Modifícase la Res. Ex. Nº 1.596 (V. y U.), de 2013, en el sentido de incorporar el siguiente artículo transitorio:
Artículo transitorio: Por efectos del alza de precios en los valores de la construcción, los proyectos en obras correspondientes a programas de inversión años 2024 al 2025, podrán exceder en un 20% el costo máximo de UF 30.000, al momento de adjudicar la construcción de las obras.