La presente ley, modifica la Constitución Política de la República con el objeto de crear la Fiscalía Supraterritorial especializada en crimen organizado y delitos de alta complejidad al interior del Ministerio Público. Las funciones las desempeñará respecto de ilícitos de los cuales existan antecedentes de la intervención de asociaciones ilícitas y para los casos que se requiera una dirección supraterritorial o transnacional de la investigación. Estará a cargo de un Fiscal Jefe que tendrá que ejercer las funciones propias del Ministerio Público, debiendo dar cumplimiento a las instrucciones particulares que imparta el Fiscal Nacional en las investigaciones que lleve a cabo. El Fiscal Jefe de esta fiscalía será designado por el Fiscal Nacional y permanecerá en el cargo mientras cuente con la confianza de aquel. Finalmente, la ley dispone que las modificaciones incorporadas entrarán en vigor conjuntamente con la entrada en vigencia de las modificaciones que en virtud de la presente reforma constitucional deban efectuarse a la ley orgánica constitucional del Ministerio Público.
    Artículo transitorio.- Las disposiciones de la presente reforma constitucional entrarán en vigencia conjuntamente con la entrada en vigencia de las modificaciones que en virtud de la presente reforma constitucional deban efectuarse a la ley orgánica constitucional contemplada en el artículo 84 de la Carta Fundamental.".