MODIFICA LA RESOLUCIÓN N° 191 EXENTA, DEL AÑO 2021, QUE ESTABLECE LA ESTRUCTURA ORGÁNICA, FUNCIONES Y DELEGACIÓN DE FIRMA Y FACULTADES DE LAS DISTINTAS DEPENDENCIAS DEL INSTITUTO DE SALUD PÚBLICA DE CHILE, Y DEJA SIN EFECTO LA RESOLUCIÓN QUE INDICA
   
    Núm. 1.059 exenta.- Santiago, 27 de mayo de 2024.
   
    Vistos:
   
    La Providencia DJ N° 1289, de 20 de mayo de 2024, de la jefatura de Departamento Jurídico; la Providencia N° 428, de 17 de mayo de 2024, de la Jefa (S) Depto. Administración y Finanzas; la Providencia N° 730, de 17 de mayo de 2024, de la Directora (S); la resolución exenta N° 191, del 5 de febrero de 2021, que establece la estructura orgánica, funciones y delegación de firma y facultades de las distintas dependencias del Instituto de Salud Pública de Chile y deja sin efecto la resolución que indica, y
   
    Considerando:
   
    Primero: Que, a través de la resolución exenta N° 191, del 5 de febrero del 2021, este Instituto ha determinado su estructura orgánica, funciones y delegación de firma y facultades, la que fuera modificada con posterioridad a través de la dictación de las resoluciones exentas N° 13 y N° 1.202, del 5 de enero y 30 de mayo de 2022, respectivamente; las resoluciones exentas N° 40, N° 2.440 y N° 3.155, de 2023, y la resolución exenta N° 622, del presente año.
    Segundo: Que, con ocasión de las constantes mejoras de distintos procesos institucionales, a esta Dirección le asiste la convicción de que deben implementarse modificaciones a la estructura actual de la institución, eliminándose unidades de gestión existentes en los Subdepartamentos Gestión y Desarrollo de Personas y de Atención a Clientes y Usuarios, ambos del Departamento Administración y Finanzas, atendido que el señalado Departamento ya cuenta con una unidad de esas características, por lo que no procede que dichas Unidades estén radicadas en estos subdepartamentos, así como también corregir vicios de forma de los que adolece la actual resolución, y
   
    Teniendo presente:
   
    Lo dispuesto en la Ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; el decreto con fuerza de ley N° 1, de 2005, del Ministerio de Salud, que fija texto refundido, coordinado y sistematizado del decreto ley N° 2.763, de 1979, y de las leyes N° 18.933 y N° 18.469; el decreto supremo N° 1.222, del año 1996, que aprueba el reglamento del Instituto de Salud Pública de Chile; la resolución N° 6, del año 2019, de la Contraloría General de la República, y las facultades que me confiere el decreto exento N° 32, del año 2023, del Ministerio de Salud, dicto la siguiente:
   
    Resolución:


    1. Modifícase la resolución exenta N° 191, del 5 de febrero de 2021, que establece la estructura orgánica, funciones y delegación de firma y facultades de las distintas dependencias del Instituto de Salud Pública de Chile, en los términos que se indican a continuación:

    I. Elimínanse los números 2.2.1, 2.2.2, 7.5.1, 7.5.2.
    II. Modifícase la numeración de los acápites 8.1.1, 8.1.2, 8.1.3 y 8.1.4, del Subdepto. Genómica y Genética Molecular, pasando a ser estos 8.2.1, 8.2.2, 8.2.3 y 8.2.4.
    III. Suprímanse los números 5.6.2 y 5.9.1, correspondientes a los Subdepartamentos de Gestión y Desarrollo de Personas y de Atención a Clientes y Usuarios, respectivamente.
    IV. Reemplázanse en el número 11, correspondiente al Departamento Jurídico, las letras a), d) y e) por unas nuevas, con el siguiente texto:

    "a) Oficios que sean requeridos por los tribunales de justicia, Ministerio Público, Carabineros de Chile, Policía de Investigaciones, fiscalías militares y jefaturas jurídicas de otros órganos de la Administración del Estado, con excepción de la Contraloría General de la República y aquellos que estén especialmente delegados en otras áreas técnicas. Asimismo, podrá suscribir el oficio por el cual se derive un requerimiento de cualquier autoridad a la entidad competente, en aplicación del inciso segundo del artículo 14 de la ley N° 19.880, siempre que este no sea relativo a la ley N° 20.285.
    d) Resolver los recursos de reposición que se presenten contra actos emanados de este Instituto, así como las solicitudes de suspensión. Lo anterior, con excepción de la revisión cuya facultad se delega en las letras c) y d) del número 6.10 de la presente resolución y de aquellas decisiones suscritas por el Director del Instituto, las que serán resueltas por esa autoridad.
    e) Firmar los oficios que deban ser enviados a Contraloría General de la República para solicitar el retiro de actos administrativos que hayan sido enviadas a dicho ente de control para el trámite de toma de razón".

    2. Téngase presente que, en todo lo no modificado por este acto administrativo, rige plenamente la resolución exenta N° 191, del año 2021, y sus modificaciones posteriores.

    Anótese, regístrese, comuníquese y publíquese su texto completo en la página web institucional y en el Diario Oficial.- María Judith Mora Riquelme, Directora (S), Instituto de Salud Pública de Chile.