1. Modifícase la resolución exenta N° 598 (V. y U.), de 2024, en el sentido de sustituir las tablas insertas en sus números 2.1. y 2.2. del resuelvo 2., por las siguientes, fijándose un nuevo monto de Unidades de Fomento que se destinarán al financiamiento del subsidio directo y una nueva distribución de recursos por Región, tramo, modalidad y alternativa de postulación:
   
    2.1. Modalidad de adquisición de viviendas (UF):
   
   
    2.2. Modalidad de construcción en sitio propio o densificación predial (UF):
   
   
    2. Apruébanse las nóminas de personas postulantes seleccionadas para el subsidio habitacional correspondiente al Primer llamado nacional 2024, del Sistema Integrado de Subsidio Habitacional, regulado por el DS N° 1 (V. y U.), de 2011, en las modalidades de adquisición de viviendas y de construcción en sitio propio o densificación predial, tramos 1, 2, y 3, dispuesto en el resuelvo 1. de la resolución exenta N° 598 (V. y U.), de 2024, nóminas que se acompañan en soporte electrónico, las que se entenderán formar parte integrante de la presente resolución; y fíjase el número de personas postulantes seleccionadas, de acuerdo con la distribución de recursos efectuada conforme a lo dispuesto en el resuelvo 2. de la misma resolución, de acuerdo con lo establecido en el Resuelvo 1. de este acto administrativo, por región, tramo, modalidad y alternativa de postulación, según se indica en las siguientes tablas:
   
    2.1. Modalidad de adquisición de viviendas.
   
   
    2.2. Modalidad de construcción en sitio propio o densificación predial.
   
   
    3. Exclúyense del proceso de selección, a 390 postulaciones en la modalidad de adquisición de viviendas y 10 postulaciones en la modalidad de construcción en sitio propio o densificación predial para el Primer Llamado Nacional 2024, del Sistema Integrado de Subsidio Habitacional regulado por el DS N° 1 (V. y U.), de 2011, efectuado conforme al resuelvo 1. de la resolución exenta N° 598 (V. y U.), de 2024, presentadas por las personas individualizadas en las nóminas que se acompañan en soporte electrónico, por las causales que en cada caso se expresan; dichas nóminas forman parte integrante de la presente resolución:
   
   
    4. Publíquese en un periódico de circulación nacional un aviso que indique el lugar y fecha en que serán publicadas las nóminas de postulantes seleccionados conforme al resuelvo 2., así como el plazo de que dispondrán los interesados para poder presentar al Servicio de Vivienda y Urbanización respectivo, sus observaciones o reclamos, si correspondiere; y las nóminas de postulantes cuyas solicitudes de postulación fueron excluidas, a que se refiere el resuelvo 3., y exhíbanse dichas nóminas en las Oficinas de los Servicios de Vivienda y Urbanización. El Ministerio de Vivienda y Urbanismo o los Servicios de Vivienda y Urbanización podrán enviar a los postulantes que no resultaron seleccionados información de interés respecto a programas habitacionales vigentes.