Artículo primero: Modifícase la resolución exenta N°7/2021, del Fondo Nacional de Salud, publicada en el Diario Oficial de 19 de marzo de 2021, que "Aprueba procedimiento para la fiscalización y aplicación de sanciones a los prestadores inscritos en el rol de la modalidad de libre elección por infracciones a las normas que la regulan, dejando sin efecto resolución exenta que indica", en la forma que a continuación se señala:
   
    1. Modifícase en el Art. 28 la letra a., quedando, en definitiva, de la siguiente forma:
   
    a) Para la propuesta de aplicación de multas y reintegros. En caso de producirse más de una infracción, se propondrá una multa que ascenderá a la suma de los montos que correspondan a cada una de ellas, considerándose el monto bruto asociado a las prestaciones para las que se emitió un BAS, más aquellas infracciones a las normativas que no tengan un BAS asociado, respetando el tope máximo legal de 500 Unidades de Fomento.