MODIFICA RESOLUCIÓN Nº 1.169 EXENTA, DE FECHA 5.10.2023, DE (V. Y U.), EN EL SENTIDO QUE INDICA Y SELECCIONA A LAS COMUNIDADES PARA EL DESARROLLO DE PROYECTOS DE MEJORAMIENTO DE VIVIENDAS Y BARRIOS, CAPÍTULO III, PARA PROYECTOS DE CONDOMINIO DE VIVIENDAS, REGULADO POR EL DS 27 (V. Y U.), DE 2016, Y DISPONE ASIGNACIÓN DE RECURSOS PARA LA REGIÓN DE LA ARAUCANÍA, QUE SE DESTINARÁN AL FINANCIAMIENTO DE LOS PROYECTOS SELECCIONADOS
Núm. 87 exenta.- Temuco, 30 de enero de 2024.
Visto:
1. La ley Nº 16.931, que crea el Ministerio de Vivienda y Urbanismo;
2. El decreto ley Nº 1.305, de 1975, que reestructura y regionaliza el Ministerio de Vivienda y Urbanismo;
3. El DS Nº 397 (V. y U.), de 1976, Reglamento Orgánico de las Secretarías Regionales Ministeriales de Vivienda y Urbanismo;
4. La resolución Nº 7/2019, de la Contraloría General de la República;
5. La Ley 18.575, Orgánica Constitucional de Bases de la Administración del Estado;
6. El decreto supremo Nº 27 (V. y U.), de 2016, y su modificación, que regula el Programa de Mejoramiento de Viviendas y Barrios;
7. La resolución exenta Nº 720 (V. y U.), de fecha 14 de marzo de 2019, que aprueba Itemizado Técnico para proyectos de Energías Renovables: Sistemas Solares Térmicos y Sistemas Solares Fotovoltaicos, en el marco de los Programas Habitacionales del Ministerio de Vivienda y Urbanismo;
8. La resolución exenta Nº 380 (V. y U.), del 9 de marzo de 2022, que regula operaciones y actos que en la aplicación práctica del Capítulo Tercero: Proyectos para Condominios de Viviendas del DS 27 (V. y U.), de 2016, que aprueba el Reglamento de Programa de Mejoramiento de Viviendas y Barrios;
9. El oficio Nº 116, de fecha 28 de enero de 2021, del Jefe de la División Técnica de Estudio y Fomento Habitacional que adjunta el itemizado técnico de obras y sus anexos respectivos para proyectos asociados al Capítulo Tercero, para Proyectos para Condominios de Vivienda, del Programa de Mejoramiento de Viviendas y Barrios reglamentado por el DS Nº 27 (V. y U.), de 2016;
10. El oficio Nº 105, de fecha 14 de enero de 2022, del Jefe (S) de la División Técnica de Estudios y Fomento Habitacional que señala, entre otras materias, que debe mantenerse el Itemizado Técnico de obras y sus anexos respectivos;
11. La circular Nº 1, de fecha 11 de enero de 2023, del Subsecretario de Vivienda y Urbanismo, que establece el Programa Habitacional correspondiente al año 2023;
12. El oficio ordinario Nº 349, del 22 de marzo de 2023, de la Secretaria Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo de la Región de la Araucanía, que solicita en la aplicación del DS Nº 27 (V. y U.), de 2016, autorización para proceder con la implementación de factores regionales con pertinencia territorial para la Región de la Araucanía en el contexto de un llamado regional en condiciones especiales;
13. La resolución exenta Nº 6.042 (V. y U.), de 2017 y sus modificaciones, que delega facultades que indica en los Secretarios Regionales Ministeriales de Vivienda y Urbanismo.
14. Res. exenta Nº 1.169, de fecha 05.10.2023 y sus modificaciones, que llama a postulación y fija factores regionales de selección en condiciones especiales correspondiente al capítulo tercero: proyectos para condominios de vivienda, del decreto supremo Nº 27 (V. y U.), de 2016, para la Región de la Araucanía, año 2023;
15. El decreto exento Nº 9, del 24-01-2017, de V. y U., que establece el orden de subrogancia al cargo de Secretario Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo de la Región de la Araucanía.
Considerando:
a) La necesidad de atender a condominios de viviendas, que presenten deterioro y sean considerados como objeto de atención del programa, de acuerdo a las condiciones señaladas en el artículo 4° del DS Nº 27 (V. y U.), de 2016.
b) Lo dispuesto en el artículo 24 del DS Nº 27 (V. y U.), de 2016, en cuanto a la posibilidad de autorizar a los Secretarios Regionales Ministeriales la realización de llamados a procesos de selección en condiciones especiales.
c) Que existe acta acuerdo Serviu-Seremi, que fija factores regionales de prelación para la selección de proyectos, año 2022.
d) Que mediante oficio Nº 1.763, de fecha 14 de septiembre 2023, del Ministro de Vivienda y Urbanismo, se autoriza al Secretario Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo, de la Región de la Araucanía, para efectuar llamado en condiciones especiales para el desarrollo de proyectos del Programa de Mejoramiento de Viviendas y Barrios, regulado por el DS 27 (V. y U.), de 2016, Capítulo Tercero, Proyectos para Condominios de Vivienda.
e) Que, se debe modificar la resolución exenta Nº 1.169, de fecha 5.10.2023, respecto de la distribución de recursos indicada en resuelvo Nº 24.
f) Que mediante oficio Nº 278, de fecha 24 de enero 2024, de la Jefa Depto. Técnico Serviu, Región de la Araucanía, deriva calificación de 4 proyectos revisados y aprobados favorablemente, para el Capítulo Tercero Proyectos para Condominios de Vivienda, del DS 27 (V. y U.), de 2016, por lo que dicto la siguiente
Resolución:
1.- Modifícase la resolución Nº 1.169, de fecha 5.10.2023, de la Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo, Región de la Araucanía, en su resuelvo 24, respecto de la distribución de recursos y reemplácese por el siguiente:

2.- Asígnense los recursos disponibles para la selección de los postulantes correspondientes al Llamado Regulado por la resolución exenta Nº 1.169, de fecha 5.10.2023, año 2023, para el desarrollo de Proyectos de Condominios de Vivienda, que se destinarán al financiamiento de los subsidios y al pago de los servicios de Asistencia Técnica, según la distribución que se señala a continuación:


3.- Fíjase el número de postulantes seleccionados en la Región de la Araucanía, de acuerdo al resuelvo Nº 1 de la presente resolución:

4.- Apruébase nómina de comunidades de copropietarios seleccionados, llamado a postulación para el desarrollo de proyectos de mejoramientos de viviendas y barrios, Capítulo III, Proyectos para Condominios de Viviendas.

5.- Detállese el financiamiento de servicios y productos de Asistencia Técnica.


6.- Impútese el monto total de 92.116,48 Unidades de Fomento asignados a esta resolución, de las cuales 88.852,65 Unidades de Fomento corresponde al pago de subsidio y 3.263,83 Unidades de Fomento, corresponden a Asistencia Técnica, a los recursos autorizados a la Región de la Araucanía, para el Programa de Mejoramiento de Viviendas y Barrios del año 2023, según Circ.1 de 11 de enero 2023, que establece el Programa Habitacional correspondiente al año 2023.
7.- Publíquese un extracto de la presente resolución en el Diario Oficial, por la Seremi de Vivienda y Urbanismo y, de acuerdo a lo establecido en el DS Nº 27 (V. y U.), de 2016, Serviu deberá publicar en al menos en un periódico de circulación regional, un aviso que indique el lugar y fecha que serán publicadas las nóminas de postulantes y proyectos habitacionales.
Anótese, publíquese en el Diario Oficial y archívese.- Isidora García Hot, Secretaria Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo Región de la Araucanía (S).