1. Modifícase la resolución exenta Nº 1.353 (V. y U.), de 2023, en el sentido de reemplazar el cuadro inserto en el resuelvo 3 por el siguiente:

2. Apruébase la selección de los proyectos indicados en la siguiente tabla, con su respectivo financiamiento total, del llamado efectuado por la resolución exenta Nº 1.353 (V. y U.), de 2023, mediante el otorgamiento de subsidios del Programa Habitacional Fondo Solidario de Elección de Vivienda, regulado por el DS Nº 49 (V. y U.), de 2011 y sus modificaciones, conforme a la letra h) de la Glosa 03 de Vivienda asociada al subtítulo 33, ítem 01, de la Ley de Presupuestos del sector público del año 2023, el cual incluye los montos por concepto de servicios de asistencia técnica, fiscalización técnica de obras y pago de aranceles del Conservador de Bienes Raíces, imputándose dichos montos al programa señalado, correspondiente al año 2023 para cada una de dichas regiones:

3. El Serviu deberá determinar mediante resolución el valor a pagar por subsidio para la construcción de viviendas, de acuerdo a lo señalado en el resuelvo 9 de la resolución exenta Nº 1.353 (V. y U.), de 2023 y para Asistencia Técnica, conforme lo establece su resuelvo 12.
4. Los recursos comprometidos en la aprobación de los proyectos citados en el Resuelvo 2, se resumen en el siguiente cuadro, incluyendo la suma total de unidades beneficiadas y Unidades de Fomento comprometidas, considerando los montos de subsidio de los proyectos, incluidos sus respectivos Servicios de Asistencia Técnica, Fiscalización Técnica de Obras y aranceles del Conservador de Bienes Raíces:
