PÁRRAFO 3º
    DEL DEPARTAMResolución 121 EXENTA,
SALUD
Art. 1°, II, c)
D.O. 30.08.2024
ENTO LITIGACIÓN PÚBLICA Y REGULACIÓN











    Artículo 121. Al Resolución 121 EXENTA,
SALUD
Art. 1°, II, d)
D.O. 30.08.2024
Departamento Litigación Pública y Regulación le corresponderá gestionar, coordinar y controlar la función jurídica y judicial institucional, asesorar en la toma de decisiones y velar que la ejecución de las labores del Fonasa sea conforme a Derecho; visar los actos administrativos previos a su emisión; y ejercer la representación de los intereses institucionales. Todo lo anterior respecto de materias relacionadas con el Régimen de Prestaciones de Salud que se planteen en juicios arbitrales ante la Superintendencia de Salud, recursos de protección de garantías constitucionales y procedimientos administrativos sancionatorios derivados de la fiscalización de la Modalidad de Libre, tanto en sede administrativa como judicial.



    Artículo 122. Serán Resolución 121 EXENTA,
SALUD
Art. 1°, II, e)
D.O. 30.08.2024
funciones del Departamento Litigación Pública y Regulación las siguientes:
    a) Velar por el cumplimiento de la normativa legal y reglamentaria vigente que regulan las funciones del Fonasa en materias relacionadas con el Régimen de Prestaciones de Salud, representando aquellos actos que no se ajusten a dicha legislación, respecto de los cuales se solicite su revisión e informe por el jefe o jefa de División.
    b) Mantener permanentemente informado al jefe o jefa de División, quien ordenará su conocimiento a las distintas dependencias de la Institución, sobre las disposiciones legales y reglamentarias que se dictaren y que incidan en materias de competencia del Fonasa, que correspondan a materias de conocimiento del Departamento.
    c) Informar al jefe o jefa de División sobre aquellas iniciativas y planes que signifiquen una alteración a la legislación vigente o que se traduzcan en proyectos de ley o reglamentos, siempre que incidan en el funcionamiento y atribuciones del Fonasa en materias de su competencia, que correspondan a materias de conocimiento del Departamento.
    d) Efectuar los estudios, trabajos y proyectos que el jefe o jefa de División le encomiende para el cumplimiento de los objetivos de la División y del Fonasa, que correspondan a materias de conocimiento del Departamento.
    e) Emitir informes, dictámenes e instrucciones institucionales sobre las materias que le sean solicitados por el jefe o jefa de División, que correspondan a materias de conocimiento del Departamento.
    f) Preparar informes sobre las materias de competencia del Departamento que le sean solicitados por el jefe o jefa de División.
    g) Asumir la defensa y representación judicial del Fonasa en el inicio o desarrollo de procesos judiciales ante los Tribunales de Justicia sean estos ordinarios o especiales y ante cualquier organismo de la administración que ejerza jurisdicción, en todas las materias relacionadas con el Régimen de Prestaciones de Salud, hasta la ejecución completa de las resoluciones, sentencias o equivalentes jurisdiccionales.
    h) Asistir a Comisiones de Sanción a Prestadores inscritos en la MLE.
    i) Cumplir todas las demás funciones que, dentro de sus atribuciones y competencia, le encomiende el jefe o jefa de División.