Artículo 36.- El Vicerrector o Vicerrectora de Investigación e Innovación es la autoridad superior de la Institución en materias de investigación, transferencia tecnológica y creación artística y, en su calidad, asistirá al Rector o Rectora en su dirección, coordinación y supervisión. Asesorará al Consejo Universitario en las materias que este le solicite. Será responsable de proponer, planificar, ejecutar y evaluar las políticas de la institución en las áreas de la investigación e innovación.
Será nombrado por el Rector o Rectora, permaneciendo en el cargo mientras cuente con su confianza.