NOMBRA A DOÑA PATRICIA IBÁÑEZ CRINO, EN EL CARGO DE DIRECTORA NACIONAL DEL SERVICIO DE BIODIVERSIDAD Y ÁREAS PROTEGIDAS
Núm. 19.- Santiago, 23 de abril de 2024.
Vistos:
Lo dispuesto en los artículos 24 y 32 N° 10, de la Constitución Política de la República; en los artículos 4°, 6°, 7°, primero transitorio y décimo tercero transitorio, de la Ley N° 21.600, que crea el Servicio de Biodiversidad y Áreas Protegidas y el Sistema Nacional de Áreas Protegidas; en los artículos 14 y 16 del decreto con fuerza de ley N° 29, de 2004, del Ministerio de Hacienda, que fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.834, sobre Estatuto Administrativo; en el Título VI de la Ley N° 19.882, que regula nueva política de personal a los funcionarios públicos que indica; en el decreto con fuerza de ley N° 1, de 29 de enero de 2024, que fija Planta de Directivos del Servicio de Biodiversidad y Áreas Protegidas y regula otras materias que indica; en el decreto ley N° 249, de 1973, que fija escala única de sueldos para el personal que señala y su legislación complementaria; en la ley N° 21.640, de Presupuesto del Sector Público para el año 2024 y en la resolución N° 6, de 2019, de la Contraloría General de la República.
Considerando:
1.- Que, con fecha 6 de septiembre de 2023, se publicó en el Diario Oficial la Ley N° 21.600, que crea el Servicio de Biodiversidad y Áreas Protegidas y el Sistema Nacional de Áreas Protegidas.
2.- Que, el artículo 4° de la ley N° 21.600, crea el Servicio de Biodiversidad y Áreas Protegidas como un servicio público descentralizado, dotado de personalidad jurídica y patrimonio propio, sometido a la supervigilancia del Presidente de la República por intermedio del Ministerio del Medio Ambiente.
3.- Que, el artículo 6° de la ley N° 21.600, establece que la administración y dirección superior del Servicio estará a cargo de un Director(a) Nacional, quien será el Jefe Superior del Servicio, tendrá su representación legal y será designado mediante el Sistema de Alta Dirección Pública, regulado en la ley N° 19.882.
4.- Que, de conformidad con el artículo décimo tercero transitorio de la ley N° 21.600, el Presidente de la República podrá, a partir de la publicación de dicha ley y sin sujetarse a lo dispuesto en el Título VI de la ley N° 19.882, nombrar al primer(a) Director(a) Nacional del Servicio de Biodiversidad y Áreas Protegidas, quien asumirá de inmediato y desarrollará sus funciones en tanto se efectúe el proceso de selección pertinente que establece la señalada ley para los cargos del Sistema de Alta Dirección Pública.
5.- Que, asimismo, dicho artículo décimo tercero transitorio señala que, en el acto de nombramiento, el Presidente de la República fijará el grado de la escala única de sueldos y la asignación de alta dirección pública que le corresponderá al Director, siempre que no se encuentre vigente la respectiva planta de personal.
6.- Que, con fecha 9 de marzo de 2024, fue publicado en el Diario Oficial el decreto con fuerza de ley N° 1, de 2024, del Ministerio del Medio Ambiente, que Fija Planta de Directivos del Servicio de Biodiversidad y Áreas Protegidas y regula otras materias a que se refiere el artículo primero transitorio de la ley N° 21.600.
7.- Que, de acuerdo al artículo 4° del decreto con fuerza de ley N° 1, de 2024, del Ministerio del Medio Ambiente, la fecha de entrada en vigencia de la planta de personal de directivos del Servicio de Biodiversidad y Áreas Protegidas será a contar de la fecha de su publicación en el Diario Oficial, es decir, el 9 de marzo de 2024.
8.- Que, en virtud de lo señalado precedentemente, y en atención a la necesidad de comenzar con la implementación del nuevo Servicio de Biodiversidad y Áreas Protegidas, resulta imperioso proceder al nombramiento de la persona que ejercerá en calidad de primera Directora Nacional de dicho servicio.
