Artículo 2.- Objetivos. En el cumplimiento de sus objetivos, la Universidad asume su responsabilidad específica en la formación de una conciencia crítica de la sociedad chilena, y a través del cumplimiento de sus funciones, contribuye a conformar la voluntad de cambios necesarios para una convivencia cívica que garantice la participación igualitaria de todos los miembros de la comunidad.
Atendida su naturaleza, la Universidad debe contribuir a satisfacer las necesidades e intereses generales de la sociedad, colaborando, como parte integrante del Estado, en todas aquellas políticas, planes y programas que propendan al desarrollo cultural, social, territorial, artístico, científico, tecnológico, económico y sustentable, a nivel nacional y regional, con una perspectiva intercultural e inclusiva. Sin perjuicio de lo anterior, la Región de Atacama es el ámbito territorial preferente del quehacer de la Universidad.
Para el cumplimiento de sus funciones, la Universidad orientará su quehacer institucional de conformidad a la misión, principios y normas establecidas en la ley N° 21.094 y en el presente estatuto.