MODIFICA RESOLUCION EXENTA Nº 2.930, DE FECHA 12 DE DICIEMBRE DE 1997, QUE LLAMA A INSCRIPCION DE POSTULANTES AL SISTEMA DE SUBSIDIO HABITACIONAL PARA LA ATENCION DEL SECTOR RURAL, EN EL SENTIDO QUE INDICA Y APRUEBA NOMINAS DE POSTULANTES SELECCIONADOS PARA EL SEGUNDO LLAMADO 1997; PARA EL II LLAMADO 1997 A POSTULACION PARA LA ADQUISICION O CONSTRUCCION DE VIVIENDAS RURALES EMPLAZADAS EN ASENTAMIENTOS POBLACIONALES; PARA EL LLAMADO 2-97 A POSTULACION COLECTIVA CON PROYECTOS DE SANEAMIENTO SANITARIO PARA PREDIOS RURALES; PARA EL LLAMADO EXTRAORDINARIO 2-97 A POSTULACION AL SUBSIDIO HABITACIONAL PARA LA ATENCION DEL SECTOR RURAL (TITULO I PARA DAMNIFICADOS DE LA III REGION) Y PARA EL LLAMADO EXTRAORDINARIO 2-97 A POSTULACION PARA LA ADQUISICION O CONSTRUCCION DE VIVIENDAS RURALES EMPLAZADAS EN ASENTAMIENTOS POBLACIONALES (TI-TULO II PARA DAMNIFICADOS DE LA III REGION)
Santiago, 3 de junio de 1998.- Hoy se resolvió lo que sigue:
Núm. 1.460 exenta.- Visto: El D.S. Nº 167 (V. y U.), de 1986, y sus modificaciones, que regula el Sistema de Subsidio Habitacional para la Atención del Sector Rural, y en especial lo previsto en sus artículos 6º, 16, 17, 18 y 19 y en sus Títulos II y III; el D.S.
Nº 157 (V. y U.), de 1997, que dispone un llamado extraordinario a postulación para damnificados por la catástrofe acaecida en el mes de agosto de 1997, en las comunas de la III Región de Atacama; las resoluciones exentas Nº 2.930 y Nº 2.931, ambas de este Ministerio, de fecha 12 de diciembre de 1997, publicadas en el Diario Oficial del 15 de diciembre de 1997; la resolución exenta Nº 70, de la Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo VI Región del Libertador General Bernardo O'Higgins, de fecha 19 de enero de 1998, publicada en el Diario Oficial del 27 de enero de 1998; la resolución exenta Nº 49, de la Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo VIII Región del Bío Bío, de fecha 21 de enero de 1998, publicada en el Diario Oficial del 31 de enero de 1998; la resolución exenta Nº 72, de la Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo X Región de Los Lagos, de fecha 29 de enero de 1998, publicada en el Diario Oficial del 7 de febrero de 1998, dicto la siguiente
R e s o l u c i ó n:
1º.- Modifícase la resolución exenta Nº 2.930, de este Ministerio, de 1997, en la siguiente forma:
a) Reemplázase en el inciso primero del número 6º de dicha resolución las cifras ''161.208'', ''297.472'' y ''21.320'', por las siguientes cifras: ''172.198'', ''291.692'' y ''16.110'', respectivamente.
b) Sustitúyese el cuadro inserto en la letra a) del número 6º de dicha resolución por el que a continuación se inserta:
Región de Monto de Recursos Presupuestarios que se
Postulación Destinarán a la Región (U.F.)
I 9.900
II 0
III 1.750
IV 19.890
V 8.190
VI 14.700
VII 44.990
VIII 24.210
IX 17.540
X 19.620
XI 11.408
XII 0
R.M. 0
Total 172.198
c) Sustitúyese el cuadro inserto en la letra b) del número 6º de dicha resolución por el que a continuación se inserta:
Región de Monto de Recursos Presupuestarios que se
Postulación destinarán a la Región (U.F.)
