CREA UNA TERCERA NOTARIA EN ILLAPEL, CON ASIENTO EN LOS VILOS

    Santiago, 02 de Agosto de 1989.- Hoy se decreto lo que sigue:
    Núm. 841.- Vistos: Estos antecedentes, lo preceptuado en el artículo 32 No. 8 de la Constitución Política de la República, lo dispuesto en el artículo 400 del Código Orgánico de Tribunales, lo señalado por el Decreto Supremo de Justicia No. 924 de 1981, y lo informado por la Ilma. Corte de Apelaciones de La Serena mediante Oficio No. 721 de 14 de julio de 1989,
    Decreto:

    Créase una Tercera Notaría para el servicio de las comunas que constituyen el territorio jurisdiccional del Juzgado de Letras de Illapel, la cual tendrá su asiento en la comuna de Los Vilos.

    Tómese razón, comuníquese y publíquese.- Por orden del Presidente de la República, Hugo Rosende Subiabre, Ministro de Justicia.
    Lo que transcribo para su conocimiento.- Le saluda atentamente.- Luis Manríquez Reyes, Subsecretario de Justicia.