Artículo 5.- La Universidad del Bío-Bío, a partir del reconocimiento de la dignidad de la persona humana, de su compromiso con el respeto y promoción de los derechos fundamentales y de su orientación a una educación inspirada en los valores de la democracia participativa, igualitaria e inclusiva, orienta su acción por los principios consagrados en el decreto con fuerza de ley Nº 2, de 2010, del Ministerio de Educación, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley Nº 20.370, Ley General de Educación, con las normas no derogadas del decreto con fuerza de ley Nº 1, de 2005, en lo pertinente; en la ley Nº 21.091, sobre Educación Superior; y en la ley Nº 21.094 sobre Universidades Estatales; y, además, por los siguientes:
a) Respeto y promoción de los derechos humanos. La institución resguardará, garantizará y promoverá los derechos humanos con relación a todas las personas de su comunidad, tanto en sus propuestas formativas, de desarrollo organizacional, como también en las relaciones de trabajo y aprendizaje. El acoso sexual y laboral, así como la discriminación arbitraria, atentan contra los derechos humanos y la dignidad de las personas.
b) Justicia social. La institución fomentará que quienes trabajen, estudien o mantengan algún tipo de relación con la Universidad, tengan el reconocimiento y la oportunidad de expresarse y contribuir como personas libres y en pleno reconocimiento de su identidad, dignificándolas en todas las dimensiones y actividades de la institución, independientemente de identidad, orientación o expresión de género, etnia, religión u otra creencia, discapacidad, edad o antecedentes sociales.
c) Educación para la paz. La educación de la Universidad del Bío-Bío promoverá la paz y sentará las bases para una cultura de paz, fomentando en las nuevas generaciones valores, pautas de comportamiento ético y moral, comprensión humana y empatía, así como conocimientos, habilidades y actitudes que les permitan vivir en armonía con las personas y el entorno, con el propósito de lograr una mejora de la condición humana.
d) Ética. La institución promoverá una enseñanza inspirada en valores y principios que promuevan la búsqueda de la verdad, honestidad, integridad y la rectitud en el obrar. Así también, fomentará, a través de la educación, investigación y/o innovación, de todas las ciencias y disciplinas, el respeto que merecen todos los seres vivos, en tanto a su cultura, integridad física, emocional y social, como en su relación con la biósfera y sus ecosistemas.
e) Democracia participativa. La institución fomentará la participación en la construcción de la cohesión social, en la profundización de la democracia, en la lucha contra la exclusión social, la degradación ambiental y en la defensa de la diversidad cultural.
f) Ecología del saber. La Universidad promoverá una educación que desarrolle y potencie todas las dimensiones humanas mediante una organización transdisciplinar del conocimiento, que combine la razón científica con otros aspectos epistémicos, espirituales, religiosos, afectivos, emocionales, políticos, retóricos, poéticos, artísticos y filosóficos. Favorecerá el diálogo con las diferentes dimensiones de sabiduría y de cosmovisión, permitiendo el desarrollo de nuevos horizontes epistemológicos más resilientes. Asimismo, promoverá la solidaridad que se establece en las condiciones formales de las relaciones humanas, que pueda garantizar su dignidad o integridad, donde la persona se sienta apoyada por la sociedad en sus autorrelaciones prácticas, tales como la autoconfianza, autorrespeto y autoestima.