoyando las iniciativas de la sociedad civil. Asimismo, deberá garantizar el derecho de las personas a participar en la gestión pública, incluyendo estándares para cada uno de los mecanismos de participación.
    f) Apoyar el diseño de instrumentos que permitan dar soporte metodológico a las acciones de asistencia al cumplimiento, en coordinación con Fiscalía, y relacionamiento público de la Superintendencia.
    g) Coordinar con la Oficina de Gestión Estratégica y demás áreas de la Superintendencia que corresponda, la mejora continua de procesos y la revisión periódica y cumplimiento de los indicadores y matriz de riesgos de la Oficina de Atención Ciudadana.
    h) Gestionar, coordinar y controlar la preparación y ejecución de los presupuestos asociados a la Oficina de Atención Ciudadana, en coordinación con el Departamento de Administración y Finanzas y la Oficina de Gestión Estratégica.
    i) Realizar cualquier otra actuación necesaria para el debido cumplimiento de las funciones que se le asignan y todas las demás que determine la Jefatura del Servicio.