Artículo 7°. Con todo, Resolución 1354 EXENTA,
MEDIO AMBIENTE
Art. Primero
D.O. 15.07.2025
las Oficinas Regionales, o bien el Departamento de Denuncias y Experiencia Usuaria podrá solicitar a quien haya denunciado complementar la denuncia si esta no reúne los requisitos de admisibilidad señalados en el artículo 5° del presente instructivo, otorgando un plazo de cinco días hábiles para realizar dicha complementación, teniéndose por desistido de su denuncia si no lo hiciere.