I 0
II 0
III 2.700
IV 26.920
V 10.400
VI 20.400
VII 35.992
VIII 31.000
IX 36.080
X 25.200
XI 3.000
XII 0
R.M. 100.000
Total 291.692
d) Sustitúyese el cuadro inserto en la letra c) del número 6º de dicha resolución por el que a continuación se inserta:
Región de Monto de Recursos Presupuestarios que se
Postulación destinarán a la Región (U.F.)
I 0
II 0
III 0
IV 1.000
V 910
VI 0
VII 9.000
VIII 2.900
IX 0
X 2.300
XI 0
XII 0
R.M. 0
Total 16.110
2º.- Apruébanse las nóminas de 1.294 postulantes seleccionados para el goce del Subsidio Habitacional para la Atención del Sector Rural correspondiente al segundo llamado 1997 (Título I), dispuesto en el número 1º de la resolución exenta Nº 2.930, de este Ministerio, de 1997, nóminas que se entenderán formar parte integrante de la presente resolución.
3º.- Déjase constancia que las nóminas de 1.294 postulantes que se aprueban en el número anterior comprometen un total equivalente a 170.500 Unidades de Fomento (U.F.) para el financiamiento del subsidio directo destinado a la atención de los postulantes seleccionados en el segundo llamado 1997 del Sistema de Subsidio Habitacional para la Atención del Sector Rural que regula el D.S. Nº 167 (V. y U.), de 1986, monto que se distribuye de la siguiente forma, según tipo de postulación, región y provincia, cuando corresponde, luego de aplicado el procedimiento dispuesto en los artículos 6º, 18 y 19 del D.S. Nº 167 (V. y U.), de 1986, y en el número 7º de la resolución exenta Nº 2.930, de este Ministerio, de 1997:
VER DIARIO OFICIAL Nº36093, DEL 19.06.1998
4º.- Fíjase la siguiente distribución regional y provincial, cuando corresponda, por tipo de postulación, para los Certificados de Subsidio Habitacional que se otorguen a los postulantes seleccionados en el segundo llamado 1997 del Sistema de Subsidio Habitacional para la Atención del Sector Rural, efectuado por el número 1º de la resolución exenta Nº 2.930, de este Ministerio, de 1997:
VER DIARIO OFICIAL Nº36093, DEL 19.06.1998
5º.- Apruébanse asimismo las nóminas de 1.508 postulantes seleccionados para el goce del Subsidio Habitacional para la Atención del Sector Rural correspondiente al II llamado 1997 a postulación para la adquisición o construcción de viviendas rurales emplazadas en asentamientos poblacionales (Título II), dispuesto en el número 2º de la resolución exenta Nº 2.930, de este Ministerio, de 1997, nóminas que se entenderán formar parte integrante de la presente resolución.
6º.- Déjase constancia que las nóminas de 1.508 postulantes que se aprueban en el número anterior comprometen un total equivalente a 279.240 Unidades de Fomento (U.F.) para el financiamiento del subsidio directo destinado a la atención de los postulantes seleccionados en el II llamado 1997 a postulación para la adquisición o construcción de viviendas rurales emplazadas en asentamientos poblacionales del Sistema de Subsidio Habitacional para la Atención del Sector Rural que regula el D.S. Nº 167 (V. y U.), de 1986, y en especial su Título II, monto que se distribuye de la siguiente forma, según tipo de postulación, región y provincia, cuando corresponde, luego de efectuado el procedimiento dispuesto en los artículos 6º, 18 y 19 del D.S. Nº 167 (V. y U.), de 1986, y en el número 7º de la resolución exenta Nº 2.930, de este Ministerio, de 1997:
VER DIARIO OFICIAL Nº36093, DEL 19.06.1998
7º.- Fíjase la siguiente distribución regional y provincial, cuando corresponde, por tipo de postulación, para los Certificados de Subsidio Habitacional que se otorguen a los postulantes seleccionados en el II llamado 1997 a postulación para la adquisición o construcción de viviendas rurales emplazadas en asentamientos poblacionales del Sistema de Subsidio Habitacional para la Atención del Sector Rural, efectuado por el número 2º de la resolución exenta Nº 2.930, de este Ministerio, de 1997:
VER DIARIO OFICIAL Nº36093, DEL 19.06.1998
8º.- Apruébanse asimismo las nóminas de 196 postulantes seleccionados para el goce del Subsidio Habitacional para la Atención del Sector Rural correspondiente al llamado 2-97 a postulación colectiva con proyectos de saneamiento sanitario para predios rurales, dispuesto en el número 3º de la resolución exenta Nº 2.930, de este Ministerio, de 1997, nóminas que se entenderán formar parte integrante de la presente resolución.
