COMPLEMENTA RESOLUCIÓN N° 296 EXENTA, DE 2024, QUE DELEGA FACULTAD DE FIRMAR "POR ORDEN DEL CONTRALOR GENERAL" LOS ASUNTOS QUE INDICA, EN LAS JEFATURAS DE LA DIVISIÓN DE FISCALIZACIÓN, Y DELEGA FUNCIÓN QUE SEÑALA
Núm. 847 exenta.- Santiago, 17 de abril de 2024.
Vistos:
Lo dispuesto en la Constitución Política de la República; en la Ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; en la ley N° 10.336, de organización y atribuciones de la Contraloría General de la República; en la ley N° 19.880, que establece bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado; en la ley N° 20.730, que regula el lobby y las gestiones que representen intereses particulares ante las autoridades y funcionarios; en las resoluciones exentas Nos. 2.529, de 2023, que reestructura la División de Auditoría y fija la organización de la División de Fiscalización de esta Entidad Contralora y 296, de 2024, que delega facultad para firmar "Por Orden del Contralor General" los asuntos que indica, en las jefaturas de la División de Fiscalización; en las resoluciones N° 77, de 2016 y N° 10, de 2021, que establece normas que regulan las auditorías efectuadas por la Contraloría General; y en la resolución N° 7, de 2019, que fija normas sobre la exención del trámite de toma de razón, todas de esta procedencia; y,
Considerando:
1. Que, mediante la resolución exenta N° 296, de 2024, se delegó la facultad para firmar "Por Orden del Contralor General" los asuntos que indica, en las jefaturas de la División de Fiscalización;
2. Que, se advierte la necesidad de complementar la precitada resolución, incorporando la delegación de firma de oficios sobre materias no contempladas inicialmente;
3. Que, asimismo, mediante el artículo 5°, letra c), de la resolución exenta N° 2.529, de 2023, se determinó que le corresponderá a la Jefatura de la División de Fiscalización desempeñar las demás funciones que la jefatura de servicio le asigne;
4. Que, en este contexto, y atendido lo dispuesto en el artículo 8° de la ley N° 20.730, que establece excepción a la publicación de las actividades que en tal disposición se señalan, cuando ello comprometa el interés general de la Nación o la seguridad nacional, debiendo rendirse cuenta anualmente, en forma reservada, a la Contraloría General de la República, directamente a través del Contralor General o de quien éste delegue, respecto de los sujetos pasivos que indica, se ha estimado necesario delegar dicha facultad en la Jefatura de la División de Fiscalización de esta Entidad de Control;
Resuelvo:
1.- Compleméntese la resolución exenta N° 296, de 2024, de la Contraloría General de la República incorporándose el siguiente numeral 3, en el acápite I de su artículo 1°, que delega facultad de firmar por orden del Contralor en la jefatura de la División de Fiscalización:
"3. Los oficios de apercibimiento por la falta de observancia oportuna del plazo para la declaración de intereses y patrimonio a que se refiere el artículo 4°, inciso cuarto, de la ley N° 19.863.".
2.- Delégase en la Jefatura de la División de Fiscalización, la recepción de la rendición de cuenta anual, en forma reservada, de las actividades realizadas por los sujetos pasivos a que se refieren los numerales 1) y 7) del artículo 4º de la ley N° 20.730.
La presente resolución entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación.
Anótese y publíquese.- Dorothy Pérez Gutiérrez, Contralora General de la República (S).
Lo que transcribo a Ud., para su conocimiento.- Daniela Andreu Campos, Jefa División de Administración Interna y Abastecimiento (S), Contraloría General de la República.