1. Modifícase la resolución exenta N° 1.064 (V. y U.), de 2023, en el sentido de reemplazar en su resuelvo 2. el guarismo "1.040.153" por "1.099.173,8".
    2. Apruébanse los siguientes proyectos seleccionados, con sus respectivos financiamientos totales, para el otorgamiento de subsidios del Programa Habitacional Fondo Solidario de Elección de Vivienda en la alternativa de postulación colectiva, para los proyectos de Construcción en Nuevos Terrenos que se indican a continuación, correspondiente al proceso de selección cuyo cierre de postulación se verificó el día 21 de diciembre de 2023, del llamado efectuado por resolución exenta Nº 1.064 (V. y U.), de 2023:
   

    El detalle de los recursos comprometidos por concepto de subsidio base y subsidios complementarios para el proyecto seleccionado en el presente Resuelvo y que por este acto se asignan, se informa en la nómina que se adjunta como anexo y forma parte integrante de la presente resolución.
    3. El monto del subsidio asignado de conformidad con el cuadro del Resuelvo 1 de esta resolución comprende los siguientes valores por concepto de Servicios de Asistencia Técnica, de Labores de Fiscalización Técnica de Obra y pago de Aranceles al Conservador de Bienes Raíces:
   

    Dichos montos fueron calculados conforme a las resoluciones mencionadas en los vistos d) y e) de la presente resolución:

    i. En el caso de los Servicios de Asistencia Técnica, de acuerdo con el número de familias postulantes que se beneficiarán por esta resolución, considerando los recursos para Asistencia Técnica descritos en las tablas insertas en los números 1.1 y 1.2 del numeral 1 del artículo 3° de la citada resolución. Se adiciona además 1,5 UF por familia, considerando lo señalado en el segundo inciso, del número 1.1. del numeral 1 del citado artículo. Este monto también incorpora los incrementos señalados en las letras a), b), c) y d) del numeral 3 del mismo artículo, referidos a Densificación en Altura o Habilitación, Factibilización, Discapacidad, Territorios Especiales y Localidades Aisladas, conforme lo define la referida resolución;
    ii. En el caso de la Fiscalización Técnica de Obras, de acuerdo a la totalidad de viviendas del proyecto y según mecanismo expresado en la letra d, numeral III, del primer resuelvo de la resolución citada en el visto e).

    Mediante  resolución  del  Director del Serviu respectivo, se determinarán los montos definitivos de Asistencia Técnica, cuando corresponda otorgar los incrementos que la resolución exenta N° 1.875 (V. y U.), de 2015, establece en las letras e), g), h), i), j) y k) del númer o 3 de su artículo 3°, o cuando corresponda aplicar lo señalado en el inciso 2 del número 8 de su artículo 2°.
    Los subsidios asignados mediante la presente resolución, por un total de 238.592,30 Unidades de Fomento, se imputarán a los recursos dispuestos para este objetivo en la resolución citada en visto b) del Programa Fondo Solidario de Elección de Vivienda del año 2023, de la Región Metropolitana, utilizando todo el programa dispuesto para este fin.