9.- Que, por tal razón, la primera Directora Nacional del Servicio de Biodiversidad y Áreas Protegidas asumirá sus funciones antes de que se haya dictado el decreto supremo del Ministerio de Hacienda que, de acuerdo al artículo sexagésimo quinto de la ley N° 19.882, fija el porcentaje de asignación de alta dirección pública a que tienen derecho los altos directivos públicos.
10.- Que, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 52 de la ley N° 19.880 y la jurisprudencia de la Contraloría General de la República, contenida en los dictámenes N°s. 5.526, de 2012 y 6.859, de 2020, una vez haya entrado en vigencia el decreto supremo del Ministerio de Hacienda que fije el porcentaje de asignación de alta dirección pública, la primera Directora Nacional tendrá derecho a percibir ese estipendio, desde que la fecha de asunción del cargo.
Decreto:
1.- Nómbrese a doña Patricia Ibáñez Crino, cédula nacional de identidad 9.076.165-K, en el cargo de Directora Nacional del Servicio de Biodiversidad y Áreas Protegidas, grado 1C EUS, primer nivel jerárquico de Alta Dirección Pública, con residencia en Santiago, a contar del 23 de abril de 2024.
2.- Establézcase que, por razones impostergables de buen servicio, la persona antes señalada deberá asumir sus funciones sin esperar la total tramitación del presente decreto.
3.- Impútese el gasto asociado al presente nombramiento con cargo a la Partida 25, Capítulo 01, Programa 01, Subtítulo 24, Ítem 03, Asignación 501, del presupuesto del Ministerio del Medio Ambiente.
4.- Téngase presente que la persona antes señalada tiene derecho a percibir el porcentaje de la asignación Alta Dirección Pública de la Directora Nacional del Servicio de Biodiversidad y Áreas Protegidas, desde la fecha de asunción en el cargo y de las funciones inherentes a él, debiéndose realizar las reliquidaciones que procedan, una vez que se encuentre totalmente tramitado el correspondiente decreto del Ministerio de Hacienda.
Tómese razón, regístrese, comuníquese y publíquese.- GABRIEL BORIC FONT, Presidente de la República.- María Heloísa Rojas Corradi, Ministra del Medio Ambiente.
Lo que transcribo para Ud. para los fines que estime pertinente.- Ariel Espinoza Galdames, Subsecretario del Medio Ambiente (S).
CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA
Departamento de Previsión Social y Personal
Área de Control de Personal de la Administración
Cursa con alcance decreto N° 19, de 2024, del Ministerio del Medio Ambiente
N° ES20128.- Santiago, 9 de julio de 2024.
Esta Contraloría General ha tomado razón del documento individualizado en el epígrafe, mediante el cual nombra a doña Patricia Ibáñez Crino, como primera Directora Nacional del Servicio de Biodiversidad y Áreas Protegidas, a contar del 23 de abril de 2024, por cuanto se ajusta a derecho.
Al respecto, es menester indicar que esta designación se efectúa de conformidad con la facultad establecida en el artículo décimo tercero transitorio de la ley N° 21.600 -que crea el Servicio de Biodiversidad y Áreas Protegidas y el Sistema Nacional de Áreas Protegidas-, sin sujetarse a lo dispuesto en el Título VI de la ley N° 19.882 y en tanto se efectúa el proceso de selección pertinente que establece dicha ley.
Ahora bien, cabe hacer presente que, a la fecha, no se ha dictado el decreto del Ministerio de Hacienda que fije el porcentaje de asignación de alta dirección pública para el cargo de que se trata, por lo que la señora Ibáñez Crino tendrá derecho a percibir el anotado estipendio desde la fecha en que asumió funciones, debiéndose realizar las reliquidaciones que procedan (aplica criterio contenido en dictamen N° 6.859, de 2020).
Con el alcance que antecede, se ha dado curso al instrumento del epígrafe.
Saluda atentamente a Ud., Dorothy Pérez Gutiérrez, Contralora General de la República (S).
A la señora
Ministra del Medio Ambiente
Presente.