MODIFICA RESOLUCIÓN N° 1.064 EXENTA (V. Y U.), DE 2023, QUE LLAMA A PROCESO DE SELECCIÓN EN CONDICIONES ESPECIALES PARA EL OTORGAMIENTO DE SUBSIDIOS DEL PROGRAMA HABITACIONAL FONDO SOLIDARIO DE ELECCIÓN DE VIVIENDA, REGULADO POR EL DS N° 49 (V. Y U.), DE 2011, Y SUS MODIFICACIONES, EN LAS COMUNAS QUE INDICA, Y APRUEBA PROYECTOS, CALIFICADOS AL 21 DE DICIEMBRE DE 2023
Santiago, 13 de febrero de 2024.- Hoy se resolvió lo que sigue:
Núm. 261 exenta.
Vistos:
a) El DS Nº 49 (V. y U.), de 2011, y sus modificaciones, que reglamenta el Programa Habitacional Fondo Solidario de Elección de Vivienda.
b) La resolución exenta N° 1.064 (V. y U.), de fecha 8 de junio de 2023, y sus modificaciones, que llama a proceso de selección en condiciones especiales para el otorgamiento de subsidios del Programa Habitacional Fondo Solidario de Elección de Vivienda, regulado por el DS N° 49 (V. y U.), de 2011, y sus modificaciones, en la alternativa de postulación colectiva para proyectos de Construcción en Nuevos Terrenos en las comunas de la Región Metropolitana que indica.
c) La resolución exenta N° 1.875 (V. y U.), de 2015, y sus modificaciones, que fija procedimiento para la prestación de servicios de asistencia técnica, jurídica y social para el programa Fondo Solidario de Elección de Vivienda.
d) La resolución exenta N° 490 (V. y U.), de 2023, que fija regulación para la prestación del servicio de Fiscalización Técnica de Obras, y
Considerando:
a) Que, mediante la resolución señalada en el Visto b), se llamó a concurso a proyectos de Construcción en Nuevos Terrenos en las comunas de Alhué, Buin, Calera de Tango, Colina, Curacaví, El Monte, Isla de Maipo, Lampa, María Pinto, Melipilla, Padre Hurtado, Paine, Peñaflor, Pirque, San José de Maipo, San Pedro, Talagante, Tiltil, todas de la Región Metropolitana de Santiago, para el otorgamiento de subsidios del Programa Habitacional Fondo Solidario de Elección de Vivienda, regulado por el DS N° 49 (V. y U.), de 2011, en la alternativa de Postulación Colectiva con cierres el día 20 de julio, y posteriormente, el último día hábil de cada mes, y un último cierre en día 21 de diciembre de 2023.
b) Que, conforme al procedimiento establecido en el DS N° 49 (V. y U.), de 2011, corresponde aprobar la selección de las postulaciones presentadas hasta el último cierre del llamado el día 21 de diciembre del presente, en el llamado a que se convocó mediante la resolución indicada en el Visto b).
c) La necesidad de ajustar el marco de recursos dispuestos del llamado al que se convocó mediante la resolución exenta N° 1.064 (V. y U.), de 2023, en atención a la demanda recibida, a los recursos disponibles y al cierre del llamado.
Resolución:
1. Modifícase la resolución exenta N° 1.064 (V. y U.), de 2023, en el sentido de reemplazar en su resuelvo 2. el guarismo "1.040.153" por "1.099.173,8".
2. Apruébanse los siguientes proyectos seleccionados, con sus respectivos financiamientos totales, para el otorgamiento de subsidios del Programa Habitacional Fondo Solidario de Elección de Vivienda en la alternativa de postulación colectiva, para los proyectos de Construcción en Nuevos Terrenos que se indican a continuación, correspondiente al proceso de selección cuyo cierre de postulación se verificó el día 21 de diciembre de 2023, del llamado efectuado por resolución exenta Nº 1.064 (V. y U.), de 2023:

El detalle de los recursos comprometidos por concepto de subsidio base y subsidios complementarios para el proyecto seleccionado en el presente Resuelvo y que por este acto se asignan, se informa en la nómina que se adjunta como anexo y forma parte integrante de la presente resolución.
3. El monto del subsidio asignado de conformidad con el cuadro del Resuelvo 1 de esta resolución comprende los siguientes valores por concepto de Servicios de Asistencia Técnica, de Labores de Fiscalización Técnica de Obra y pago de Aranceles al Conservador de Bienes Raíces:

Dichos montos fueron calculados conforme a las resoluciones mencionadas en los vistos d) y e) de la presente resolución:
i. En el caso de los Servicios de Asistencia Técnica, de acuerdo con el número de familias postulantes que se beneficiarán por esta resolución, considerando los recursos para Asistencia Técnica descritos en las tablas insertas en los números 1.1 y 1.2 del numeral 1 del artículo 3° de la citada resolución. Se adiciona además 1,5 UF por familia, considerando lo señalado en el segundo inciso, del número 1.1. del numeral 1 del citado artículo. Este monto también incorpora los incrementos señalados en las letras a), b), c) y d) del numeral 3 del mismo artículo, referidos a Densificación en Altura o Habilitación, Factibilización, Discapacidad, Territorios Especiales y Localidades Aisladas, conforme lo define la referida resolución;
ii. En el caso de la Fiscalización Técnica de Obras, de acuerdo a la totalidad de viviendas del proyecto y según mecanismo expresado en la letra d, numeral III, del primer resuelvo de la resolución citada en el visto e).
Mediante resolución del Director del Serviu respectivo, se determinarán los montos definitivos de Asistencia Técnica, cuando corresponda otorgar los incrementos que la resolución exenta N° 1.875 (V. y U.), de 2015, establece en las letras e), g), h), i), j) y k) del númer o 3 de su artículo 3°, o cuando corresponda aplicar lo señalado en el inciso 2 del número 8 de su artículo 2°.
Los subsidios asignados mediante la presente resolución, por un total de 238.592,30 Unidades de Fomento, se imputarán a los recursos dispuestos para este objetivo en la resolución citada en visto b) del Programa Fondo Solidario de Elección de Vivienda del año 2023, de la Región Metropolitana, utilizando todo el programa dispuesto para este fin.
Anótese, publíquese en el Diario Oficial y archívese.- Gabriela Elgueta Poblete, Ministra de Vivienda y Urbanismo (S).
Lo que transcribo para su conocimiento.- Carlos Araya Salazar, Subsecretario de Vivienda y Urbanismo (S).
ANEXO ÚNICO
FINANCIAMIENTO APROBADO PARA PROYECTOS SELECCIONADOS - LLAMADO EFECTUADO MEDIANTE RESOLUCIÓN N° 1.064 EXENTA (V. Y U.), DE 2023 - SELECCIÓN CIERRE DEL 21/12/2023
