1.- Modifícase el decreto exento N° 346 de 2023, del Ministerio de Hacienda, en la siguiente forma:
Agréguese en el artículo 30 sobre "Cálculo del PIB No Minero Tendencial" el siguiente inciso décimo y final nuevo:
"El Ministerio de Hacienda estimará también una serie anual del PIB Tendencial desde 2002, en volumen de precios del año anterior encadenado, agregando el valor final del PIB No Minero Tendencial con el valor de tendencia del PIB Minero. Este último valor se calculará mediante el filtro Hodrick-Prescott (HP) utilizando el parámetro de ajuste igual a 6,25, considerando los datos anuales efectivos desde 2002 del PIB Minero más recientes, de acuerdo con la última compilación de referencia vigente publicada por el Banco Central de Chile, y el promedio de las proyecciones de crecimiento efectivo para el sector minero que se le solicitarán a los expertos del Comité Consultivo de Expertos para el PIB No Minero Tendencial, para el año en curso, el año siguiente y los años del horizonte de planificación financiera, -excluyendo las dos observaciones extremas- esto es, la estimación más alta y la más baja. Para encadenar la proyección se utilizarán las participaciones nominales del PIB Minero y del PIB No Minero en el PIB total del último dato anual efectivo. Asimismo, dentro del acta mencionada en el inciso precedente, se publicará el resultado del proceso de obtención de los resultados del PIB Tendencial y valores de tendencia del PIB Minero para todo el periodo de estimación, considerando los datos históricos, del año en curso, del año siguiente y del horizonte de planificación financiera.".
2.- Establézcase que las modificaciones introducidas mediante este decreto exento al decreto exento N° 346 de 2023, del Ministerio de Hacienda, que aprueba metodología, procedimiento y publicación del cálculo del balance estructural, en la forma que indica y deroga decreto N° 218 exento de 2022, del Ministerio de Hacienda, se aplicarán con posterioridad a la publicación del presente decreto exento.
3.- Establézcase, que en todo lo no modificado, se mantiene plenamente vigente el decreto exento N° 346 de 2023, del Ministerio de Hacienda, que aprueba metodología, procedimiento y publicación del cálculo del balance estructural, en la forma que indica y deroga decreto N° 218 exento de 2022, del Ministerio de Hacienda.