Artículo único: Modifíquese el decreto supremo N° 281, de 2001, que aprueba el reglamento que fija procedimientos de cálculo para el cobro de los derechos por utilización del espectro radioeléctrico, en el siguiente sentido:
1. Modifíquese en la tabla del artículo 11°, lo siguiente:
1.1 Para el valor de K1 de la banda UHF de radiodifusión televisiva, donde dice: "0,000535116", debe decir:
"0,000378419 año 2024
0,000244613 año 2025
0,00018921 año 2026 en adelante".
1.2 En el inciso segundo, agréguese a continuación de "será igual a 0,000189210", la frase " y será igual a 0,000122307 a partir del año 2025.".
2. Introdúzcase al final del artículo 26° el siguiente nuevo inciso: "Para efectos del presente Reglamento, no se considerarán como Estaciones Terrenas del Servicio Fijo por Satélite o Móvil por Satélite a los dispositivos terminales de posicionamiento geográfico global por satélite, terminales móviles celulares que operen en la redes de concesionarios terrestres y dispositivos IoT".
3. Modifíquese en el artículo 29°, donde dice: ", la que se notificará por carta certificada enviada a su domicilio. Para estos efectos se tendrá por domicilio aquel que conste en el respectivo decreto o resolución, o el que conste en la última comunicación oficial que haya dirigido a la Subsecretaría con tal objeto.", debe decir: ". A través del medio electrónico que resulte aplicable de conformidad a lo dispuesto en la norma técnica a que se refiere el párrafo segundo de la letra b) del artículo 16 bis de la ley N° 18.168, General de Telecomunicaciones, se remitirá a la concesionaria o permisionaria un Aviso señalando que se encuentra disponible para el pago un monto adeudado por concepto de derechos de uso del espectro radioeléctrico en la Tesorería General de la República. Asimismo, se dispondrá en el sitio web de la Subsecretaría el link de acceso a la página web de pagos en línea de la Tesorería General de la República.".
4. Modifíquese en el artículo 30°, inciso segundo:
4.1 donde dice: "carta certificada, emitida", debe decir: "por el medio electrónico enviado".
4.2 donde dice "expedición de la carta certificada.", debe decir: "comunicación por el medio electrónico.".
5. Modifíquese en el inciso segundo del artículo 32°: donde dice: "de la boleta.", debe decir "del Aviso.".