Artículo 5.- Funciones.
    Son funciones de la Universidad Metropolitana de Ciencias de la Educación:
   
    a) En materia de docencia, impartir enseñanza conducente a la obtención de grados académicos y títulos profesionales; dictar cursos de especialización o perfeccionamiento, de actualización, extensión y otros, así como expedir los diplomas, títulos y certificados que corresponda;
    b) En materia de la investigación y de la creación artística, desarrollar actividades para crear, sistematizar y construir conocimientos en las áreas del saber que le son propias, desarrollando innovación.
    c) En materias de extensión, proyectar la actividad académica hacia el interior de ella misma y hacia el exterior de la Institución; y,
    d) En materia de vinculación con el medio, procurar, a través de los nexos establecidos con los ámbitos que le son propios a la Universidad, enriquecer recíprocamente tanto a la Universidad como a la comunidad nacional, estableciendo, además, vínculos con instituciones de enseñanza superior del país y del extranjero.