Artículo segundo.- A partir del 1 de marzo de 2024, los términos y condiciones de uso de las plataformas y los servicios compartidos deberán ser aprobados o modificados por la Subsecretaría de Hacienda y pasarán a ser obligatorios para todas las entidades usuarias. Los términos y condiciones de uso aprobados con anterioridad a la fecha antes mencionada por la Subsecretaría General de la Presidencia serán igualmente obligatorios hasta que la Subsecretaría de Hacienda los revoque o modifique.