PRORROGA DECLARACIÓN DE ESTADO DE EXCEPCIÓN CONSTITUCIONAL DE CATÁSTROFE EN LAS PROVINCIAS DE MARGA MARGA Y VALPARAÍSO, DE LA REGIÓN DE VALPARAÍSO

    Núm. 123.- Santiago, 28 de febrero de 2024.

    Vistos:

    Lo dispuesto en los artículos 32, Nº 5, y 41, de la Constitución Política de la República, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado mediante el decreto Nº 100, de 2005, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia; en la ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado mediante el decreto con fuerza de ley Nº 1-19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia; en la ley Nº 18.415, Orgánica Constitucional de Estados de Excepción; en el decreto supremo Nº 83, de 2024, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública; el oficio Nº 3550/484, de 2024, del Ministerio de Defensa Nacional; y en la resolución Nº 7, de 2019, de la Contraloría General de la República, que Fija Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón.

    Considerando:

    1º Que, en la Región de Valparaíso ocurrieron diversos incendios forestales, en zonas cercanas a "Lo Moscoso", "Complejo Las Tablas - Reserva Lago Peñuelas" y "Camino Las Docas", los que, en conjunto, han siniestrado más de 10.000 hectáreas, afectando reservas naturales, infraestructura pública y privada, amenazando zonas residenciales ubicadas en las provincias de Marga Marga y Valparaíso, requiriéndose la evacuación preventiva de los habitantes del sector con la finalidad de proteger su integridad física.
    2º Que, debido a la magnitud de los incendios forestales que afectan ambas provincias, mediante el decreto supremo Nº 83, de 2024, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, se decretó el Estado de Excepción de Catástrofe en las provincias de Marga Marga y Valparaíso.
    3º Que, la vida de las personas en las provincias de Marga Marga y Valparaíso se ha visto fuertemente afectada, como consecuencia de los incendios forestales, principalmente por la cantidad de hectáreas consumidas por el fuego, el número de damnificados y la afectación de los servicios básicos, por lo que se mantienen las condiciones que dieron origen a la declaración del estado de excepción constitucional de catástrofe en caso de calamidad pública.
    4º Que, el Estado debe continuar con la adopción de todas las medidas necesarias para extender las coordinaciones y labores de ayuda de la población afectada, principalmente la asistencia a los grupos familiares damnificados. Se estima que 6.000 viviendas han sido afectadas, de las cuales al menos el 90% ha sufrido pérdida total.
    5º Que, de conformidad con los fundamentos expuestos, se hace necesario decretar el correspondiente acto administrativo, por lo que vengo en dictar el siguiente:

    Decreto:
   
    Artículo primero.- Prorrógase el estado de excepción constitucional de catástrofe en las provincias de Marga Marga y Valparaíso de la Región de Valparaíso declarado mediante el decreto supremo Nº 83, de 2024, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, por un plazo de 30 días a contar del vencimiento del periodo previsto en el artículo primero del decreto supremo antes citado.
   

    Artículo segundo.- Renuévase, por el periodo indicado en el artículo primero, como Jefe de la Defensa Nacional para las provincias de Marga Marga y Valparaíso, de la Región de Valparaíso, al miembro de las Fuerzas Armadas que se indica a continuación:

    PARA LAS PROVINCIAS DE MARGA MARGA Y VALPARAÍSO, REGIÓN DE VALPARAÍSO:

    Institución : Armada de Chile
    Grado      : Contraalmirante
    Apellidos  : Muñoz Miranda
    Nombres    : Daniel Alejandro
    RUN        : 7.755.855-1.
   
    Anótese, tómese razón y publíquese.- GABRIEL BORIC FONT, Presidente de la República.- Carolina Tohá Morales, Ministra del Interior y Seguridad Pública.- Ricardo Montero Allende, Ministro de Defensa Nacional (S).
    Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Atentamente, Manuel Zacarías Monsalve Benavides, Subsecretario del Interior.