MODIFICA LA DISTRIBUCIÓN DE RECURSOS Y APRUEBA NÓMINA DE POSTULANTES BENEFICIADOS DEL SEGUNDO PROCESO DE SELECCIÓN DEL LLAMADO A POSTULACIÓN INDIVIDUAL O GRUPAL EN CONDICIONES ESPECIALES PARA EL DESARROLLO DE PROYECTOS DE MEJORAMIENTO DE LA VIVIENDA, DE AMPLIACIÓN DE LA VIVIENDA Y DE ADECUACIÓN DE VIVIENDAS DEL CAPÍTULO SEGUNDO DEL PROGRAMA DE MEJORAMIENTO DE VIVIENDAS Y BARRIOS, REGULADO POR EL DS Nº 27 (V. y U.), DE 2023, SANCIONADO POR LA RESOLUCIÓN Nº 780 EXENTA (V. Y U.), DE 2023 Y SUS MODIFICACIONES
    Santiago, 14 de febrero de 2024.- Hoy se resolvió lo que sigue:
    Núm. 265 exenta.
     
    Vistos:
     
    a) El DS Nº 27 (V. y U) de 2016, y sus modificaciones, que reglamenta el Programa de Mejoramiento de Viviendas y Barrios;
    b) La resolución exenta Nº 1.767 (V. y U.), de fecha 20 de diciembre de 2022, que autoriza efectuar llamados a postulación y/o comprometer recursos durante el año 2023, en el otorgamiento de subsidios habitacionales y señala el monto de los recursos destinados, entre otros, a la atención a través del Programa de Mejoramiento de Viviendas y Barrios, regulado por el DS Nº 27 (V. y U.), de 2016;
    c) La resolución exenta Nº 1.237 (V. y U.), de fecha 24 de mayo de 2019, que fija procedimiento para la prestación de Servicios de Asistencia Técnica y Fiscalización Técnica de Obras a Programa de Mejoramiento de Viviendas y Barrios, aprobado por el DS Nº 27 (V. y U.), de 2016;
    d) La resolución exenta Nº 780 (V. y U.), de fecha 13 de abril de 2023, y sus modificaciones, que llama a postulación individual o grupal, en condiciones especiales, para el desarrollo de proyectos de Mejoramiento de la Vivienda, Ampliación de la Vivienda y de Adecuación de Viviendas, del Capítulo Segundo del Programa de Mejoramiento de Viviendas y Barrios, regulado por el DS Nº 27 (V. y U.), de 2016, en las regiones que indica, y fija la distribución de recursos para el año 2023;
    e) La resolución exenta Nº 1.466 (V. y U.), de fecha 30 de agosto de 2023, y sus modificaciones, que aprueba la nómina de postulantes beneficiados del primer cierre del primer proceso de selección del llamado realizado por la resolución exenta Nº 780 (V. y U.), de 2023, citada en el visto d) precedente;
    f) La resolución exenta Nº 2.099 (V. y U.), de fecha 18 de diciembre de 2023, y sus modificaciones, que aprueba la nómina de postulantes beneficiados del segundo cierre del primer proceso de selección del llamado realizado por la resolución exenta Nº 780 (V. y U.), de 2023, citada en el visto d) de esta resolución exenta, y;
     
    Considerando:
     
    Que, concluido el Segundo Proceso de Selección de la postulación 2023 del llamado referido en el visto d), conforme a las disposiciones de la resolución exenta Nº 780 (V. y U.), de 2023, y sus modificaciones y a lo regulado por el DS Nº 27 (V. y U.), de 2016, los respectivos Serviu procedieron a revisar los proyectos y antecedentes presentados y, comunicada su aprobación a través de los respectivos responsables por región, se procedió a seleccionar a los beneficiarios aprobados por los respectivos Serviu, por lo que dicto la siguiente:
     
    Resolución:
     
    1. Modifícase la resolución exenta Nº 780 (V. y U.), de fecha 13 de abril de 2023, y sus modificaciones, citada en el visto d), precedente, en el siguiente sentido:
     
    1.1. En el resuelvo 7.1, a continuación del primer párrafo, sustitúyese el cuadro de distribución de recursos por procesos de selección, por el siguiente:
   
    1.2. En el resuelvo 7.2, sustitúyase el cuadro de recursos disponibles para la selección de proyectos de este llamado por región, por el siguiente:
   
    2. Apruébanse las nóminas de beneficiados para el otorgamiento de subsidios habitacionales correspondientes al Segundo Proceso de Selección del llamado a postulación para el año 2023, para el otorgamiento de Subsidios de Mejoramiento y Ampliación de la Vivienda, en Proyectos para la Vivienda, efectuado mediante la resolución exenta Nº 780 (V. y U.), de 2023, que ha cerrado el día 28 de diciembre de 2023. Estas nóminas se adjuntan y se entenderá que forman parte integrante de la presente resolución. Además, fijase el número de postulantes seleccionados por región, según se indica en la siguiente tabla:
   
     
   
    3. Destínanse los recursos disponibles para el primer cierre del primer proceso de selección del llamado a postulación del año 2023, para el otorgamiento de Subsidios de Mejoramiento y Ampliación de la Vivienda, en Proyectos para la Vivienda, efectuado mediante la resolución exenta Nº 780 (V. y U.), de 2023, al financiamiento de los subsidios y al pago de los Servicios de Asistencia Técnica y Fiscalización Técnica de Obras, para los proyectos beneficiados en ese proceso, según distribución por tipo de proyecto y región señaladas en el siguiente cuadro:
   
    4. Los recursos destinados a los subsidios señalados mediante la presente resolución exenta, ascendentes a 1.512.756,63 Unidades de Fomento, serán imputados a los montos disponibles del presupuesto del Programa de Protección del Patrimonio Familiar del año 2023.
    5. Publíquese la presente resolución exenta en el Diario Oficial, en un periódico de circulación nacional, un aviso que indique el lugar y fecha en que serán publicadas las nóminas de los postulantes seleccionados, conforme lo señalado en el resuelvo 2. de esta resolución exenta, las que deberán contener a lo menos, la comuna, el Título del cual se trate, el nombre de cada postulante con su respectiva cédula de identidad, y el puntaje obtenido por el grupo o persona.
     
    Anótese, publíquese en el Diario Oficial y archívese.- Gabriela Elgueta Poblete, Ministra de Vivienda y Urbanismo (S).
    Lo que transcribo para su conocimiento.- Carlos Araya Salazar, Subsecretario de Vivienda y Urbanismo (S).