MODIFICA DECRETO N° 62, DE 1984

    Santiago, 13 de Enero de 1989.- Hoy se decretó lo que sigue:
    Núm. 9.- Visto: El DS No. 62 (V. y U.), de 1984, que reglamenta el sistema de postulación, asignación y venta de viviendas destinadas a la atención de situaciones de marginalidad habitacional, y sus modificaciones, y en especial lo dispuesto en su artículo 15, reemplazado por DS No. 89 (V. y U.), de 1987, y las facultades que me confiere el No. 8° del artículo 32 de la Constitución Política de la República de Chile,

    D e c  r e t o:

    Artículo único.- Sustitúyese el artículo 15 del DS No. 62 (V. y U.), de 1984, por el siguiente:
"Artículo 15.- Las nóminas de postulantes seleccionados y las listas de espera que se publiquen de conformidad con lo dispuesto en el artículo precedente, se confeccionarán por orden alfabético, consignando el nombre del postulante, su cédula nacional de identidad, o a falta de ésta, su RUT, el puntaje total obtenido y el número de prelación que corresponda. Sin perjuicio de lo anterior, el SERVIU dispondrá para su consulta por los interesados de nóminas de prelación por orden decreciente de puntaje, en las cuales se señalará, además, el puntaje obtenido en los distintos rubros que contempla este reglamento.".

    Anótese, tómese razón y publíquese.- AUGUSTO PINOCHET UGARTE, General de Ejército, Presidente de la República.- Luis Salas Romo, Ministro de Vivienda y Urbanismo subrogante.
    Lo que transcribo para su conocimiento.- Blanca Sotomayor Pasche, Subsecretario de Vivienda y Urbanismo Subrogante.