1º.- Modifícase el decreto supremo Nº 9, de 28 de enero de 2022, del Ministerio de Energía, que otorga a José Luis Moraga SpA concesión eléctrica definitiva para establecer el proyecto "Minicentrales de pasada José Luis Moraga", en la Región y provincia del Biobío, comuna de Los Ángeles, en el sentido de reemplazar el artículo 13, por el siguiente:
     
    "Artículo 13º.- El plazo de construcción de las obras, desde el inicio de los trabajos hasta la terminación total de las obras será de 18 meses. El plazo de inicio de construcción de las obras será de 36 meses contado desde la fecha de reducción a escritura pública del presente decreto, sin perjuicio que las obras puedan iniciar su construcción en un plazo inferior al señalado, en caso de que se logren acuerdos voluntarios con los propietarios afectados. Los plazos para su tramitación por etapas y secciones, serán las siguientes:
    2º.- Déjase presente que, en todo lo no modificado expresamente por el presente acto administrativo, seguirán vigentes todas y cada una de las disposiciones del decreto supremo Nº 9, de 28 de enero de 2022, del Ministerio de Energía.