1.1. Reemplazar lo indicado en el Resuelvo 2.1 por el siguiente texto:
   
    "El Proceso de Selección del presente llamado a postulación contará con un Cierre de Selección Nacional el día 30 de octubre de 2024 y un Cierre de Selección Regional de proyectos patrimoniales de Valparaíso el día 15 de diciembre de 2014, delimitado a los Proyectos de Mejoramiento de Viviendas Patrimoniales y Antiguas, Viviendas en Cités y Adecuación de Viviendas Patrimoniales o Antiguas, emplazados en zonas de carácter patrimonial de la comuna de Valparaíso reconocidas como Sitio Patrimonial Mundial".
   
    1.2. Reemplazar el cuadro contenido en el Resuelvo 4, por el siguiente:
   
   
    1.3. Reemplazar lo indicado en el séptimo párrafo del Resuelvo 5, por la siguiente tabla:
   
   
    1.4. Modificar lo dispuesto en el literal d) del Resuelvo 7, en el sentido de incorporar la expresión "y cités", a continuación de la frase "En las postulaciones de proyectos de mejoramiento de viviendas antiguas o patrimoniales".
   
    1.5. Modificar el Resuelvo 8) en el siguiente sentido:
   
    1.5.1. En su literal b), incorporar el siguiente segundo párrafo:
   
    "Asimismo se excluyen del presente llamado los cités, las viviendas antiguas y viviendas patrimoniales que presenten arriendo por recintos (piezas) o subarriendo de unidades arrendables que no den cumplimiento a los requisitos de recintos y superficie asimilados para proyectos de Adecuación de la Vivienda del presente llamado".
   
    1.5.2. En su literal g), incorporar la expresión "o no terminados", a continuación de la frase "aquellas personas cuyas viviendas tengan recintos no regularizados".
    1.5.3. En su literal k), incorporar un nuevo numeral VI y VII del siguiente tenor:
   
    vi. "La E.P., mediante un informe detallado, deberá acreditar las condiciones de seguridad de los elementos estructurales de la vivienda, de su cubierta y de sus instalaciones eléctricas, agua potable y alcantarillado y de gas, en virtud que ponen en riesgo a la edificación postulada y sus habitantes".
    vii. "En los casos que el informe señalado en el punto precedente identifique uno o más problemas de seguridad, estos deberán ser atendidos por el o los respectivos proyectos de modo prioritario, otorgando mayor relevancia a los problemas estructurales, seguidos de las instalaciones".
   
    1.6. Modificar lo dispuesto en el Resuelvo 19, en el sentido de incorporar un último párrafo, del siguiente tenor:
   
    "Se asimilará el puntaje de los proyectos de Obras de Instalaciones, a los proyectos de Mejoramiento de la Vivienda referido a Obras de Reparación de la Envolvente, que consideren el Incremento para manejo de Asbesto Cemento".
   
    2. Delégase en la Secretaria Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo de la Región de Valparaíso la facultad de efectuar la selección de los postulantes a Proyectos de Mejoramiento de la Vivienda para Obras de Adecuación de Viviendas, Proyectos de Mejoramiento de Viviendas de Carácter Patrimonial o Antiguas y Proyectos de Mejoramiento de Viviendas en Cité en atención a lo indicado en el artículo 22 del DS N° 27 (V. y U.), de 2016, previa verificación del monto disponible para seleccionar y evaluación Serviu.