Artículo 26.- Organización y funcionamiento interno del Consejo Universitario.
Las normas sobre el funcionamiento interno de este órgano colegiado serán establecidas en un reglamento dictado por el Consejo Universitario, el cual deberá incluir, entre otras materias, disposiciones que regulen la renovación parcial de sus integrantes, la asignación de tiempo y carga laboral para los/as funcionarios/as académicos/as y no académicos/as que participen en el Consejo Universitario y, las garantías académicas y otras necesarias para los/as estudiantes que participen en el Consejo Universitario. El quórum para sesionar será el de la mayoría simple de los integrantes en ejercicio. El quórum para aprobar materias de su competencia será de mayoría simple de los miembros presentes en la respectiva sesión. En el caso de materias estratégicas que fije el reglamento de funcionamiento, el quórum para adoptar decisiones será de dos tercios de los integrantes en ejercicio.