MODIFICA DECRETO N° 1.942 EXENTO, DE DICIEMBRE DE 2023, QUE INDIVIDUALIZA AL PERSONAL QUE SE TRASPASARÁ DESDE LAS MUNICIPALIDADES DE COYHAIQUE, AYSÉN, CHILE CHICO, CISNES, COCHRANE, GUAITECAS, LAGO VERDE, RÍO IBÁÑEZ, TORTEL Y O'HIGGINS AL SERVICIO LOCAL DE EDUCACIÓN PÚBLICA DE AYSÉN, SEGÚN LO DISPUESTO EN EL ARTÍCULO TRIGÉSIMO NOVENO TRANSITORIO DE LA LEY N° 21.040
    Núm. 18 exento.- Santiago, 9 de enero de 2024.
     
    Visto:
     
    Lo dispuesto en la ley N° 21.040, que crea el sistema de educación pública; en la ley N° 18.956, que reestructura el Ministerio de Educación; en el DFL N° 38, de 2018, del Ministerio de Educación, que fija planta de personal del servicio local de educación pública de la Región de Aysén del General Carlos Ibáñez del Campo que comprende las comunas de Coyhaique, Aysén, Chile Chico, Cisnes, Cochrane, Guaitecas, Lago Verde, O'Higgins, Río Ibáñez y Tortel y otras materias que indica; en la ley N° 21.544, que modifica y complementa las normas que indica respecto del sistema educativo; en la ley N° 21.640, de presupuestos del sector público correspondiente al año 2024; en el decreto supremo N° 73, de 2018, del Ministerio de Educación, que fija ámbito de competencia territorial de los Servicios Locales de Educación Pública que indica; en el decreto supremo N° 20, de 2021, del Ministerio de Educación, que fija denominación, ámbito de competencia territorial, domicilio y calendario de instalación con las fechas en que iniciarán funciones los Servicios Locales de Educación Pública que indica; en el decreto exento N° 1.942, de 2023, del Ministerio de Educación, que individualiza al personal que se traspasará desde las municipalidades de Coyhaique, Aysén, Chile Chico, Cisnes, Cochrane, Guaitecas, Lago Verde, Río Ibáñez, Tortel y O'Higgins al Servicio Local de Educación Pública de Aysén, según lo dispuesto en el artículo trigésimo noveno transitorio de la ley N° 21.040; en la resolución exenta N° 6.500, de 2023, del Ministerio de Educación; en los oficios ordinarios N° 2.934, N° 2.977 y N° 3.135, de 2023, de la Dirección de Educación Pública, que remite y complementa información que indica sobre personal municipal regido por el Estatuto Docente de las comunas pertenecientes al Servicio Local de Aysén; y en las resoluciones N°s 6 y 7, de 2019, de la Contraloría General de la República.
     
    Considerando:
     
