ArtículoResolución 553 EXENTA,
ECONOMÍA
Art. Nº 2 b)
D.O. 12.06.2025 4°: El Comité estará integrado de la siguiente manera:
ECONOMÍA
Art. Nº 2 b)
D.O. 12.06.2025 4°: El Comité estará integrado de la siguiente manera:
a) El/la Gobernador/a Regional, quien lo presidirá.
b) El/la Jefe/a de la División de Fomento e Industria del Gobierno Regional y un/a funcionario/a directivo/a del Gobierno Regional, designado/a por el/la Gobernador/a Regional.
c) El/la Secretario/a Regional Ministerial de Economía, Fomento y Turismo, de la región correspondiente.
d) Dos personas que se desempeñen laboralmente, ejerzan actividades académicas o de investigación, o destacados/as empresarios/as, todos/as de la región en que desarrolle sus funciones el Comité, designados/as por el/la Gobernador/a Regional.
e) Una persona que se desempeñe laboralmente en la región en que desarrolle sus funciones el Comité, designada por el Consejo Regional, a partir de una terna presentada por el Servicio Nacional de Capacitación y Empleo - Sence, con consulta al Consejo Regional de Capacitación respectivo.
f) Una persona que ejerza actividades académicas o de investigación en la región en que desarrolle sus funciones el Comité, designada por el Consejo Regional, a partir de una terna presentada por el Comité Regional de Ciencia, Tecnología e Innovación para el Desarrollo.
g) Un/a empresario/a destacado/a de la región en que desarrolle sus funciones el Comité, designado/a por el Consejo Regional, a partir de una terna presentada, de consuno, por aquellas organizaciones gremiales con presencia en la región, que pertenezcan al Consejo Nacional Consultivo de Empresas de Menor Tamaño, del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo, o estén afiliadas a entidades con representación en dicho Consejo. De no recibirse la propuesta de la terna dentro del plazo otorgado por Corfo a las organizaciones integrantes del mencionado órgano consultivo, será el Vicepresidente Ejecutivo de la Corporación el que realizará la propuesta del trío de candidatos/as al Consejo Regional.
h) Dos Consejeros/as Regionales que presidan o integren las comisiones en las que se aborden materias de desarrollo productivo, innovación y/o ciencia y tecnología, los/as que serán designados/as por el Consejo Regional.
i) Tres representantes del nivel nacional: un/a representante del/de la Vicepresidente/a Ejecutivo/a de la Corporación de Fomento de la Producción; un/a representante del/de la Ministro/a de Economía, Fomento y Turismo; y un/a representante del/de la Gerente General del Servicio de Cooperación Técnica - Sercotec.
En caso de ausencia o impedimento de los/as miembros individualizados/as en las letras b) a la i), serán reemplazados/as por sus subrogantes legales o por quien/es sea/n designado(s)/a(s) por el órgano colegiado o las autoridades respectivas, y, en ambos casos, en el orden que éstos/as determinen en el acto de designación. En caso de ausencia o impedimento del/de la Gobernador/a Regional, asumirá la función de Presidente/a del Consejo Directivo, uno/a de los/as consejeros/as mencionados/as en la letra b) precedente.
Podrán participar, solo con derecho a voz, las personas que el Consejo Directivo acuerde invitar.
Los/as reemplazantes participarán en las sesiones a las que asistan, con las mismas facultades y prerrogativa de los/as miembros titulares