Artículo 57.- Compromiso con valores universitarios. Quien estudie o trabaje en la Universidad Arturo Prat asume la obligación de respetar la dignidad de cada integrante de la comunidad universitaria, así como la de cumplir la reglamentación que resguarde tal objetivo.
Para tal efecto, la Universidad dictará la reglamentación necesaria que asegure el respeto a la dignidad de cada integrante de la institución.
Los actos de discriminación arbitraria, acoso sexual y laboral son siempre actos contrarios a la dignidad de los integrantes de la Institución. En los procedimientos instruidos para determinar la responsabilidad en algún hecho que configure una conducta que tenga las características señaladas en el inciso anterior, las personas afectadas por las eventuales infracciones tendrán derecho a participar de acuerdo con lo que disponga la normativa vigente.