    Que, el Ministerio de Educación, es la Secretaría de Estado encargada de fomentar el desarrollo de la educación en todos sus niveles y le corresponden especialmente las funciones de proponer y evaluar las políticas y los planes de desarrollo educacional y cultural.
    Que, el artículo 1°, inciso 2°, de la ley N° 18.956, que reestructura el Ministerio de Educación, precisa que es deber del Estado proveer mediante el sistema integrado por los establecimientos educacionales de su propiedad, una educación gratuita y de calidad.
    Que, en dicho contexto normativo, la ley N° 21.040, que crea el Sistema de Educación Pública, establece en su artículo cuarto transitorio el traspaso del servicio educacional que prestan las municipalidades, directamente o a través de las corporaciones municipales creadas bajo el amparo del DFL N° 1-3.063, de 1980, del Ministerio del Interior, a los Servicios Locales de Educación Pública creados de conformidad al artículo 16 de esta ley, en la oportunidad, forma y condiciones establecidas en los artículos transitorios pertinentes.
    Que, por otra parte, de conformidad con lo establecido por los artículos 16 y quinto y sexto transitorios, todos de la ley N° 21.040, se dictó el decreto supremo N° 73, de 2018, del Ministerio de Educación, que fija ámbito de competencia territorial de los Servicios Locales de Educación Pública que indica, estableciendo en el artículo 10 el ámbito de competencia territorial del Servicio Local de la Región de Aysén.
    Luego, mediante el decreto supremo N° 20, de 2021, del Ministerio de Educación, se fijó la denominación, ámbito de competencia territorial, domicilio y calendario de instalación, con indicación de las fechas en que iniciarán sus funciones los Servicios Locales de Educación Pública que indica, entre los cuales se encuentra Aysén.
    De esta manera, el referido acto administrativo dispuso que el Servicio Local de Educación Pública mencionado comprenderá las comunas de Coyhaique, Lago Verde, Aysén, Cisnes, Guaitecas, Cochrane, O'Higgins, Tortel, Chile Chico y Río Ibáñez, y, por otra parte, que aquel iniciaría sus funciones con fecha 1 de marzo de 2022.
    Que, por otro lado, el artículo octavo transitorio de la ley N° 21.040 regula el momento en que se produce el traspaso del servicio educacional a los Servicios Locales de Educación Pública, señalando que este ocurrirá, por el solo ministerio de la ley, el día 1 de enero del año siguiente a la fecha de entrada en funcionamiento del correspondiente Servicio Local.
    Que, no obstante, en virtud de lo dispuesto en el artículo 1 de la ley N° 21.544, que modifica y complementa las normas que indica respecto del sistema educativo; y la glosa 03 de la partida del Ministerio de Educación de la Ley de Presupuestos 2023; se postergó el traspaso del servicio educacional para ciertos Servicios Locales, entre los que se encuentra el de Aysén, indicándose que éste se producirá el 1 de enero de 2024.
    Que, el inciso primero del artículo 43 de la ley N° 21.640, de presupuestos del sector público correspondiente al año 2024, dispuso que "[s]e suspenderá transitoriamente el traspaso del servicio educativo a los Servicios Locales de Educación Pública a quienes les correspondería hacerlo a partir del 1 de enero de 2024, a excepción de aquellos que, de acuerdo a la evaluación del Ministerio de Educación, se encuentren en condiciones adecuadas para ello. Dicho ministerio comunicará su decisión, a través de informe fundado que contenga las razones de las definiciones adoptadas, el que deberá presentarse ante las Comisiones de Educación del Senado y de la Cámara de Diputados, dentro de los quince días posteriores a la publicación de la Ley de Presupuestos.".
    Que, en ejercicio de la prerrogativa recién expuesta, el Ministerio de Educación dictó la resolución exenta N° 6.500, de 2023, aprobando los informes de los Servicios Locales de Educación Pública que indica y señalando aquellos que efectivamente se traspasarán el 1 de enero de 2024, entre los cuales se encuentra el Servicio Local de Educación Pública de Aysén.
    Por tanto, atendida la fecha del traspaso del servicio local mencionado, se dictó el decreto exento N° 1.942, de 2023, del Ministerio de Educación, que individualiza al personal que se traspasará desde las municipalidades de Coyhaique, Aysén, Chile Chico, Cisnes, Cochrane, Guaitecas, Lago Verde, Río Ibáñez, Tortel y O'Higgins al Servicio Local de Educación Pública de Aysén, según lo dispuesto en el artículo trigésimo noveno transitorio de la ley N° 21.040.
    Que, advirtiéndose un error involuntario en el numeral 4 del referido decreto exento, es preciso enmendarlo.
     
    Decreto:
     
    1. Modifícase el número 4 de la parte resolutiva del decreto exento N° 1.942, de este origen, ya individualizado, reemplazando su texto por el que sigue:
     
    4. Téngase presente que el personal traspasado por este acto continuará desempeñándose en el Servicio Local de Educación Pública de Aysén, bajo las normas del DFL N° 1, de 1996, del Ministerio de Educación.
     
    2. Téngase presente que, en todo lo no modificado expresamente por el presente decreto se mantiene vigente el decreto exento N° 1.942, de diciembre de 2023, de este origen.

    Anótese y publíquese.- Por orden del Presidente de la República, Nicolás Cataldo Astorga, Ministro de Educación.
    Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Alejandra Arratia Martínez, Subsecretaria de Educación.