1. Reemplázase el cuadro contenido en el resuelvo N° 8 de la resolución exenta N° 774 (V. y U.), de 2023, por el siguiente:
     
   
     
    2. Apruébanse los montos de los recursos asignados para el segundo proceso de selección del Llamado nacional en condiciones especiales para proyectos del Capítulo Primero, Equipamiento Comunitario, del Programa de Mejoramiento de Viviendas y Barrios, regulado por el DS N° 27 (V. y U.) de 2016, dirigido a Organizaciones Comunitarias y Juntas de Vecinos, dispuesto por resolución exenta N° 774 (V. y U.), de 2023, y sus modificaciones, conforme al siguiente cuadro:
     
   
     
   
     
    3. Los recursos indicados en el resuelvo precedente se destinarán al financiamiento de los subsidios y al pago de los servicios de Asistencia Técnica, según la distribución por región señalada en el siguiente cuadro:
     
   
     
    4. Apruébanse las nóminas de grupos seleccionados correspondientes al segundo proceso de digitación del Llamado nacional en condiciones especiales para proyectos del Capítulo Primero, Equipamiento Comunitario, del Programa de Mejoramiento de Viviendas y Barrios, regulado por el DS N° 27 (V. y U.), de 2016, dirigido a Organizaciones Comunitarias y Juntas de Vecinos, regidas por la ley N° 19.418. Estas nóminas se adjuntan y se entenderán formar parte integrante de esta resolución. Además, fíjase el número de organizaciones postulantes seleccionadas por región, según se indica en la siguiente tabla:
     
   
     
   
     
    5. Publíquese la presente resolución en el Diario Oficial; y en un periódico de circulación regional, un aviso que indique el lugar y fecha en que serán publicadas las nóminas de los grupos postulantes seleccionados y los respectivos proyectos, conforme al número 4 de esta resolución, las que deberán contener, a lo menos, la comuna, el tipo de proyecto, la identificación del grupo postulante y el puntaje obtenido por éste.