DEJA SIN EFECTO RESOLUCIÓN N° 162 EXENTA, DE 2024, DEL MINISTERIO DE AGRICULTURA, QUE RECONOCE LA EXISTENCIA DE SEMILLAS TRADICIONALES Y ESTABLECE ORIENTACIONES AL EFECTO
Núm. 220 exenta.- Santiago, 8 de mayo de 2024.
Vistos:
Lo dispuesto en el DFL N° 1-19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; en la ley N° 19.880, que establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado; en el DFL N° 294, de 1960, del Ministerio de Hacienda, orgánico del Ministerio de Agricultura; en el decreto N° 71, de 2022, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública; la resolución N° 7, de 2019, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón y la resolución exenta N° 162, de 2024, de este origen.
Considerando:
1.- Que, el artículo 1° del DFL N° 294, de 1960, del Ministerio de Hacienda, que señala las funciones y estructura del Ministerio de Agricultura, establece que esta Secretaría de Estado es la encargada de fomentar, orientar y coordinar las industrias agropecuarias del país. Su acción estará encaminada, fundamentalmente, a obtener el aumento de la producción nacional, la protección de los recursos naturales renovables del ámbito silvoagropecuario, sin perjuicio de las atribuciones del Ministerio del Medio Ambiente, y el mejoramiento de las condiciones de nutrición del pueblo.
2.- Que, por larga data, las semillas tradicionales han formado parte de los sistemas productivos de diversas comunidades locales y campesinas, quienes las han mantenido y cultivado a través de las generaciones, lo que les ha permitido formar parte importante de los sistemas alimentarios sustentables de nuestro país.
3.- Que, de igual modo, la alta diversidad y adaptación local de tales semillas, permite contribuir a la seguridad para la soberanía alimentaria, además de dar respuesta a los desafíos ambientales que enfrenta la agricultura, a saber, los efectos del cambio climático, los eventos climáticos extremos, las nuevas plagas y enfermedades, así como también la transición a sistemas alimentarios sustentables, resilientes, diversificados y nutritivos.
4.- Que, con el propósito de relevar la importancia de las semillas tradicionales como patrimonio cultural y natural de los territorios, así como en la producción de alimentos y seguridad alimentaria de nuestro país, el Ministerio de Agricultura dictó la resolución exenta N° 162, de 2024, que reconoce la existencia de semillas tradicionales y establece orientaciones al efecto.
5.- Que, el artículo 6° de dicho acto administrativo -publicado en el Diario Oficial el 9 de abril pasado- señala que éste entrará en vigor terminado el plazo de treinta (30) días desde su publicación.
6.- Que, en consecuencia, a la fecha de emisión de este acto administrativo, la resolución exenta N° 162, de 2024, de este origen, no ha entrado en vigor, razón por la cual no se han afectado intereses o derechos de terceros, acorde a lo previsto en la ley N° 19.880.
7.- Que, en aras de continuar con el importante y fundamental desafío de reconocer las semillas tradicionales, y de analizar con mayor profundidad algunos aspectos de tal esfuerzo, además de fortalecer el proceso de diálogo con comunidades indígenas y organizaciones de todo el país, el Ministerio de Agricultura ha estimado necesario dejar sin efecto la resolución exenta N° 162, de 2024.
8.- Y las facultades que me confiere la ley.
Resuelvo:
1°. Déjese sin efecto la resolución exenta N° 162, de 2024, del Ministerio de Agricultura, que reconoce la existencia de semillas tradicionales y establece orientaciones al efecto.
2°. Publíquese la presente resolución en el Diario Oficial, en cumplimiento de lo previsto en el artículo 48° de la ley N° 19.880.
Anótese, regístrese y publíquese.- Esteban Valenzuela van Treek, Ministro de Agricultura.
Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud., Antonio Alvear Balmelli, Jefe División de Administración y Finanzas, Subsecretaría de Agricultura.