Artículo 34.- De la unidad encargada del aseguramiento de la calidad y procesos de acreditación. La Dirección de Desarrollo Estratégico y Calidad, estará a cargo del (de la) Director(a) de Desarrollo Estratégico y Calidad, dependerá de la Rectoría y su Director(a) será nombrado(a) por el (la) Rector(a).
    La Dirección de Desarrollo Estratégico y Calidad, será responsable de:
   
    a) Proponer al Consejo Universitario los mecanismos que permitan gestionar, planificar, diseñar, implementar, coordinar y evaluar los procesos de gestión y aseguramiento de la calidad de su quehacer académico, y de los procesos de acreditación institucional.
    b) Articular estratégicamente las acciones consignadas en el Plan de Desarrollo Institucional.
    c) Monitorear y observar el cumplimiento de la Política de Aseguramiento de la Calidad y los mecanismos que la Institución establezca para asegurar la calidad y desarrollar los procesos de acreditación.