AUTORIZA CIRCULACIÓN DE VEHÍCULOS DE LA SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS SANITARIOS, EN DÍAS SÁBADO EN LA TARDE, DOMINGO Y FESTIVOS Y USO DEL DISCO FISCAL EN LOS VEHÍCULOS QUE INDICA
Núm. 1.025.- Santiago, 28 de noviembre de 2023.
Vistos:
Lo dispuesto en el artículo 1º del decreto ley Nº 799, del Ministerio del Interior, de 1974 y sus modificaciones.
El decreto con fuerza de ley Nº 850, de 1997, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley Nº 15.840 de 1964, y del decreto con fuerza de ley 2.016, de 1960.
El dictamen Nº 35.593 de Contraloría General de la República, de 8 de noviembre de 1995, sobre uso y circulación de vehículos fiscales.
La resolución Nº 7 de la Contraloría General de la República, de 26 de marzo de 2019, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón.
El DS Nº 19, del 22 de enero de 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia y sus modificaciones.
La ley Nº 18.902, orgánica de la Superintendencia de Servicios Sanitarios.
La resolución exenta Nº 2.487 del 26 de agosto 2022, resolución exenta Nº 2.620 del 15 de septiembre 2022, resolución exenta Nº 3.101 del 22 de noviembre 2022, resolución exenta Nº 1.469 del 13 de julio 2023, referidas a la adquisición de vehículos para renovación de flota vehicular en oficinas regionales.
Las necesidades del servicio.
Considerando:
1.- Que, la Superintendencia de Servicios Sanitarios (SISS), en virtud de su Ley Orgánica Nº 18.902 de 1990 cuenta con facultades de fiscalización de los servicios sanitarios urbanos, a lo que suman las recientes labores de fiscalización de los servicios sanitarios rurales encomendadas en virtud de ley 20.998, por lo que la SISS es por esencia un organismo fiscalizador y en tal carácter debe cumplir funciones inspectivas, supervisoras y fiscalizadoras que son de su competencia.
2.- Que, la SISS cuenta con oficinas en todas las regiones del país para atender a los usuarios de los servicios de agua potable y alcantarillado y a los establecimientos industriales que generan riles.
3.- Que, el decreto ley Nº 799 de 1974, establece disposiciones que regulan el uso y circulación de vehículos fiscales, y en su artículo 1° exige la autorización mediante decreto supremo fundado del Ministerio que corresponda a la entidad y organismo al cual están asignados dichos vehículos, firmado, además, por el Ministro del Interior, para la referida circulación de esos vehículos en días sábado en la tarde, domingo y festivos.
4.- Que, asimismo, en su artículo 3° el decreto ley Nº 799, antes individualizado, establece la obligación de llevar un disco distintivo para todo vehículo de las entidades u organismos públicos, conforme a las condiciones que indica.
5.- Que, las camionetas, marca Great Wall, modelo Poer 2.0 TD 4x4 Deluxe Euro 6, color blanco, del año 2023, patente única SWYF.70-9, motor Nº GW4D20M23597016783, chasis Nº LGWDCF198RJ614298, combustible diésel; marca Great Wall, modelo Poer 2.0 TD 4x4 Deluxe Euro 6, color blanco, del año 2023, patente única SWYF.71-7, motor Nº GW4D20M23597016586, chasis Nº LGWDCF198RJ614365, combustible diésel; marca Great Wall, modelo Poer 2.0 TD 4x4 Deluxe Euro 6, color blanco, del año 2023, patente única SWYF.72-5, motor Nº GW4D20M23597016651, chasis Nº LGWDCF199RJ614388, combustible diésel, fueron adquiridos por la SISS para realizar labores de fiscalización en las regiones de Atacama, Valparaíso y Ñuble.
6.- Que, dichas labores de fiscalización se realizan en las respectivas regiones de manera programada, pero también de manera imprevista o por emergencias por lo que se hace necesario autorizar la circulación de los vehículos durante los días sábado en la tarde, domingos y festivos.
7.- Que, de acuerdo con las consideraciones precedentes, se hace necesario dictar el presente decreto, por lo tanto:
Decreto:
Artículo 1º.- Autorízase para el desempeño de las funciones inherentes a la labor fiscalizadora de los funcionarios de la Superintendencia de Servicios Sanitarios, a circular, en sábado en la tarde, domingo y festivos y uso del disco fiscal a los vehículos de la Superintendencia de Servicios Sanitarios, que a continuación se singularizan; para las regiones de Valparaíso, Atacama y Ñuble.
- Camioneta, marca Great Wall, modelo Poer 2.0 TD 4x4 Deluxe Euro 6, color blanco, del año 2023, patente única SWYF.70-9, motor Nº GW4D20M23597016783, chasis Nº LGWDCF198RJ614298, combustible diésel.
- Camioneta, marca Great Wall, modelo Poer 2.0 TD 4x4 Deluxe Euro 6, color blanco, del año 2023, patente única SWYF.71-7, motor N° GW4D20M23597016586, chasis Nº LGWDCF198RJ614365, combustible Diésel.
- Camioneta, marca Great Wall, modelo Poer 2.0 TD 4x4 Deluxe Euro 6, color blanco, del año 2023, patente única SWYF.72-5, motor Nº GW4D20M23597016651, chasis Nº LGWDCF199RJ614388, combustible diésel.
Artículo 2º.- Una copia del presente decreto deberá mantenerse en el vehículo a fin de ser presentado a las autoridades según lo requieran.
Artículo 3º.- La presente autorización rige desde la fecha de la publicación de este decreto.
Anótese, regístrese, comuníquese y publíquese.- Por orden del Presidente de la República, Jessica López Saffie, Ministra de Obras Públicas.- Carolina Tohá Morales, Ministra del Interior y Seguridad Pública.
Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Saluda Atte. a Ud., José Andrés Herrera Chavarría, Subsecretario de Obras Públicas.