La presente ley tiene por objeto declarar el 1 de febrero de cada año como el Día Nacional de la Cueca Porteña. Según lo expuesto en el proyecto de ley que originó esta normativa, la Cueca Porteña se distingue por poseer características únicas que la diferencian de otras variantes urbanas, como la cueca chora o la cueca brava. Asimismo, la referida moción parlamentaria destaca a Los Afuerinos como exponentes fundamentales de este estilo. Estos músicos no solo heredaron las enseñanzas de los antiguos cultores porteños, sino que también las hicieron propias, estableciendo la cadencia distintiva de la Cueca Porteña. Las composiciones de Los Afuerinos se inspiran en los entornos característicos del puerto, como los cerros, las mujeres y la bohemia, utilizando una instrumentación que incluye batería, guitarra, bajo, piano, acordeón y pandero. Nacidos el 1 de febrero de 1981, Los Afuerinos fueron los primeros en interpretar la Cueca Porteña con la estructura poética y musical tal como la conocemos hoy, además de incorporar la batería, un elemento clave que definió el carácter propio de esta expresión artística. Es por esta razón que se eligió el 1 de febrero para conmemorar el día de esta manifestación cultural chilena.
LEY NÚM. 21.684

DECLARA EL 1 DE FEBRERO DE CADA AÑO COMO EL DÍA NACIONAL DE LA CUECA PORTEÑA

    Teniendo presente que el H. Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente proyecto de ley que tuvo su origen en moción de las diputadas Carolina Marzán Pinto, Viviana Delgado Riquelme, Marta González Olea y Alejandra Placencia Cabello y los diputados Héctor Barría Angulo, Felipe Camaño Cárdenas, Cosme Mellado Pino, Hernán Palma Pérez, Cristián Tapia Ramos y Alberto Undurraga Vicuña,
   
    Proyecto de ley:

    "Artículo único.- Declárase el 1 de febrero de cada año como el Día Nacional de la Cueca Porteña.
    Las autoridades competentes propenderán a desarrollar actividades relacionadas con la práctica y difusión de la cueca porteña.".

    Y por cuanto he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto, promúlguese y llévese a efecto como Ley de la República.
   
    Santiago, 6 de agosto de 2024.- GABRIEL BORIC FONT, Presidente de la República.- Carolina Arredondo Marzán, Ministra de las Culturas, las Artes y el Patrimonio.
    Lo que transcribo a usted para su conocimiento.- Saludos atentamente a usted, Noela Salas Sharim, Subsecretaria de las Culturas y las Artes.