MODIFICA RESOLUCIÓN Nº 259 EXENTA, DE 6 DE AGOSTO DE 2021, DEL MINISTERIO DE HACIENDA, EN EL SENTIDO QUE DESIGNA UN NUEVO MIEMBRO TITULAR Y SECRETARIO TÉCNICO EN EL COMITÉ PARA LA FIJACIÓN DE LÍMITES A LAS TASAS DE INTERCAMBIO
   
    Núm. 277 exenta.- Santiago, 3 de julio de 2024.
   
    Vistos:
   
    Lo dispuesto en el artículo 23 del DFL Nº 1/19.653 de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; en la Ley Nº 21.365, que regula las tasas de intercambio de tarjetas de pago; la resolución exenta Nº 259 de 6 de agosto de 2021, del Ministerio de Hacienda y sus modificaciones; y en la resolución Nº 6 de 2019, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón, de las materias de personal que se indican.
   
    Considerando:
   
    1. Que, la Ley Nº 21.365, que regula las tasas de intercambio de tarjetas de pago (en adelante, la "Ley de Tasas de Intercambio"), creó el Comité para la Fijación de Límites a las Tasas de Intercambio (en adelante el "Comité").
    2. Que, conforme a lo establecido en el artículo 4 de la Ley de Tasas de Intercambio, el Comité está integrado por las siguientes personas: a) un miembro designado por el Ministro de Hacienda, quien lo preside; b) un miembro designado por el Consejo del Banco Central de Chile; c) un miembro designado por la Comisión para el Mercado Financiero: y d) un miembro designado por la Fiscalía Nacional Económica. El referido precepto establece, además, la composición paritaria del Comité. Para ello, las instituciones que designan a los miembros lo harán en el mismo orden indicado.
    3. Que, el referido artículo 4 establece que todas las designaciones deberán recaer en funcionarios o empleados de las respectivas instituciones, incluyendo personas contratadas a honorarios o regidas por el Código del Trabajo, de reconocido prestigio por su experiencia y conocimiento en materias económicas, financieras, regulatorias o de libre competencia y que serán designados por las respectivas autoridades mediante resolución que será publicada en el Diario Oficial. Asimismo, el mismo artículo dispone que los integrantes serán subrogados por aquellas personas que designen las respectivas autoridades mediante resolución que será publicada en el Diario Oficial, las que se regirán por las mismas reglas aplicables a los miembros titulares.
    4. Que, conforme a lo establecido en el artículo 7 de la Ley de Tasas de Intercambio, un funcionario del Ministerio de Hacienda actuará como Secretario Técnico del Comité y tendrá la calidad de ministro de fe respecto de sus actuaciones, deliberaciones y acuerdos, debiendo levantar acta de cada sesión.
    5. Que, mediante la resolución exenta N° 259, de 6 de agosto de 2021, del Ministerio de Hacienda, se designó a don Hugo Caneo Ormazábal como miembro titular del Comité, a doña Silvia Leiva Parra, como miembro subrogante del Comité y a don Francisco Larraín Stieb, como Secretario Técnico del Comité.
    6. Que, mediante la resolución exenta N° 608, de 9 de diciembre de 2021, del Ministerio de Hacienda, se designó a don Juan Pablo Loyola Mellado, como Secretario Técnico del Comité, en reemplazo de don Francisco Larraín Stieb.
    7. Que, mediante la resolución exenta N° 311, de 29 de abril de 2022, del Ministerio de Hacienda se designó a don Juan Pablo Loyola Mellado, como miembro titular del Comité, a la Sra. Daniela Buchuk Gómez, como miembro subrogante del Comité y a don Diego Veroíza Avello, como Secretario Técnico del Comité, en reemplazo de don Juan Pablo Loyola Mellado.
    8. Que, mediante resolución exenta N° 553, de 30 de agosto de 2022, del Ministerio de Hacienda se designó a Gonzalo Eduardo Arriaza Guiñez, como miembro titular del Comité, en reemplazo de don Juan Pablo Loyola Mellado.
    9. Que, en virtud de la renuncia de don Diego Veroiza Avello y doña Daniela Buchuk Gómez, por motivos ya informados al Comité, como asimismo y según consta en las actas del Comité, la renuncia de la Sra. Alejandra Campusano Gaete, quien actuará como secretaria técnica subrogante, por motivos ya informados al Comité, se hace necesario modificar la resolución exenta N° 259, ya modificada por las resoluciones exentas N°s 608, 311 y 553, todas anteriormente individualizadas.
   
    Resuelvo:


    1. Modifícase la resolución exenta N° 259 de 6 de agosto de 2021, del Ministerio de Hacienda, que designa miembro titular, miembro subrogante y secretario técnico en el Comité para la Fijación de Límites a las Tasas de Intercambio, en el sentido de:
   
    a) Reemplazar el resuelvo N° 1 por el siguiente:
   
    "1. Desígnase a la Sra. Loreto Neumann Santander, cédula nacional de identidad N° 13.284.354-6, Coordinadora Jurídica del Ministerio de Hacienda, en calidad de miembro titular del Comité para la Fijación de Límites a las Tasas de Intercambio.".
   
    b) Reemplazar el resuelvo N° 2 por el siguiente:
   
    "2. Desígnase al Sr. Gonzalo Eduardo Arriaza Guíñez, cédula nacional de identidad N° 15.372.195-5, Asesor de la Coordinación de Mercado de Capitales del Ministerio de Hacienda, en calidad de miembro subrogante del Comité para la Fijación de Límites a las Tasas de Intercambio.".
   
    c) Reemplazar el resuelvo N° 3 por el siguiente:
   
    "3. Desígnase al Sr. Rodrigo Riquelme León, cédula nacional de identidad N° 18.248.397-4, Asesor de la Coordinación de Mercado de Capitales del Ministerio de Hacienda, en calidad de Secretario Técnico del Comité para la Fijación de Límites a las Tasas de Intercambio. Sin perjuicio de lo anterior, y para casos excepcionales de ausencia o impedimento temporal, este será reemplazado, para la sesión respectiva, por otro funcionario del Ministerio de Hacienda, designado por el Coordinador de Mercado de Capitales, por comunicación escrita a los integrantes del Comité en la cual se individualice debidamente a la persona reemplazante; o por acuerdo unánime de los miembros presentes en la sesión respectiva.".
   
    2. Determínase que, por razones impostergables de buen servicio, las personas designadas asumirán sus funciones a contar de la fecha del presente acto administrativo, sin esperar su total tramitación.
    3. Establézcase que en todo lo no modificado, se mantiene vigente la resolución exenta Nº 259 de 6 de agosto de 2021, del Ministerio de Hacienda.
    4. Comunícase al Banco Central de Chile, a la Comisión para el Mercado Financiero y a la Fiscalía Nacional Económica de las modificaciones precedentes, para que, en virtud de lo establecido en el artículo 4 de la ley Nº 21.365, puedan proceder con las designaciones correspondientes.
   

    Anótese, comuníquese, publíquese y archívese.- Mario Marcel Cullell, Ministro de Hacienda.