9º.- Déjase constancia que las nóminas de 196 postulantes que se aprueban en el número anterior comprometen un total equivalente a 13.100 Unidades de Fomento (U.F.) para el financiamiento del subsidio directo destinado a la atención de los postulantes seleccionados en el llamado 2-97 del Sistema de Subsidio Habitacional para la Atención del Sector Rural, modalidad de postulación colectiva con proyectos de saneamiento sanitario para predios rurales que regula el D.S. Nº 167 (V. y U.), de 1986, y en especial su Título III, monto que se distribuye de la siguiente forma, por región y provincia, cuando corresponde, luego de efectuado el procedimiento dispuesto en los artículos 6º, 18 y 19 del D.S. Nº 167 (V. y U.), de 1986, y en el número 7º de la resolución exenta Nº 2.930, de este Ministerio, de 1997:
Región Monto de Recursos Comprometidos
Provincia (U.F.)
IV 840
V 910
VII 8.480
VIII 2.870
Bío Bío 2.870
Total 13.100
10.- Fíjase la siguiente distribución regional y provincial, cuando corresponde, para los Certificados de Subsidio Habitacional que se otorguen a los postulantes seleccionados en el llamado 2-97 a postulación colectiva con proyectos de saneamiento sanitario para predios rurales del Sistema de Subsidio Habitacional para la Atención del Sector Rural, efectuado por el número 3º de la resolución exenta Nº 2.930, de este Ministerio, de 1997:
Región Total Postulantes
Provincia Seleccionados
IV 12
V 13
VII 130
VIII 41
Bío Bío 41
Total 196
11.- Apruébanse asimismo las nóminas de 110 postulantes seleccionados para el goce del Subsidio Habitacional para la Atención del Sector Rural correspondiente al llamado extraordinario 2-97 (Título I de 1997 para postulantes de la III Región de Atacama), dispuesto en el número 4º de la resolución exenta Nº 2.930, de este Ministerio, de 1997, nóminas que se entenderán formar parte integrante de la presente resolución.
12.- Déjase constancia que las nóminas de 110 postulantes que se aprueban en el número anterior comprometen un total equivalente a 16.500 Unidades de Fomento (U.F.) para el financiamiento del subsidio directo destinado a la atención de los postulantes seleccionados en el llamado extraordinario 2-97 a postulación al Subsidio Habitacional para la Atención del Sector Rural (Título I de 1997 para postulantes de la III Región de Atacama), que regula el D.S. Nº 157 (V. y U.) de 1997, en relación al D.S. Nº 167 (V. y U.), de 1986, monto que corresponde a esta alternativa de postulación en la III Región de Atacama, según tipo de postulación, luego de aplicado el procedimiento dispuesto en el inciso cuarto del artículo 1º del D.S. Nº 157 (V. y U.), de 1997 y en el número 7º de la resolución exenta Nº 2.930, de este Ministerio, de 1997:
Tipo de Postulación Monto de Recursos
Región Individual Colectiva Comprometidos
(U.F.) (U.F.) (U.F.)
