Artículo 14.- Las unidades académicas básicas son las escuelas e institutos.
     
    Las escuelas son las unidades académicas que tienen como objetivo primordial organizar, administrar e impartir los estudios conducentes a la obtención de grados académicos, especialidades, títulos profesionales y técnicos, diplomas y certificados.
    Los institutos son las unidades que tienen como objetivo primordial la generación de nuevos conocimientos en una misma disciplina o entre dos o más disciplinas, fomentando y desarrollando la investigación, innovación y la creación artística al más alto nivel.
    Con todo, en las facultades se podrán establecer otras unidades para el desarrollo de sus actividades, tales como departamentos o centros.