Artículo 9.- Integrantes. Son miembros de la Universidad Arturo Prat su personal académico, estudiantes y personal administrativo, quienes conforman los estamentos académico, estudiantil y administrativo, respectivamente.
Son académicos o académicas quienes poseen un nombramiento otorgado por la autoridad competente y se encuentran adscritos o adscritas a una específica jerarquía académica.
El personal administrativo es aquel que, en virtud de un nombramiento de la autoridad competente, desempeña funciones de carácter profesional, técnico, administrativo o de servicio, apoyando el cumplimiento de las funciones académicas y el quehacer institucional.
Son estudiantes de la Universidad Arturo Prat quienes, cumpliendo con los requisitos de ingreso y permanencia en la institución, se encuentren con matrícula vigente y tengan inscritas actividades curriculares conducentes a la obtención de títulos profesionales, grados académicos, técnicos de nivel superior o sus equivalentes.
La Universidad reconoce el derecho de sus miembros a participar en la vida universitaria, sea personalmente o por medio de sus organizaciones, otorgándoles la adecuada autonomía para el cumplimiento de sus fines y dentro del marco del presente estatuto.
La Universidad reconoce la triestamentalidad como mecanismo de participación en el gobierno universitario, lo que se traduce en una gestión que incluya proporcionalmente a cada uno de los estamentos, en la forma que establece la ley y el presente estatuto.