Art. 7°.- Se publicarán anonimizadas en el Buscador de Jurisprudencia las sentencias dictadas en causas que, por orden de la ley o el tribunal, deban tramitarse bajo reserva en razón de la necesidad de protección de los datos personales y sensibles.
Sin perjuicio de lo dispuesto en el inciso anterior, el Comité Editorial podrá ampliar los supuestos de anonimización de sentencias del Buscador de Jurisprudencia a otras causas o materias.