APRUEBA NÓMINA DE POSTULANTES SELECCIONADOS EN EL TERCER PROCESO DE POSTULACIÓN LLAMADO NACIONAL EN CONDICIONES ESPECIALES DEL AÑO 2023 PARA PROYECTOS DEL TÍTULO II, MEJORAMIENTO DE LA VIVIENDA, DEL PROGRAMA DE PROTECCIÓN DEL PATRIMONIO FAMILIAR, DESTINADOS A PROYECTOS DE OBRAS DE INNOVACIÓN DE EFICIENCIA ENERGÉTICA, DE ACONDICIONAMIENTO TÉRMICO DE VIVIENDAS TANTO EN SU LÍNEA GENERAL COMO EN EL MARCO DE LOS PLANES DE DESCONTAMINACIÓN
Santiago, 28 de febrero de 2024.- Hoy se resolvió lo que sigue:
Núm. 330 exenta.
Visto:
1) El DS N° 255 (V. y U.), de 2006, y sus modificaciones, que regula el Programa de Protección del Patrimonio Familiar, en especial lo señalado en la letra d) de su artículo 13;
2) La resolución exenta N° 1.767 (V. y U.), de 2022, que autoriza efectuar llamados a postulación y/o comprometer recursos durante el año 2023, en el otorgamiento de subsidios habitacionales y señala el monto de los recursos destinados, entre otros, a la atención a través del Programa de Protección del Patrimonio Familiar, regulado por el DS N°255 (V. y U.), de 2006;
3) Resolución exenta N° 624 (V. y U.), de 2023, y su modificación, que llama a postulación en condiciones especiales año 2023, para el desarrollo de Proyectos del Programa de Protección del Patrimonio Familiar, correspondientes al Título II, Mejoramiento de la Vivienda, destinados a obras de innovaciones de eficiencia energética y de acondicionamiento térmico de viviendas, para las regiones Arica y Parinacota, Tarapacá, Antofagasta, Atacama, Coquimbo, Valparaíso, Metropolitana, O'Higgins, Maule, Ñuble, Biobío, la Araucanía, Los Ríos y Los Lagos, y
Considerando:
Que cerrado el tercer proceso de postulación del Llamado Nacional en condiciones especiales para proyectos del Título II, Mejoramiento de la Vivienda, del Programa de Protección del Patrimonio Familiar, destinados a Proyectos de Obras de Innovación de Eficiencia Energética, de Acondicionamiento Térmico de Viviendas, tanto en su línea general como en el marco de los planes de Descontaminación Atmosférica, efectuado por resolución exenta N° 624 (V. y U.), de 2023, y su modificación, corresponde seleccionar a los beneficiarios de acuerdo a lo señalado en dicha resolución y en el DS N° 255 (V. y U.), de 2006, y a los recursos disponibles del Programa de Protección del Patrimonio Familiar, dicto la siguiente:
Resolución:
1. Apruébanse las nóminas de seleccionados para el otorgamiento de subsidios habitacionales correspondientes al tercer proceso de postulación del Llamado Nacional en condiciones especiales de este año, para proyectos del Título II, Mejoramiento de la Vivienda, del Programa de Protección del Patrimonio Familiar, destinados a Proyectos de Obras de Innovación de Eficiencia Energética, de Acondicionamiento Térmico de Viviendas, tanto en su línea general como en el marco de los Planes de Descontaminación Atmosférica, efectuado por resolución exenta N° 624 (V. y U.), de 2023, y sus modificaciones. Estas nóminas se adjuntan y se entenderán formar parte integrante de esta resolución. Además, fíjese el número de postulantes seleccionados por Región, según se indica en tabla siguiente:

2. Comprométanse los recursos disponibles para el tercer proceso de postulación del Llamado Nacional en condiciones especiales para proyectos del Título II, Mejoramiento de la Vivienda, del Programa de Protección del Patrimonio Familiar, del año 2023, destinados a Proyectos de Obras de Innovación de Eficiencia Energética, de Acondicionamiento Térmico de Viviendas, tanto en su línea general como en el marco de los Planes de Descontaminación Atmosférica (PDA), los que se destinarán al financiamiento de los subsidios y al pago de los servicios de Asistencia Técnica, según la distribución por título y por región, señalada en el siguiente cuadro:

3. Publíquese la presente resolución en el Diario Oficial, y publíquese en un periódico de circulación regional un aviso que indique el lugar y fecha en que serán publicadas las nóminas de los postulantes seleccionados y los respectivos proyectos, conforme al número 2. de esta resolución, las que deberán contener, a lo menos, la comuna, el Título del cual se trate, el nombre de cada postulante con su respectiva Cédula de Identidad y el puntaje obtenido por el grupo o persona.
Anótese, publíquese en el Diario Oficial y archívese.- Carlos Montes Cisternas, Ministro de Vivienda y Urbanismo.
Lo que transcribo para su conocimiento.- Vicente Burgos Salas, Subsecretario de Vivienda y Urbanismo (S).