Artículo 5º. Presentación de escritos. Los escritos deberán ser presentados por medio de la OJV y se incorporarán al sistema de forma automática como públicos, según indica el artículo 12.
Las presentaciones se entenderán suscritas con firma electrónica simple cuando el/la usuario/a las remita a través de su perfil en la OJV. Una presentación podrá ser suscrita con firma electrónica simple de manera conjunta por distintos usuarios/as.
Las presentaciones se entenderán suscritas con firma electrónica avanzada cuando conste la certificación de la firma por un prestador acreditado en la presentación.
En los casos en que no se encuentre disponible la OJV conforme al aviso publicado según lo dispuesto en el párrafo segundo del artículo tercero, los escritos podrán ser presentados por correo electrónico, suscribiendo la presentación con firma electrónica avanzada o firma manuscrita. En ambos casos deberán acompañar una copia de la cédula de identidad vigente de quien suscriba el escrito, sin la cual no se entenderá suscrita la presentación.