1. Modifícase la resolución exenta N° 1.402 (V. y U.), de fecha 22 de agosto de 2023, en el siguiente sentido:
   
    a) Agrégase, al final del resuelvo 25, a continuación del cuadro inserto, el siguiente párrafo:
   
    "Los puntajes asociados a variables cuya información no sea posible determinar debido a condicionantes del Sistema Informático Rukan, serán equivalentes a cero para todos los postulantes que participen en el presente llamado.".
   
    b) Reemplázase el resuelvo 27 por el siguiente:
   
    "27. Los recursos involucrados para la selección ascienden a un total de 148.893,55 Unidades de Fomento y su distribución nacional será la siguiente:
   
   
    Los montos indicados en el cuadro anterior podrán disminuir o aumentar con cargo a los recursos asignados para el Programa de Habitabilidad Rural del año 2023, por resolución del Ministro de Vivienda y Urbanismo, como también podrá determinarse su redistribución por región, de acuerdo con la necesidad de cada una de éstas. Las regiones que, al finalizar el proceso de selección, no hayan presentado postulaciones en condiciones de ser seleccionadas, quedarán sin asignación de recursos.
    Para los efectos de imputar los recursos correspondientes a los subsidios a otorgar en el presente llamado, se considerará un monto promedio de 1.400 Unidades de Fomento por unidad de vivienda, incluidos los recursos destinados a los subsidios y al pago de la Asistencia Técnica y Fiscalización Técnica de Obras. Corresponderá al Director del Serviu mediante resolución establecer el monto final de los subsidios correspondientes al proyecto aprobado.".
   
    2. Apruébase la nómina de familias pertenecientes a pueblos indígenas que han sido seleccionadas, para el otorgamiento de subsidios habitacionales correspondientes a la Tipología Construcción en sitio del Residente, del Llamado a postulación en Condiciones Especiales de 2023, del Programa de Habitabilidad Rural en su Título II, regulado por el DS N° 10 (V. y U.), de 2015, y sus modificaciones; la que se adjunta a la presente resolución y se entenderá como parte integrante de ésta. Además, fíjase el número de postulantes seleccionados por región, según el siguiente detalle:
   
   
    3. Comprométanse los recursos disponibles para la selección del llamado en condiciones especiales aprobado por la resolución exenta citada en el visto c), los que se destinarán al financiamiento de subsidios habitacionales, cuyos proyectos han sido aprobados por el Serviu en concordancia con la normativa vigente, y cuya distribución por región se detalla en la siguiente Tabla:
   
   
    4. Impútese el monto total de 148.893,55 Unidades de Fomento señaladas en el cuadro inserto en el resuelvo 3. de la presente resolución, a los recursos disponibles en el Programa de Habitabilidad Rural correspondiente al año 2023.