1. Modifícase el decreto exento N° 435, de 2022, del Ministerio de Hacienda, que aprueba el Reglamento de Administración del Fondo de Garantía para Pequeños y Medianos Empresarios, aplicable a las Garantías Chile Apoya –que a su vez fue modificado por el decreto exento 243, de 2024, de esta cartera–, en el siguiente sentido:
     
    1. Agréguese, en el artículo 4 –incorporado por el decreto exento 243, de 2024, de esta Cartera–, en la tabla que individualiza las actividades económicas que deben tenerse registradas ante el Servicio de Impuestos Internos, una última fila, debajo de todas las demás, que añada la siguiente actividad adicional al listado:
     
    En la columna Código: "492130"
    En la columna Actividad: "TRANSPORTE DE PASAJEROS VÍA TAXI COLECTIVO".
     
    2. Reemplázase, en el artículo 16, en la tabla que señala las tasas de interés de los financiamientos con garantía Chile Apoya, lo siguiente:
     
    En la columna Tasa de interés máxima en dólares, el porcentaje "78,2%" por "8,2%".
    En la columna Tasa de interés máxima en euros, el porcentaje "77,4%" por "7,4%".
     
    2. Establézcase que las modificaciones introducidas mediante este decreto exento al decreto exento N° 435, de 2022, del Ministerio de Hacienda, que aprueba el Reglamento de Administración del Fondo de Garantía para Pequeños y Medianos Empresarios, aplicable a las Garantías Chile Apoya, se aplicarán a los financiamientos con Garantías Chile Apoya que se otorguen con posterioridad a la publicación del decreto exento 243, de 2024, de esta cartera.
    3. Establézcase que en todo lo no modificado, se mantiene plenamente vigente el decreto exento N° 435, ya individualizado, de 2022, del Ministerio de Hacienda, que aprueba Reglamento de Administración del Fondo de Garantía para Pequeños y Medianos Empresarios, aplicable a las Garantías Chile Apoya.