Artículo 37.- La Secretaría General es el órgano dependiente de la Rectoría que tiene la responsabilidad de actuar como el ministro de fe y asesor jurídico de la Universidad.
Tendrá entre otras las siguientes funciones: mantener bajo su custodia toda la documentación y archivos de la Universidad; administrar el proceso conducente al otorgamiento de los grados, diplomas, certificados y títulos que confiera la Universidad y avalarlos con su firma; citar a reuniones del Consejo Superior y Consejo Universitario y llevar sus actas.