1° Modifícanse las bases de los instrumentos de financiamiento denominados "Consolida y Expande Innovación"; "Capital Humano para la Innovación" y "Programa de Difusión Tecnológica", cuyos nuevos textos fueron aprobados, respectivamente, por resoluciones electrónicas exentas Nº 19, Nº 45 y Nº 85, todas de 2024, de InnovaChile, en el sentido de reemplazar el texto de su numeral 11.2, sobre "Garantía de fiel cumplimiento del convenio", por el siguiente:
"11.2 Garantía de fiel cumplimiento del convenio
El monto de la garantía de fiel cumplimiento del convenio, que deberá(n) entregarse, deberá corresponder, al menos, a 30 UF. En caso de que durante la ejecución del proyecto esta garantía sea ejecutada, sin que se dé término anticipado al mismo, se deberá entregar una nueva garantía por este concepto, del mismo monto antes indicado, de acuerdo con las instrucciones y dentro de los plazos comunicados por InnovaChile."
2° Modifícanse las bases de los instrumentos de financiamiento denominados "Programa Absorción Tecnológica para la Innovación" y "Programa de Prospección Tecnológica", cuyos nuevos textos fueron aprobados, respectivamente, por resoluciones electrónicas exentas Nº 26 y Nº 86, ambas de 2024, de InnovaChile, en el sentido de reemplazar el texto de su numeral 11.3, sobre "Garantía de fiel cumplimiento del convenio", por el siguiente:
"11.3 Garantía de fiel cumplimiento del convenio
El monto de la garantía de fiel cumplimiento del convenio, que deberá(n) entregarse, deberá corresponder, al menos, a 30 UF. En caso de que durante la ejecución del proyecto esta garantía sea ejecutada, sin que se dé término anticipado al mismo, se deberá entregar una nueva garantía por este concepto, del mismo monto antes indicado, de acuerdo con las instrucciones y dentro de los plazos comunicados por InnovaChile."
3° Modifícanse las bases de los instrumentos de financiamiento denominados "Súmate a Innovar para empresas lideradas por mujeres" y "Súmate a Innovar", cuyos nuevos textos fueron aprobados, respectivamente, por resoluciones electrónicas exentas Nº 339, de 2023, y Nº 87, de 2024, ambas de InnovaChile, en el sentido de reemplazar el texto del párrafo segundo de su numeral 11, sobre "Aspectos presupuestarios", por el siguiente:
"El monto de la garantía de fiel cumplimiento del convenio, que deberá(n) entregarse, deberá corresponder, al menos, a 30 UF. En caso de que durante la ejecución del proyecto esta garantía sea ejecutada sin que se dé término anticipado al mismo, se deberá entregar una nueva garantía por este concepto, del mismo monto antes indicado, de acuerdo con las instrucciones y dentro de los plazos comunicados por InnovaChile."
4° Determínase que las modificaciones a los textos de las bases de los instrumentos de financiamiento "Programa Absorción Tecnológica para la Innovación" y "Capital Humano para la Innovación", que a la fecha se encuentran a disposición de los interesados en la modalidad de "postulación permanente", serán aplicables a aquellos proyectos postulados a contar de la fecha de total tramitación de la presente resolución.
5° Publíquense el (los) aviso(s) correspondiente(s) y pónganse las presentes bases a disposición de los interesados(as) en el sitio web de Corfo, www.corfo.cl, una vez que la presente resolución se encuentre totalmente tramitada.
6° Publíquese la presente resolución electrónica exenta en el banner de "Gobierno Transparente", del sitio web www.corfo.cl, en conformidad a lo dispuesto en el literal g) del artículo 7, de la ley Nº 20.285 sobre Acceso a la Información Pública, y en la resolución exenta Nº 500, de 2022, que Aprueba nuevo texto de la Instrucción General, del Consejo para la Transparencia, sobre Transparencia Activa.