III 16.500 0 16.500
Total 16.500 0 16.500
13.- Fíjase la siguiente distribución por tipo de postulación en la III Región de Atacama para los Certificados de Subsidio Habitacional que se otorguen a los postulantes seleccionados en el llamado extraordinario 2-97 a postulación al Subsidio Habitacional para la Atención del Sector Rural (Título I de 1997, para postulantes de la III Región de Atacama), efectuado por el número 4º de la resolución exenta Nº 2.930, de este Ministerio, de 1997:
Tipo de Postulación Total Postulantes
Región Individual Colectiva Seleccionados
III 110 0 110
Total 110 0 110
14.- Apruébanse, asimismo, las nóminas de 112 postulantes seleccionados para el goce del Subsidio Habitacional para la Atención del Sector Rural correspondiente al llamado extraordinario 2-97 a postulación para la adquisición o construcción de viviendas rurales emplazadas en asentamientos poblacionales del Sistema de Subsidio Habitacional para la Atención del Sector Rural (Título II de 1997 para postulantes de la III Región de Atacama), dispuesto en el número 5º de la resolución exenta Nº 2.930, de este Ministerio, de 1997.
15.- Déjase constancia que las nóminas de 112 postulantes que se aprueban en el número anterior comprometen un total equivalente a 22.400 Unidades de Fomento (U.F.) para el financiamiento del subsidio directo destinado a la atención de los postulantes seleccionados en el llamado extraordinario 2-97 a postulación para la adquisición o construcción de viviendas rurales emplazadas en asentamientos poblacionales del Sistema de Subsidio Habitacional para la Atención del Sector Rural (Título II de 1997 para postulantes de la III Región de Atacama), que regula el D.S. Nº 157 (V. y U.), de 1997, en relación al D.S. Nº 167 (V. y U.), de 1986, monto que corresponde a esta alternativa de postulación en la III Región de Atacama, según tipo de postulación, luego de aplicado el procedimiento dispuesto en el inciso cuarto del artículo 1º del D.S. Nº 157 (V. y U.), de 1997 y en el número 7º de la resolución exenta Nº 2.930, de este Ministerio, de 1997:
Tipo de Postulación Monto de Recursos
Región Individual Colectiva Comprometidos
(U.F.) (U.F.) (U.F.)
III 6.200 16.200 22.400
Total 6.200 16.200 22.400
16.- Fíjase la siguiente distribución por tipo de postulación en la III Región de Atacama, para los Certificados de Subsidio Habitacional que se otorguen a los postulantes seleccionados en el llamado extraordinario 2-97 a postulación para la adquisición o construcción de viviendas rurales emplazadas en asentamientos poblacionales del Sistema de Subsidio Habitacional para la atención del Sector Rural (Título II de 1997 para postulantes de la III Región de Atacama), efectuado por el número 5º de la resolución exenta Nº 2.930, de este Ministerio, de 1997:
Tipo de Postulación Total Postulantes
Región Individual Colectiva Seleccionados
III 31 81 112
Total 31 81 112
17.- Publíquense las nóminas completas que se aprueban en el número 2º, en el número 5º, en el número 8º, en el número 11 y en el número 14 de esta resolución, en un periódico de circulación nacional, indicándose en dicha publicación el nombre completo del beneficiario, su Cédula Nacional de Identidad o RUT y el puntaje total obtenido, sin perjuicio de las nóminas completas de que dispondrán los Serviu, las que señalarán, a lo menos, el puntaje total y el obtenido en cada uno de los rubros considerados, por cada postulante seleccionado; el Rol Unico Tributario; el monto del subsidio directo de cada postulante seleccionado; el monto total del ahorro acumulado por cada postulante y el puntaje de corte correspondiente al último postulante seleccionado.
18.- En conformidad a lo dispuesto en los números 8º y 11 del numeral I de la resolución exenta Nº 2.931, de este Ministerio, de 1997, aquellos postulantes que hubieren optado por el procedimiento que en dichos números se señala, si hubieren resultado seleccionados, para recibir sus respectivos Certificados de Subsidio Habitacional, deberán entregar al Serviu correspondiente, los antecedentes actualizados que éste les requiera para acreditar que en sus casos concurrían las circunstancias declaradas.
Anótese, publíquese esta resolución en el Diario Oficial y archívese.- Berta Belmar Ruiz, Ministro de Vivienda y Urbanismo Subrogante.
Lo que transcribo para su conocimiento.- Sergio González Tapia, Subsecretario de Vivienda y Urbanismo Subrogante.